Proyecto aprobado en la Cámara reduce en un 10% los incentivos fiscales federales, eleva el impuesto sobre apuestas y fintechs, aumenta el IR sobre los intereses del capital propio, impone un techo del 2% del PIB a los beneficios y destina parte de la nueva recaudación a la seguridad social y acciones de salud en 2026 y refuerza el ajuste fiscal.
En 2025, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley Complementaria (PLC) 128/25, que corta en un 10% los beneficios fiscales federales de diversos sectores, aumenta el impuesto sobre apuestas y fintechs, eleva la tributación sobre los intereses del capital propio y prepara cambios que entrarán en vigor, en su mayoría, a partir del 1 de enero de 2026.
La propuesta, relatada por Aguinaldo Ribeiro (PP-PB) a pedido del gobierno, se presenta como pieza central para cerrar el déficit del Presupuesto de 2026, con nuevas reglas de transparencia, un límite del 2% del PIB para incentivos y un costo mayor repartido entre empresas, plataformas financieras y el mercado de apuestas en línea.
Corte del 10% en los beneficios fiscales y enfoque en los tributos federales
El texto aprobado determina una reducción del 10% en los beneficios e incentivos fiscales federales, afectando principalmente: PIS/Pasep y PIS/Pasep-Importación, Cofins y Cofins-Importación, IPI, IRPJ, CSLL, Impuesto de Importación y la contribución previsional pagada por los empleadores.
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La disminución se aplica sobre los llamados gastos tributarios listados en el demostrativo anexo a la Ley Presupuestaria de 2026 o concedidos por regímenes específicos.
En la práctica, el Ejecutivo gana margen para decidir dónde se aplicará el corte del 10%, siempre que respete las excepciones previstas.
En regímenes de lucro presumido, por ejemplo, el texto permite elevar en un 10% el resultado final de la base de cálculo del impuesto, pero solo sobre la parte de los ingresos brutos anuales que supere 5 millones de reales.
Programas afectados y créditos presumidos bajo análisis
Entre los objetivos potenciales de la tijera fiscal están los beneficios ligados a programas y sectores que hoy cuentan con créditos presumidos.
Entrarán en este radar el Régimen Especial de la Industria Química, créditos de IPI para exportadores en la compra de envases y materias primas y créditos presumidos de PIS/Cofins, incluso en la importación.
La lista citada por el relator incluye, entre otros, créditos vinculados a:
- productos farmacéuticos
- mercancías de origen animal o vegetal
- mercancías de origen animal destinadas a la exportación
- harinas y aceites vegetales
- exportación de café
- exportación de cítricos
- ingresos del transporte por carretera regular de pasajeros intermunicipal e interestatal
Además, las tasas cero de PIS/Cofins para importadores de agroquímicos, fertilizantes y nafta petroquímica también podrán sufrir reducciones parciales.
El argumento central es que beneficios amplios y poco evaluados distorsionan el sistema tributario, favoreciendo intereses privados sin un retorno social proporcional.
Quién queda fuera del corte de beneficios
El proyecto preserva una serie de políticas consideradas estratégicas o protegidas por la Constitución.
Quedan fuera de la reducción del 10%:
- inmunidades constitucionales, como las de entidades religiosas, partidos políticos y libros
- beneficios de la Zona Franca de Manaus y de áreas de libre comercio
- productos de la cesta básica nacional definida en la reforma tributaria
- beneficios de entidades filantrópicas sin fines lucrativos
- empresas encuadradas en el Simples Nacional
- incentivos limitados por techo global, como los de la Ley Aldir Blanc
- programas Minha Casa, Minha Vida y Prouni
- compensaciones fiscales por la cesión de horario gratuito de propaganda electoral
- desoneración de la nómina de pagos por la CPRB
- incentivos a la política industrial de tecnología de la información, comunicación y semiconductores
Tampoco se cortarán los beneficios concedidos por plazo determinado a contribuyentes que ya hayan cumplido contrapartidas onerosas, siempre que estos programas hayan sido aprobados por el Ejecutivo hasta el 31 de diciembre de 2025.
Productos con incentivos basados en tasas expresadas en reales por unidad (tributación ad rem) quedan, por ahora, fuera del alcance de la tijera por dificultades operativas de control.
Transparencia, techo del 2% del PIB y crimen tributario
Uno de los cambios estructurales es la inclusión de reglas de transparencia y evaluación de resultados en la Ley de Responsabilidad Fiscal, exigiendo que el impacto de los beneficios fiscales sea monitoreado de forma más rigurosa.
Si la suma de los incentivos fiscales supera el equivalente al 2% del PIB, el texto prohíbe nuevas concesiones, ampliaciones o prórrogas de beneficios, salvo si hay medidas de compensación para todo el período de vigencia.
El proyecto aún modifica la ley de crímenes tributarios para agravar penas cuando el delito esté relacionado con bienes cubiertos por inmunidades constitucionales.
El mensaje político es claro: defraudar impuestos en áreas constitucionalmente protegidas pasa a ser visto como una conducta aún más grave, sujeta a sanciones más severas.
Impuesto sobre apuestas sube hasta el 15% y afecta la publicidad
Para reforzar la recaudación, el proyecto afecta directamente el impuesto sobre apuestas, es decir, la tributación de las apuestas de cuota fija.
