El Proyecto de Ley aprobado por la Cámara de Diputados determina el envío mensual de datos sobre los precios de los combustibles a la ANP para garantizar más transparencia sobre los valores cobrados por la comercialización de los productos y derivados.
Durante el último martes, (07/06), la Cámara de Diputados llevó a cabo la aprobación de un nuevo Proyecto de Ley, del diputado Arnaldo Jardim (Cidadania — SP), que sustituyó el Proyecto de Ley n.º 3677/21, de autoría del diputado Reginaldo Lopes (PT-MG) y de la bancada del Partido de los Trabajadores (PT). Así, el texto sigue para el Senado, pero tiene como objetivo la determinación de envíos mensuales de los datos de los precios de los combustibles a la Agencia Nacional de Petróleo (ANP), para garantizar más transparencia a la población.
Proyecto de Ley del diputado Arnaldo Jardim busca aportar más transparencia a la población sobre los precios de los combustibles y sigue para el Senado.
El nuevo texto del Proyecto de Ley n.º 3677/21, de autoría del diputado Arnaldo Jardim (Cidadania-SP), fue aprobado por la Cámara de Diputados este martes y creará mecanismos para una transparencia aún mayor al público en relación a los precios de los combustibles en Brasil. Esta es otra estrategia del poder público para garantizar una discusión más abierta a la población sobre los precios abusivos cobrados actualmente por los combustibles y sus derivados.
De esta manera, el texto del Proyecto de Ley del diputado sigue ahora para el Senado y será analizado por el equipo para una votación y posible aprobación futura. Sin embargo, se retiraron del texto original algunas otras propuestas, que abrían espacio para limitar las exportaciones de petróleo y para el control de los precios de Petrobras a través de la ANP. Esto, porque la agencia tendría que definir el precio máximo de producción y comercialización de los combustibles, pero la iniciativa no fue bien recibida por la Cámara de Diputados.
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En caso de ser aprobado, el Proyecto de Ley determinará a las empresas productoras de combustibles en Brasil el envío mensual a ANP de los valores medios de once componentes integrantes de los precios al consumidor de los combustibles de su responsabilidad, siendo ellos:
- costo medio de producción del petróleo de origen nacional;
- costo medio de producción del gas natural de origen nacional;
- costo de compra del petróleo, cuando corresponda;
- precio de facturación en la unidad productora;
- precio de facturación de los importadores;
- margen bruto de distribución de combustibles;
- margen bruto de reventa de combustibles automotrices;
- impuesto duto-viários hasta la base de distribución, cuando sea el caso;
- flete de la unidad productora hasta la base de distribución o, en el caso del etanol, hasta la estación;
- flete de la base de distribución hasta la estación revendedora;
- tributos.
ANP deberá informar mensualmente a la población el valor de cada combustible si el Proyecto de Ley aprobado por la Cámara de Diputados es aceptado por el Senado.
Además de los informes que las empresas deberán enviar a la ANP sobre los precios de los combustibles, la agencia tendrá que divulgar mensualmente por internet la composición de cinco tipos de esos combustibles: la gasolina automotriz, el óleo diesel, el gas licuado de petróleo (GLP), el queroseno de aviación (QAV) y el etanol hidratado, con los principales datos que cierran el valor final de comercialización.
Además, la ANP también tendrá que realizar la divulgación mensual de la composición de los precios medios de venta de gas natural a las distribuidoras de gas canalizado. Por último, aunque no determine precios máximos y mínimos a ser cobrados sobre los combustibles, el Proyecto de Ley presiona a empresas como Petrobras a adoptar una tabla más accesible al consumidor final respecto a los productos.
Esta es la nueva apuesta de la Cámara de Diputados para aminorar la inestabilidad política y económica que rodea a Brasil en torno a los combustibles en la actualidad y, ahora, sólo aguarda la votación del Senado para una posible aprobación e implementación en la legislación brasileña.

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