TJ/SP mantuvo indemnización de R$ 10 mil contra constructora tras concluir que publicidad y apartamento decorado llevaron a comprador a creer que área externa sería patio privado de la unidad
La 2ª cámara de Derecho Privado del TJ/SP mantuvo la condena de una constructora al pago de R$ 10 mil por daños morales a un consumidor que adquirió un apartamento creyendo que la unidad tendría patio privado, pero recibió un inmueble con área externa común del condominio. Este caso fue noticiado por Migalhas.
Publicidad indicaba patio privado como diferencial del inmueble
El comprador afirmó que decidió adquirir el apartamento influenciado por el material publicitario del emprendimiento, que destacaba la existencia de un patio privado como diferencial de la unidad y elemento de valorización inmobiliaria.
El apartamento decorado también presentaba el área cercada, lo que, para el consumidor, transmitía la idea de privacidad y exclusividad. Tras recibir el inmueble, constató que el espacio externo no formaba parte de la unidad comprada.
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Área externa era común al condominio
En la acción, el comprador alegó que hubo diferencia entre el inmueble prometido y el entregado. Además del patio, señaló divergencias relacionadas con la altura del techo y el acabado interno.
Pidió indemnización por daños materiales, debido a la supuesta desvalorización del bien, y reparación por daños morales.
La constructora negó irregularidad y sostuvo que contrato, memorial descriptivo, plano y término de inspección indicaban las características y la medida de la unidad.
La empresa también afirmó que el área externa siempre fue común al condominio y que no había promesa contractual de patio privado.
TJ/SP mantiene indemnización de R$ 10 mil
En 1ª instancia, la acción fue juzgada parcialmente procedente, con condena de la constructora al pago de R$ 10 mil por daños morales. La solicitud de indemnización por daños materiales fue rechazada.
En el TJ/SP, el relator, desembargador Alvaro Passos, mantuvo el reconocimiento de publicidad engañosa. La decisión consideró que la pericia señaló divergencia entre el apartamento entregado y aquel presentado en el material publicitario y en el decorado.
Para el relator, estos elementos indujeron al consumidor a creer que el patio pertenecía a la unidad adquirida.
Daños materiales fueron desestimados
A pesar del mantenimiento de la indemnización por daños morales, el tribunal mantuvo el desestimamiento de los daños materiales. El informe pericial no constató desvalorización económica del inmueble.
El entendimiento del relator fue acompañado por el colegiado de la 2ª cámara de Derecho Privado del TJ/SP.
Esta materia fue elaborada con base en información del TJ/SP, con datos, números y declaraciones preservados conforme al material consultado.

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