Se incluyen beneficios tributarios en Repetro, régimen tributario aduanero que facilita la importación de equipos, siendo una importante herramienta para garantizar inversiones en el área de petróleo y gas
A principios de junio, la Asamblea Legislativa de Río de Janeiro (Alerj) aprobó el Proyecto de Ley N° 1.771/19, que garantiza beneficios fiscales para el sector de petróleo y gas natural. La medida se refiere al Impuesto sobre la Circulación de Bienes y Servicios (ICMS) en la que declara el mantenimiento de la tasa del ICMS en el 3% para operaciones de importación y adquisición interna de bienes por parte de empresas del sector en el estado de Río de Janeiro.
Beneficios fiscales
Para tener derecho a los beneficios fiscales, los productores y fabricantes de petróleo y gas natural deben estar debidamente regulado en Repetro. Sin embargo, para la abogada Flávia Holanda Gaeta, de la oficina de FH Advogados, “la nueva redacción atribuida a los incisos I y II de la cláusula tercera contiene errores que perjudican mucho su aplicación, pues define que la exención del ICMS sólo estaría vinculada a aquellos”. fabricantes” habilitados en Repetro-sped. Sin embargo, los fabricantes finales y/o intermediarios nunca estarán debidamente habilitados para Repetro-sped, ya que no existe una disposición legal que los incluya en la lista de sujetos susceptibles de figurar como beneficiarios del referido régimen”, explica Gaeta.
Acuerdo ICMS N° 220/2019, modificó el Acuerdo ICMS N° 03/2018, que autorizó a los Estados y al Distrito Federal a otorgar reducción de la base de cálculo y exención del ICMS en operaciones de importación u adquisición en el mercado interno de bienes o mercancías usadas en actividades de exploración y producción de petróleo y gas natural en el ámbito de Repetro-Sped y Repetro-Industrialização.
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El sector del petróleo y el gas podría correr el riesgo de debilitarse si no se abordan los problemas
Sin embargo, desde el punto de vista del abogado, el Acuerdo ICMS 220/2019, tal como fue redactado, contiene graves errores que comprometen su aplicación, generando inseguridad en el sector, con posibles consecuencias, como el debilitamiento de las inversiones en Brasil. Algo que ha alertado Gaeta, al considerar que dirige al país contra lo esperado en tiempos de crisis económica agravada.
Situaciones como estas, propician pérdidas en las más diversas instancias, “los Estados necesitan analizar lo que están legislando, porque el error en la elaboración del Acuerdo provino de las reuniones colegiadas en el ámbito de CONFAZ. Antes de reglamentar el Acuerdo, es fundamental que los legisladores y agentes públicos evalúen el texto publicado y tomen la iniciativa de revisarlo con el objetivo de corregir distorsiones, devolviendo el asunto a CONFAZ. Sin una iniciativa de los Estados, los contribuyentes tendrían enormes dificultades para intentar revertir el escenario”, concluye Gaeta.