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La renegociación especial de las deudas ya ha sido anunciada por el nuevo gobierno; la adhesión al Programa Litigio Cero comenzó, el plazo va hasta marzo.

Escrito por Bruno Teles
Publicado el 02/02/2023 a las 11:09
Programa Litígio Zero
Programa Litígio Zero (Foto/divulgação)
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El contribuyente puede adherirse a partir de este jueves (02) al Programa de Reducción de Litigiosidad Fiscal, más conocido como Litigio Cero. Este plazo va hasta las 19h del día 31 de marzo. 

Esta adhesión puede aún ser solicitada por medio de un proceso digital en el Centro de Atención Virtual de la Receita Federal (e-CAC). Sin embargo, este acceso al e-CAC exige aún una cuenta en el Portal Gov.br que sea de nivel plata u oro, un certificado digital o un código especial que puede ser obtenido inmediatamente después del número del recibo de la última declaración de Impuesto sobre la Renta (esto para personas físicas). 

El programa, que aún extiende a la Receita Federal el modelo de transacciones tributarias que está disponible desde 2020, está dirigido a la Procuraduría General de la Hacienda Nacional (PGFN), que permite una renegociación de deudas tributarias que aún están basadas en las capacidades de pago del contribuyente.

Sigue siendo a cambio de esta desistimiento de acciones en la Justicia (siempre que, en casos de deudas que serán inscritas en la Deuda Activa de la Unión) o de impugnaciones de administraciones del Consejo Administrativo de Recursos Fiscales (Carf), órgano que se encarga de juzgar en la esfera de la administración de deudas con el Fisco. 

Caja: 

El Litigio Cero fue anunciado por el ministro de Hacienda, Fernando Haddad, hace aproximadamente 20 días, siendo presentado como una medida para recomponer la caja del nuevo gobierno en 2023. 

Este proyecto prevé esta renegociación en condiciones especiales de deudas con toda la Unión. Sin embargo, aunque todo este programa funcione de forma similar a los demás Refis, aún existe una pequeña diferencia, porque la concesión de los descuentos se realizará en función del tamaño de las deudas y hasta del tipo de contribuyente. 

De esta manera, todas las deudas de los contribuyentes serán clasificadas en función de la facilidad de ser recuperadas por esta Unión, créditos tipo A (con alta perspectiva de recuperación), créditos tipo B (con media perspectiva de recuperación), créditos tipo C (de difícil recuperación) o créditos tipo D (irrecuperables).

Haddad debe anunciar el programa Litigio Cero 

Video de YouTube
Vía CNN BRASIL

Descuentos: 

Las micro y pequeñas empresas, con personas físicas, con una deuda inferior a 60 salarios mínimos podrán obtener descuentos del 40% al 50% sobre este valor total de la deuda, con un plazo de hasta 12 meses para efectuar el pago. 

Siendo que, para las empresas que deben más de 60 salarios mínimos, aún habrá un descuento total de hasta 100% sobre intereses y multas para deudas que se consideren irrecuperables o de difícil recuperación. Así, estas personas jurídicas también podrán utilizar pérdidas de años anteriores para conseguir abatir entre el 52% y el 70% de esta deuda. 

Cualquiera que sea la modalidad de pagos elegida, este valor mínimo de cuota será de alrededor de R$ 100 para personas físicas, de aproximadamente R$ 300 para microempresas o hasta empresas de pequeño porte, y aún de R$ 500 para personas jurídicas. Este número de cuotas deberá aún ajustarse a los valores de las deudas que serán incluidas en la transacción.

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Bruno Teles

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