El Supremo Valida Regla Que Permite Cese Automático del Auxilio por Enfermedad en Hasta 120 Días, Sin Nueva Pericia, y Confirma Que Medida Ya Está en Vigor en Todo Brasil. Decisión Uniformiza Procedimientos y Refuerza Atención a Plazos.
El Supremo Tribunal Federal (STF) confirmó, por unanimidad, la regla que permite el cese automático del auxilio por enfermedad en hasta 120 días, sin necesidad de nueva pericia médica, y autorizó al INSS a fijar fecha anterior para la cesación del beneficio.
El juicio se llevó a cabo en un pleno virtual y concluyó a las 23h59 del 12 de septiembre de 2025.
Como el tema tiene repercusión general, la decisión se aplica en todo el país.
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Qué Cambia Para Quien Recibe el Beneficio
El Beneficio por Incapacidad Temporal tiene plazo definido y se cierra automáticamente en la fecha programada, a menos que el asegurado solicite prórroga dentro del período previsto.
Cuando la solicitud se realiza en el plazo correcto, el INSS programa una nueva pericia o aplica reglas de extensión en casos de espera superior a 30 días para atención.
De acuerdo con normas oficiales, la solicitud de prórroga debe realizarse en los 15 días anteriores a la fecha de cesación del beneficio (DCB).
Mientras espera el análisis, el asegurado mantiene el derecho al pago. Esta orientación vale para trabajadores que aún no estén en condiciones de retomar sus actividades.

Base Legal y la “Alta Programada”
La medida está prevista en los §§ 8º y 9º del artículo 60 de la Ley 8.213/1991, incluidos por la Medida Provisoria 767/2017, luego convertida en la Ley 13.457/2017.
El Supremo analizó el tema en el Recurso Extraordinario 1.347.526, registrado como Tema 1.196 de la repercusión general, y reconoció la constitucionalidad de la llamada alta programada.
Cómo Comenzó la Controversia
La discusión surgió en una acción presentada por una asegurada en Sergipe.
La Turma Recursal de los Juizados Especiales Federales del estado había desestimado la aplicación del cese automático del auxilio, entendiendo que el asunto no podría ser tratado por medida provisoria y que sería obligatoria una nueva pericia antes del cierre del beneficio.
El INSS apeló al STF defendiendo la validez de la norma y alegando que el cese automático sólo ocurre cuando no hay solicitud de prórroga dentro del plazo.
El Voto del Relator y la Posición del Plenario
El relator, ministro Cristiano Zanin, rechazó los argumentos de inconstitucionalidad y afirmó que la medida no compromete la protección previsional prevista en la Constitución.
En su voto, declaró que “no hubo, a rigor, alteración sustancial en las disposiciones constitucionales que tratan de la cobertura previsional de los eventos de enfermedad o invalidez temporaria”.
Todos los ministros acompañaron el entendimiento.
Efectos Inmediatos y Alcance Nacional
Con la decisión, los tribunales y juzgados de todo el país pasan a aplicar el mismo entendimiento.
Así, los procesos en curso que discuten el cese automático del auxilio deben seguir la tesis del Supremo.
La alineación puede reducir el número de acciones sobre el tema y estandarizar las decisiones administrativas del INSS.
Qué Debe Observar el Asegurado
El trabajador necesita seguir la fecha de cesación del beneficio informada en el acto de concesión.
También debe mantener informes médicos actualizados para una posible pericia.
Cuando la programación se realiza en hasta 30 días, la cesación se registra con fecha programada.
Si la espera es mayor, se aplica la extensión temporal prevista en regulaciones internas del INSS.

Seguridad Jurídica y Procedimientos del INSS
La decisión del Supremo confirma la validez de la alta programada, prevista desde 2017 y objeto de acciones judiciales.
Para el INSS, la fijación de plazo de cesación contribuye a organizar las pericias y dar previsibilidad al retorno de los asegurados al trabajo.
Para los trabajadores, la medida refuerza la importancia de solicitar prórroga dentro del plazo, cuando persista la incapacidad.
Qué Ocurre Si la Prórroga es Negada
Si la pericia concluye que el asegurado está apto para el trabajo, la solicitud de prórroga es denegada.
En este caso, cabe recurso administrativo.
Si la decisión se mantiene, el trabajador puede buscar revisión en el Poder Judicial, ahora bajo los parámetros definidos por el STF.
Nomenclatura Actualizada
El antiguo auxilio por enfermedad es hoy denominado Beneficio por Incapacidad Temporal.
La decisión del Supremo no altera los requisitos del beneficio, solo confirma la posibilidad de cese automático si no hay solicitud de prórroga.
Reflejos Para Empresas y Trabajadores
Las empresas deben observar las fechas de cesación informadas en los documentos presentados por empleados alejados.
La uniformización de la regla facilita la gestión de los períodos de ausencia, siempre que los trabajadores hagan la solicitud de prórroga dentro del plazo.
En situaciones de continuidad de la incapacidad, corresponde al empleador ajustar escalas y funciones hasta que haya una nueva definición administrativa o judicial.
Con la decisión ya en vigor y aplicable en todo el país, los asegurados deben estar atentos a las fechas de cierre del beneficio.
¿Ya has verificado tu plazo para solicitar prórroga y garantizar la continuidad del pago?

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