En Contrapunto a la Huelga en Curso de los Petroleros de Petrobras, Empleados de Transpetro Pretenden Hacer Huelga por Incumplimiento del Último Acuerdo
La Transpetro es una empresa de Petrobras, siendo esta la más importante para el transporte y la logística de combustible en Brasil. Actualmente, todos sus empleados marítimos petroleros directos son concursados, hecho que virtualmente favorecería a la categoría en estabilidad de empleo, a pesar de estar sujetos a régimen de trabajo convencional por la CLT (Consolidación de las Leyes del Trabajo).
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Ayer (18), llegaron informaciones al portal Click Petróleo y Gás que Transpetro quiere cambiar este régimen de trabajo y deshacer el último acuerdo hecho hace casi 1 año, Entiendan a continuación:
La escala de trabajo del primer acuerdo estaba de la siguiente manera: 90 x 45 + salario integral + beneficios
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Con 108 metros de longitud y forma de cuchara gigante, el FLIP era el único barco del mundo capaz de girar 90 grados en el océano y mantenerse en posición vertical, con 91 metros sumergidos, operando así durante 60 años hasta ser retirado y enviado al desguace en 2023.
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Acuerdo actual: A cambio de reducir la escala de 60×60, los petroleros marítimos también aceptaron una reducción del 10% en el salario actual
Re-propuesta de Transpetro: Volver a la escala de 90×90 pero sin devolver el 10% que se impuso anteriormente
Tal como hicieron los Petroleros de Petrobras, los marítimos también no aceptaron la nueva propuesta y están en negociaciones internas para combinar una posible huelga. Según ellos, para retaliar, la subsidiaria amenaza con quitar los beneficios existentes y obligarlos a trabajar en régimen de CLT convencional, estando estos sujetos a cargos y leyes laborales del régimen privado como cualquier otro empleado común.
Los beneficios a ser retirados o alterados son:
- Congelamiento del Anuênio
- Fin de las funciones gratificadas
- Fin de las gratificaciones de la función
- Fin del Beneficio Educacional (excepto guardería y preescolar)
- Fin del Joven Universitario
- Fin del Vale Refeição
- Fin de la Bonificación en el Exterior
Los petroleros —marítimos aún nos relataron que el Sindicato Nacional de Conductores de la Marina Mercante y Afines (Sincomam), el Sindicato Nacional de Maestros de Cabotaje y de Contramaestres en Transportes Marítimos (Sindmestres) y el Sindicato Nacional de Oficiales de la Marina Mercante (Sindmar) firmaron el ACT Mar 2019-2020, alegando que los nuevos términos son un buen acuerdo para ellos, pero la categoría se mostró inflexible y una potencial huelga puede comenzar en cualquier momento.
Lean el Mensaje Oficial de la Circular de Transpetro
La compañía inicia transición a legislación laboral vigente
En ausencia de acuerdo, Transpetro aclara los próximos pasos para los empleados de las categorías que no firmaron el ACT Mar 2019-2020
Desde noviembre, cuando iniciaron las negociaciones para el Acuerdo Colectivo de Trabajo (ACT) Mar 2019-2020, la compañía ha sido incansable en la búsqueda de un acuerdo con las entidades sindicales que representan a sus empleados. Durante todo el período de negociaciones, se realizaron seis reuniones entre representantes de la empresa y de los sindicatos.
La compañía fue flexible, revisó varios puntos de su propuesta y presentó un compromiso en el acuerdo, con fuerza de ley, de compensar los días excedentes de embarque. El objetivo siempre fue llegar a la mejor propuesta para los empleados, pero sin poner en riesgo la salud financiera, la sostenibilidad y la seguridad operacional de Transpetro.
El Sindicato Nacional de Conductores de la Marina Mercante y Afines (Sincomam), el Sindicato Nacional de Maestros de Cabotaje y de Contramaestres en Transportes Marítimos (Sindmestres) y el Sindicato Nacional de Oficiales de la Marina Mercante (Sindmar) firmaron el ACT Mar 2019-2020.
Migración a legislación laboral vigenteComo no hubo acuerdo hasta el 7 de febrero con los demás sindicatos y la vigencia del ACT Mar 2017-2019 terminó, la compañía inició la migración a la legislación laboral vigente, ya que no puede tener prácticas distintas a las previstas en ley. Esta migración aplica para las categorías representadas por el Sindicato Nacional de Marinheiros y Moços de Máquinas en Transportes Marítimos y Fluviales (Sindfogo), Sindicato Nacional de Taifeiros, Culinarios y Panificadores Marítimos (Taicupan), Sindicato Nacional de Marinheiros y Moços en Transportes Marítimos (Sindconvés) y el Sindicato Nacional de Enfermeros de la Marina Mercante.
Los representantes de la compañía fueron transparentes en relación a esta posibilidad caso todos los esfuerzos para llegar a un acuerdo hasta el 7 de febrero fueran infructuosos. La transición comenzó, el 8 de febrero, y, por limitaciones operativas, su implementación se concentró en algunos puntos.
En el cuadro a continuación, es posible seguir las modificaciones ya implementadas.
El RH de la compañía, con apoyo del Jurídico, aún va a evaluar otros puntos del ACT Mar que no están previstos en la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT):
· Régimen de Embarque (1×1);
· AMS y Amil;
· Beneficio Farmacia;
· Gratificación de Vacaciones (2/3 ACT);
· Auxilio Uniforme;
· Ciudad Referencia para Movimientos de Tripulantes.Por último, recordamos que cualquier acción relativa a la firma del acuerdo debe ser realizada por los sindicatos representativos de las categorías involucradas.

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