La alícuota, hoy en 12%, sube a 13% en 2026, 14% en 2027 y alcanza el 15% a partir de 2028. La mitad de este aumento se destinará a la seguridad social y la otra mitad a acciones de salud.
El texto también endurece la fiscalización sobre el ecosistema de apuestas.
Comienzan a responder solidariamente por los tributos adeudados:
- empresas y personas que difundan publicidad de sitios de apuestas no autorizados
- instituciones financieras y de pago que sigan operando con plataformas irregulares tras comunicación formal
En la práctica, quien gane dinero promoviendo o moviendo apuestas irregulares podrá ser cobrado junto con la propia casa de apuestas, ampliando el riesgo jurídico para patrocinadores e intermediarios.
Intereses sobre capital propio más caros para las empresas
Otro cambio sensible recae sobre los intereses sobre capital propio, mecanismo usado por compañías para remunerar a los accionistas con ventaja tributaria en relación a los dividendos.
El Impuesto sobre la Renta retenido en la fuente sube del 15% al 17,5% sobre esos pagos.
Con esto, el gobierno apuesta a reducir la atracción del JCP como herramienta de planificación tributaria, acercando la carga incidente sobre esta forma de remuneración a la tributación aplicada a otras operaciones.
Parte del empresariado argumenta que el aumento reduce la competitividad y encarece inversiones de largo plazo, mientras que la base gubernamental insiste en la necesidad de reequilibrar el sistema y eliminar distorsiones.
Fintechs e instituciones financieras pagarán una CSLL mayor
El proyecto también eleva gradualmente la Contribución Social sobre el Lucro Líquido de las instituciones financieras, con un enfoque especial en fintechs y sociedades de capitalización.
En estas empresas, la CSLL pasa del 15% al 17,5% hasta el 31 de diciembre de 2027 y alcanza el 20% a partir de 2028.
En otro frente, el índice del 9% de CSLL sube al 12% hasta finales de 2027 y al 15% a partir de 2028 para administradoras de mercado de balcón organizado, bolsas de valores y de mercancías, entidades de liquidación y compensación y otras sociedades encuadradas como instituciones financieras.
El gobierno sostiene que sectores altamente lucrativos necesitan contribuir más al ajuste fiscal, mientras que críticos alertan sobre el riesgo de fuga de inversiones.
Restos a pagar y vigencia de las nuevas reglas
El relator también retoma un tema ya tratado en la Ley Complementaria 215/25 al permitir la revalidación de restos a pagar no liquidados, cancelados a partir de 2023, con plazo para liquidación hasta finales de 2026.
La idea es dar aliento para la conclusión de obras y servicios con recursos ya comprometidos, pero aún no pagados.
En cuanto a la vigencia, la mayor parte de los cambios entran en vigor el 1 de enero de 2026. Medidas que involucran reducción de renuncia fiscal, aumento del impuesto sobre apuestas y elevación de la CSLL, al alterar tributos, dependen de la llamada noventena, es decir, solo entran en vigencia 90 días después de la publicación de la nueva ley complementaria.
El gobierno habla de justicia tributaria; la oposición ve aumento de carga y riesgo para los pobres
En defensa del texto, Mauro Benevides Filho (PDT-CE) afirmó que cerca del 77% de los incentivos fiscales hoy no tienen un límite definido y que el proyecto cumple con un requisito constitucional de control.
Para él, el objetivo es prohibir nuevos beneficios sin cortar los ya existentes indiscriminadamente, exigiendo contrapartidas y evaluación de resultados.
El líder del gobierno en la Cámara, José Guimarães (PT-CE), argumentó que la propuesta no busca dar dinero para que el gobierno gaste, sino garantizar el equilibrio de las cuentas públicas y evitar recortes en gastos discrecionales en 2026.
Ya el líder del PT, Lindbergh Farias (RJ), reforzó que la aprobación del texto se considera una condición para votar el Presupuesto de 2026.
Entre los aliados, Neto Carletto (Avante-BA) clasificó los cambios como un avance en la justicia tributaria, resaltando la importancia del impuesto sobre apuestas y la cobranza sobre fintechs para financiar políticas destinadas a las familias más vulnerables.
En la oposición, Joaquim Passarinho (PL-PA) criticó el hecho de que los intereses sobre capital propio pasen a tener una alícuota superior a la aplicada a las apuestas, llamando la atención sobre el impacto de la carga sobre empresas que invierten en la economía real.
Los líderes del PL, del Novo y otros opositores afirmaron que aumentar los tributos ahuyenta a los inversores y aprieta el presupuesto de las familias más pobres, ya que parte de los costos tienden a trasladarse a precios y tarifas.
Los parlamentarios del Novo aún atacaron la rapidez de la tramitación en el Plenario, alegando que un texto con impacto billonario y múltiples cambios estructurales en el sistema de incentivos fiscales debería ser analizado con más calma y transparencia.
Al final, la base gubernamental ganó la disputa política en torno al PLC 128/25, pero dejó abierta una discusión que promete continuar en el Senado y en el sector productivo: ¿cuál es el límite aceptable para cortar beneficios, aumentar el impuesto sobre apuestas, tributar fintechs y, al mismo tiempo, preservar la competitividad y la protección social?
¿Consideras justo aumentar el impuesto sobre apuestas y cortar los beneficios fiscales de las empresas para cerrar el Presupuesto de 2026?

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