La Justicia de Mato Grosso Reconoció Falta en la Contratación de Crédito, Señaló Ausencia de Información Clara al Consumidor y Determinó Reajuste de la Deuda Después de Casi Nueve Años de Descuentos en Nómina Relacionados con una Tarjeta de Crédito Consignada No Utilizada.
La Justicia de Mato Grosso Condenó al Banco BMG S.A. a Devolver Valores Descontados de Manera Indebida de un Cliente que Buscaba un Préstamo Consignado Tradicional, Pero Terminó Vinculado a un Contrato de Tarjeta de Crédito Consignada.
Según la Sentencia, la Cobranza se Extendió por 72 Cuotas, Entre Diciembre de 2013 y Junio de 2022, Sin Amortización Efectiva del Principal y con Dinámica de Crédito Rotativo.
El Caso Fue Juzgado por el Juez Silvio Mendonça Ribeiro Filho, de la Primera Vara de Barra do Bugres, en Acción Movida por Orlando Cesar Schwarz.
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En el Proceso, el Consumidor Afirmó que Representantes del Banco lo Buscaron Ofreciendo Préstamo Consignado con Descuento en Nómina, Como Ocurre en la Modalidad Común, con Número Definido de Cuotas.
Contratación de Préstamo Consignado y Divergencia en el Contrato
De Acuerdo con la Acción, el Dinero fue Liberado al Autor por Transferencia Bancaria Directamente a la Cuenta, Como si Fuera un Préstamo.
Aún Así, en Lugar de un Contrato de Préstamo Consignado Tradicional, lo que se Formalizó Fue una Tarjeta de Crédito Consignada con Reserva de Margen Consignable, Modelo en el que Parte de los Ingresos Queda Comprometida para Pago Mínimo y el Resto del Saldo Puede Ser Refinanciado.
El Cliente Sostuvo que No Usó la Tarjeta Física para Compras y que No Recibió Información Clara sobre la Naturaleza del Producto, los Cargos, el Plazo Real para Cancelación y el Modo de Amortización.
A pesar de No Utilizar la Tarjeta, Relata Haber Sufrido Descuentos Mensuales Identificados en el Recibo de Pago Como “Tarjeta Crédito” Durante Casi Nueve Años.
En los Autos, la Suma de las 72 Cuotas Descontadas, Actualizada, Fue Indicada en R$ 30.342,73.
La Alegación Central del Consumidor es que los Débitos No Reducían la Deuda Como Ocurriría en un Préstamo con Cuotas Fijas y Amortización del Valor Principal, Lo Que, en la Práctica, Mantuvo el Saldo en Rolando.
Tarjeta Consignada, Crédito Rotativo y Ausencia de Amortización
Al Analizar el Contrato y la Forma de Cobro, el Magistrado Señaló que la Estructura de la Tarjeta Consignada, Cuando se Usa como Retiro con Descuento Automático del Valor Mínimo en Nómina y Refinanciamiento Mensual del Saldo, Puede Generar una Obligación Que se Prolonga Indefinidamente.
En la Evaluación del Juez, Faltó Transparencia sobre el Funcionamiento de la Operación y sobre Cómo el Consumidor Podría Cerrar la Deuda.
La Decisión También Registró que No Había Elementos Demostrando Compras Cotidianas con la Tarjeta por el Autor, Lo Que Reforzó la Narrativa de que Él Pretendía Contratar un Préstamo Consignado Común, con Plazo Cierto y Pago Programado.
“La Prueba No Indica Utilización de la Tarjeta para Compras Ordinarias por el Autor, Lo Que Reforza Su Versión de que Buscaba, en Verdad, un Préstamo Consignado Tradicional, con Número Cierto de Cuotas y Amortización del Principal, y No un Producto de Crédito Rotativo con Reserva de Margen Consignable. Se Reconoce, Por Tanto, la Violación del Deber de Información y la Desvirtudación de la Modalidad Consignada, Imponiendo Carga Excessiva al Consumidor”.
Con Base en Este Entendimiento, la Sentencia Concluyó que el Modelo Aplicado Impuso Carga Excessiva al Cliente, Además de No Dejar Claro, en el Momento de la Contratación, Cómo se Cancelaría la Deuda y en Cuánto Tiempo Esto Ocurriría.
Solicitud del Consumidor y Decisión Judicial
En la Acción, Orlando Cesar Schwarz Solicitó el Reconocimiento de la Abusividad del Contrato de Tarjeta Consignada y la Conversión del Vínculo en Préstamo Consignado Tradicional.
La Solicitud Incluyó la Aplicación de la Tasa Media de Mercado Divulgada por el Banco Central a la Época de la Contratación, Además de la Restitución de los Valores Descontados en el Período en que Hubo Cobro.
La Sentencia Determinó que la Deuda Sea Recalculada Conforme a los Parámetros Fijados en la Decisión.
Después de Este Recalculo, Si Se Demuestra que los Descuentos en Nómina Superaron el Monto Efectivamente Debido, el Excedente Deberá Ser Devuelto al Consumidor.
El Magistrado Estableció que la Restitución Ocurra de Manera Simple, con Corrección Monetaria a Partir de Cada Desembolso e Incidencia de Intereses, Conforme a lo Indicado en la Sentencia.
Impacto del Caso en el Debate sobre Crédito Consignado
La Tarjeta de Crédito Consignada es un Producto Existente en el Mercado y, en Teoría, Puede Ser Usado para Compras y Retiros, con Cobro Vinculado a la Margen Consignable.
La Controversia, Señalada en la Decisión, Surge Cuando el Consumidor Cree Estar Contratando un Préstamo Consignado Tradicional, Pero es Insertado en una Modalidad de Crédito Rotativo, con Pago Mínimo Descontado en Nómina y Refinanciamiento del Saldo Restante.
En Este Tipo de Dinámica, la Cuenta Puede Alargarse por Tiempo Indeterminado Si el Valor Descontado Mensualmente No es Suficiente para Amortizar el Principal, Situación Descrita en la Sentencia Como Riesgo de Perpetuación de la Deuda.
Al Reconocer la Falta de Información, el Juez Entendió que la Contratación se Alejó de la Lógica Esperada por el Consumidor al Buscar un Consignado con Cuotas Ciertas.
El Banco BMG S.A. Fue Citado Como Demandado en el Proceso y, en la Sentencia, la Solución Adoptada Fue la Adecuación del Contrato a los Parámetros Definidos por el Tribunal y la Devolución de lo que Sea Cobrado Más de lo Debido Después del Recalculo.
Con la Decisión, la Discusión Deja de Ser Solo Sobre el Valor Total Descontado y Pasa a Concentrarse en Cómo se Presentó el Contrato, Si Había Claridad sobre las Reglas del Producto y Si los Descuentos Aplicados Correspondían a una Deuda que Efectivamente se Reducía a lo Largo del Tiempo.
En Casos Similares, el Punto Decisivo Suele Ser la Comprobación de lo que Fue Ofrecido y de lo que Se Comprendió en el Momento de la Contratación, Además del Histórico de Uso de la Tarjeta y de la Evolución de los Descuentos en Nómina.
Al Fin y al Cabo, Si la Deuda No Amortiza y el Consumidor No Entiende Cómo Cancelarla, ¿Cuál Debe Ser el Límite Entre un Producto Financiero Permitido y un Cobro Considerado Abusivo?



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