Tribunal de Justicia de Santa Catarina absuelve a arquitecto de Joinville por errores en obra alterada sin su autorización; La pericia confirmó que los problemas fueron causados por modificaciones realizadas por terceros
La 5ª Sala Civil del Tribunal de Justicia de Santa Catarina decidió eximir de responsabilidad a un arquitecto de Joinville por defectos en una obra renovado sin su autorización. El profesional había sido contratado únicamente para elaborar el proyecto arquitectónico y no participó en su ejecución.
La obra finalizó en 2017, pero sufrió modificaciones realizadas por el demandante y la persona que realizó la renovación. Estos cambios incluyeron cambiar el tipo de techo y modificaciones internas y estructurales.
El autor alegó que, tras las reformas, aparecieron defectos como infiltraciones, goteras y daños en paredes y techos, que hicieron inhabitable el inmueble.
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Una evaluación técnica realizada durante el proceso indicó que los problemas estructurales eran consecuencia directa de cambios realizados sin el conocimiento del arquitecto.
Según el experto, el profesional no participó en la ejecución y sólo aclaró dudas específicas, sin intervención técnica en los problemas reportados.
El ponente del caso destacó el artículo 621 del Código Civil, que prohíbe al propietario de la obra modificar el proyecto original sin consentimiento del autor.
También subrayó que el hecho de que el arquitecto sea el diseñador no es suficiente para atribuirle responsabilidad por errores derivados de modificaciones no autorizadas.
"Es temible responsabilizarlo solidariamente cuando está claramente probado en autos que hubo modificaciones sustanciales al proyecto original sin su pleno conocimiento y aprobación.”, afirmó el ponente.
Durante el proceso, el arquitecto admitió haber hecho sugerencias sobre los acabados, pero el tribunal entendió que eso no lo hacía responsable de los defectos estructurales. No hubo evidencia de que aprobara o participara en los cambios realizados.
Con la nueva decisión, el TJ-SC reformó la sentencia anterior y desestimó la condena del arquitecto. La responsabilidad de pagar la indemnización de R$ 183,9 mil por daño material y R$ 5 mil por daño moral quedó reservada únicamente al ejecutor de la obra.
Con información de Conjur.