Las personas con discapacidad pueden solicitar la ayuda a la inclusión, una prestación creada para apoyar la inserción en el mercado laboral. Comprender las reglas de acceso a este derecho es fundamental para garantizar una mayor autonomía y participación efectiva en la sociedad.
O ayuda para la inclusión, mantenido por Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ofrece un beneficio de la mitad del salario mínimo para personas con discapacidad moderada o severa que ingresen al mercado de trabajo formal o en un régimen similar.
El valor, que en 2024 fue de R$ 706 mensuales, busca garantizar una mayor inclusión social, ofreciendo una renta complementaria para quienes dejaron de recibir el Beneficio de Pago Continuo (BPC-Loas) debido a la actividad profesional remunerada.
¿Quién puede recibir la ayuda a la inclusión?
Tener derecho a beneficio, el trabajador debe cumplir criterios muy específicos definidos por la Ley de Inclusión brasileña.
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En primer lugar, debe tener una discapacidad moderada o grave y estar empleado o en otra forma de trabajo remunerado, ganando hasta dos salarios mínimos por mes.
También es obligatorio haber recibido BPC-Loas en algún momento de los últimos cinco años antes de comenzar a trabajar.
Además, al solicitar la asistencia, el ciudadano deberá tener actualizado su registro en el Registro Único del Gobierno Federal (CadÚnico) y tener regularizado su Registro Individual de Contribuyentes (CPF).
Otro requisito fundamental es que el beneficiario esté formalmente clasificado como asegurado obligatorio del Régimen General de Seguridad Social o afiliado a un régimen específico de seguridad social de las entidades federativas, municipios, Distrito Federal o Unión.
Cómo solicitar el beneficio
La solicitud de ayuda a la inclusión se realiza directamente al INSS. La solicitud se puede abrir a través de la aplicación o del sitio web de Meu INSS, donde es posible adjuntar los documentos necesarios.
Otra opción es realizar la solicitud llamando al 135. Durante el periodo en que el beneficiario recibe la ayuda de inclusión, su BPC queda automáticamente suspendido.
Si por alguna razón el beneficiario deja de trabajar, la ayuda se interrumpirá, pero el BPC podrá reactivarse ante una nueva solicitud.
Es importante recordar que los contribuyentes individuales, los trabajadores eventuales y los asegurados especiales aún no pueden recibir el beneficio de inclusión, ya que aún no están vigentes regulaciones específicas para estas categorías.
Evaluación de ingresos familiares
Para tener derecho al beneficio es necesario además acreditar un ingreso familiar per cápita mensual igual o inferior a la cuarta parte del salario mínimo.
Sin embargo, algunos ingresos no se consideran en este cálculo, como las ayudas a la inclusión ya recibidas por otro miembro de la familia, la remuneración de hasta dos salarios mínimos del solicitante y las cantidades procedentes de prácticas supervisadas o de aprendizaje.
Si el beneficiario ya tiene BPC activo, se presume automáticamente su derecho a la ayuda de inclusión, sin necesidad de nueva prueba.
Prohibida la acumulación con otros beneficios
Quienes reciben ayuda para la inclusión no pueden combinar estos ingresos con otras fuentes de seguridad social. Por ejemplo, está prohibida la acumulación con prestaciones de jubilación, pensiones, prestaciones por invalidez o seguros de desempleo.
Si el beneficio de inclusión se suspende por cualquier motivo, el beneficiario tiene derecho a volver a solicitar el BPC, siempre que aún cumpla con las condiciones exigidas para este beneficio.
Al garantizar la inclusión de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo, el beneficio de inclusión se convierte en una alternativa relevante para garantizar la independencia financiera y social de miles de brasileños.