Tras la entrada en vigor de la reforma laboral en 2017, comenzaron a regir tres regímenes especiales de contratación en Brasil, los cuales pueden variar según la demanda y la necesidad de los empleadores.
En Brasil, la contratación de trabajadores temporales a fin de año para hacer frente al aumento de las ventas en el comercio y al movimiento en el sector de servicios será la mayor de los últimos seis años, según información de la investigación realizada por la Confederación Nacional del Comercio de Bienes, Servicios y Turismo (CNC). Conoce la Carpeta de Trabajo Digital (CTPS) y aprende cómo acceder.
Continúa leyendo para entender los tres tipos de contratos vigentes en Brasil, tras la entrada en vigor de la reforma laboral en 2017.
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Trabajo Temporal
El empleado debe ser contratado por una empresa de trabajo temporal, que lo pone a disposición de una empresa usuaria de servicios. La duración del contrato no puede superar los 180 días corridos, pudiendo ser prorrogado por 90 días más, solo una vez.
La ley garantiza una remuneración equivalente a la de los empleados de la misma categoría de la empresa, calculada sobre una base horaria. El valor no puede ser menor que el salario mínimo regional (salario mínimo válido en el estado).
Además, el trabajador tiene derecho al pago de vacaciones proporcionales, Fondo de Garantía por Tiempo de Servicio (FGTS), contribución para acceder a los beneficios y servicios de la Seguridad Social (INSS) y seguro de accidentes de trabajo. No recibe, como está previsto en la ley, la multa rescisoria del 40% en caso de despido sin justa causa.
La jornada de trabajo es de, como máximo, ocho horas diarias, pudiendo tener una duración superior en caso de que la empresa usuaria de servicios o el cliente utilice una jornada de trabajo específica. Las horas que exceden la jornada normal de trabajo son remuneradas con un incremento de, al menos, el 50%. Cuando la persona trabaja en horario nocturno, el incremento es de, al menos, el 20% de su remuneración.
La empresa usuaria de servicios o el cliente responde subsidiariamente por las obligaciones laborales referentes al período en que se realice el trabajo temporal.
Trabajo Intermitente
Antes de la entrada en vigor de la reforma laboral, no había una previsión legal para la contratación de trabajadores intermitentes en Brasil, aunque la modalidad ya existía en otros países, como Estados Unidos y Reino Unido.
El modelo generalmente se utiliza para la contratación de empleados en el sector de servicios —especialmente restaurantes— y en actividades donde la demanda es variable según días y horarios.
Según la ley, el trabajador intermitente es contratado con un contrato formal, pero su remuneración es proporcional al período efectivamente trabajado, recibiendo salario por hora o por el día en que es convocado.
El trabajador también tiene derecho a vacaciones, FGTS, contribución al INSS y 13° salario proporcionales. El contrato debe establecer el valor de la hora de trabajo, que no puede ser menor que el valor del salario mínimo por hora o la remuneración de otros colegas que realicen la misma función.
El empleado debe ser convocado con, al menos, tres días de anticipación y puede rechazar la llamada. Los períodos en que el trabajador no esté prestando servicios no se consideran tiempo a disposición del empleador, lo que le permite asumir trabajos con otros patrones, si así lo desea. Durante el período de inactividad, puede prestar servicios a otros contratantes.
Trabajo Parcial
El empleado bajo el régimen de contrato a tiempo parcial, es todo trabajador asalariado cuya actividad tenga una duración inferior a la de los empleados con jornada completa, de 44 horas semanales o 220 horas mensuales.
Hay dos formas de contratación. La primera establece una jornada de hasta 30 horas semanales, sin posibilidad de horas extras.
La otra permite una jornada de 26 horas por semana, con la posibilidad de seis horas extras, con un adicional del 50% sobre el salario normal. Las horas extras pueden ser compensadas en la semana siguiente o deben ser pagadas en la nómina.
Los trabajadores contratados en régimen parcial tienen los mismos derechos que cualquier empleado con contrato formal, tales como vacaciones, 13° salario, FGTS, contribución al INSS, descanso semanal remunerado, aviso previo y adicionales.
Las vacaciones se concederán de la misma forma que para los empleados en régimen completo de 44 horas semanales, es decir, en períodos que van de 12 a 30 días (dependiendo del número de faltas del empleado). La reforma laboral de Brasil también prevé que los empleados bajo este régimen tienen derecho a convertir 1/3 de las vacaciones en un abono pecuniario.
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