La Justicia de Goiás condenó a gemelos idénticos a pagar pensión a la misma niña tras el ADN señalar a ambos como padre, en una decisión inédita que expuso los límites de la ciencia.
La escena ocurrió lejos de las grandes capitales y de los focos mediáticos. En 2019, en el interior de Goiás, un caso judicial que involucraba a una niña, dos hermanos gemelos idénticos y un examen de ADN sacó a la luz un dilema científico y jurídico que parecía provenir solo de la ficción: cuando la biología no puede indicar, con precisión absoluta, quién es el padre, ¿cómo debe actuar el sistema de Justicia? Esa fue la pregunta a la que se enfrentó el juez de la comarca de Cachoeira Alta, al juzgar una acción de investigación de paternidad en la que la prueba genética señalaba a ambos hombres como posibles padres de la niña —una rareza estadística, pero posible cuando se trata de gemelos monocigóticos.
Reconocimiento de la Justicia
El caso ganó repercusión nacional cuando medios como el Instituto Brasileño de Derecho de Familia (IBDFAM) y portales jurídicos dieron noticia de la sentencia, que determinó la multiparentalidad e impuso que ambos hermanos dividieran la responsabilidad del pago de la pensión alimentaria.
La Justicia reconoció que, incluso ante la imposibilidad científica de identificar a un padre único, la niña no podría ser perjudicada.
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Y, más que eso, el magistrado consideró que los gemelos utilizaron su condición genética para confundir a la madre y dificultar el reconocimiento del vínculo —creando, así, una situación que demandaría una respuesta firme del Poder Judicial.
ADN, ciencia y la dificultad de distinguir gemelos idénticos
El examen de ADN, considerado mundialmente el método más preciso de identificación biológica, no fue capaz de señalar a un único padre. En casos tradicionales, el material genético tiene un poder de definición superior al 99,9%.
Sin embargo, cuando la prueba involucra a gemelos monocigóticos —originados del mismo embrión y, por lo tanto, con carga genética casi idéntica, el patrón de coincidencia se vuelve insuficiente para excluir a uno de los posibles genitores. Este límite científico es conocido por los investigadores y ya ha sido tema de estudios internacionales publicados en revistas especializadas en genética y medicina forense.
La solución, en algunos casos raros, podría involucrar técnicas avanzadas como secuenciación de última generación o análisis epigenético, capaces de identificar pequeñas mutaciones adquiridas individualmente a lo largo de la vida.
Sin embargo, estos procedimientos aún no forman parte de la rutina pericial brasileña, tienen altos costos y, en muchos escenarios, no garantizan precisión absoluta. Así, para la Justicia goiana, la cuestión no era solo científica: se trataba de asegurar el derecho de una niña al sustento y a la identidad familiar.
El entendimiento jurídico y la protección de la niña
La decisión del Tribunal de Justicia de Goiás se basó en el principio constitucional del mejor interés de la niña, previsto en el Estatuto de la Niña y del Adolescente y en la propia Constitución Federal de 1988. Desde la perspectiva del magistrado, cuando la ciencia no ofrece respuesta concluyente, le corresponde al Derecho suplir la laguna, garantizando que el menor no sea perjudicado por un enfrentamiento biológico fuera de su control.
El juez también destacó que había fuertes indicios de que los hermanos, sabiendo de la imposibilidad de distinción genética, buscaban beneficiarse de la situación. El uso de la genética como estrategia de ocultación de la paternidad pesó en la decisión.
El resultado fue inédito en Brasil: la multiparentalidad obligatoria con división de la obligación alimentaria, una rareza en los tribunales del país y del mundo. Así, cada hermano pasó a responder por la pensión —reforzando el mensaje de que el Poder Judicial no permitirá que brechas científicas sirvan para fraudar derechos fundamentales de niños y adolescentes.
Multiparentalidad y los nuevos contornos de la familia en el siglo XXI
La sentencia también dialoga con un fenómeno creciente en diversos países: la ampliación del concepto de familia.
En Brasil, el Supremo Tribunal Federal y el Superior Tribunal de Justicia ya reconocieron la posibilidad de multiparentalidad en situaciones de vínculos afectivos y biológicos coexistentes. Sin embargo, el caso de Goiás difiere por no tratarse de lazos afectivos múltiples, sino de una imposibilidad técnica de exclusión genética.
Esta peculiaridad transformó la decisión en referencia académica, discutida en ambientes jurídicos y científicos. En vez de buscar un único responsable, la Justicia amplió la protección, garantizando que la niña tuviera no solo soporte financiero, sino también reconocimiento jurídico.
La sentencia refuerza una tendencia: la familia contemporánea no cabe en rótulos estrechos y el Derecho, cuando es necesario, expande sus fronteras para seguir la complejidad humana.
Un caso que provoca debates éticos, científicos y sociales
La repercusión internacional del episodio mostró que la discusión trasciende fronteras nacionales. Universidades y entidades jurídicas utilizaron el caso como ejemplo en debates sobre genética forense, derechos de los niños y teoría de la responsabilidad civil.
La decisión también reaviva una cuestión frecuente en el campo ético: ¿hasta qué punto la tecnología puede —o debe— ser usada para resolver conflictos familiares? ¿Y cuando falla, cuál es el papel del Estado?
El episodio goiano evidencia que la ciencia avanza, pero aún encuentra límites, especialmente en situaciones raras como los gemelos idénticos involucrados en disputas de paternidad.
Al mismo tiempo, demuestra que el sistema jurídico brasileño ha sido capaz de interpretar estas lagunas basándose en principios constitucionales sólidos, colocando el bienestar infantil por encima de conflictos adultos y estrategias de ocultación.
Al final, lo que nació como un impasse genético se transformó en un hito jurídico y social. Una niña tuvo su protección asegurada. Dos adultos fueron responsabilizados.
Y el país asistió, en 2019, a una decisión que mostró, con claridad, que ciencia y Justicia caminan de la mano, pero que, cuando el laboratorio no alcanza una respuesta definitiva, el tribunal no puede esquivar: le corresponde garantizar que ningún derecho fundamental sea dejado atrás.
La sentencia ecoa hasta hoy, recordando que, en la intersección entre biología y Derecho, el hilo conductor debe ser siempre el mismo: la dignidad y el futuro de aquellos que dependen del Estado para existir plenamente como ciudadanos.

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