Con la llegada del Marco Legal de la Generación Distribuida, popularmente conocida como “taxación del sol”, la factura de electricidad de aquellos que se adhieran al uso de energía solar en los próximos años puede ser más cara, debido a la implicación del pago de una tasa de instalación de los paneles fotovoltaicos
Se sancionó a principios de enero de 2022, el Marco Legal de la Generación Distribuida, que hará más cara la generación de energía solar en viviendas. Sin embargo, aún hay tiempo para escapar de la “taxación del sol”, que es como se está llamando a este cobro. Vea más a continuación sobre este nuevo cobro y la reducción del ahorro en la factura de electricidad.
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Entienda el motivo por el cual la generación de energía solar será más cara
La generación de energía solar en viviendas ahora tiene reglas fijas que deben ser seguidas. A pesar de que la nueva ley atribuye una taxación a la instalación de los paneles solares – que antes no existía – el Marco Legal de la Generación Distribuida traerá más seguridad jurídica.
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El nuevo cobro llamado “taxación del sol” reducirá el ahorro en la factura de electricidad de aquellos que antes buscaron el sistema precisamente para ahorrar. Con la sanción de la Ley nº 14.300/2022, el 7 de enero de 2022, el Marco Legal de la Generación Distribuida instituyó en la facturación de la electricidad los costos de la distribución de energía solar de aquellos que la generan en casa a través del sistema on grid, sistema que está conectado a la red de distribución de electricidad convencional.
El ahorro de los usuarios de energía solar residía precisamente en el costo de instalación de los paneles fotovoltaicos, ya que no había pago de esa tasa, algo que generaba un gran ahorro en la factura de electricidad.
A pesar del Marco Legal de la Generación Distribuida y la taxación del sol, el sistema de energía solar no ha perdido atractivo
Aún con la “taxación del sol” del nuevo Marco Legal de la Generación Distribuida, adoptar el sistema de generación solar no ha perdido el atractivo, ya que el marco legal estableció que aquellos que ya habían instalado el sistema de energía solar en casa antes de la sanción de la nueva ley o quienes realicen la instalación dentro de un plazo de 12 meses a partir de la publicación de la ley, quedan exentos de la “taxación del sol” en la factura de electricidad hasta el año 2045.
Esto significa que aún hay tiempo para hacer la instalación de paneles fotovoltaicos en casa y disfrutar de este tipo de generación de energía solar con ahorro – aun cuando esto no signifique que aquellos que instalen paneles fotovoltaicos después de este período no tengan ahorro en sus facturas de electricidad, dado que la adopción del sistema, ya sea con o sin cobro por la instalación, sigue siendo más viable y económica que el uso de electricidad convencional actualmente, que cada día es más cara debido a la crisis hídrica.
Los que adopten la generación de energía solar después del 7 de enero de 2023, tampoco deben preocuparse por la “taxación del sol”, ya que el cobro por la instalación y uso de la red tampoco será excesivo, como muchos han imaginado.
Entiende los cobros del FIO B dentro de la generación de energía solar, según el nuevo marco de la generación distribuida
“Art. 27. La facturación de energía de las unidades participantes del SCEE no abarcadas por el art. 26 de esta ley debe considerar la incidencia sobre toda la energía eléctrica activa compensada de los siguientes porcentajes de los componentes tarifarios relativos a la remuneración de los activos del servicio de distribución, a la cuota de reintegración regulatoria (depreciación) de los activos de distribución y al costo de operación y mantenimiento del servicio de distribución:
- I – 15% (quince por ciento) a partir de 2023;
- II – 30% (treinta por ciento) a partir de 2024;
- III – 45% (cuarenta y cinco por ciento) a partir de 2025;
- IV – 60% (sesenta por ciento) a partir de 2026;
- V – 75% (setenta y cinco por ciento) a partir de 2027;
- VI – 90% (noventa por ciento) a partir de 2028;
- VII – la regla dispuesta en el art. 17 de esta ley a partir de 2029.
De esta forma, quien inicie su proceso de homologación a partir del día 07/01/2023 ya estará sujeto a las nuevas reglas de no compensación del Fio B. Es decir, si su cliente conecta el proyecto a la red de distribución en el año 2023, comenzará a pagar el Fio B en la factura de energía de forma escalonada a lo largo de los años, como se muestra en el siguiente ejemplo:
Solicitud de Acceso protocolada en 07/01/2023: pagará 15% del Fio B en 2023, 30% del Fio B en 2024 y así sucesivamente hasta el séptimo año de transición donde estará pagando 90% del Fio B más el porcentaje que la ANEEL determine o no tras la valoración de los beneficios de la GD;
Solicitud de Acceso protocolada en 07/01/2024: pagará 30% del Fio B en 2024, 45% del Fio B en 2025 y así sucesivamente hasta el séptimo año de transición donde estará pagando 90% del Fio B más el porcentaje que la ANEEL determine o no tras la valoración de los beneficios de la GD.
En comparación con otros países, Brasil sigue causando menos impacto en el bolsillo de aquellos que utilizan energía solar
La Absolar (Asociación Brasileña de Energía Solar Fotovoltaica) informó que las nuevas reglas de transición establecidas aminoran el impacto respecto al tiempo de retorno de la inversión, el payback, de los sistemas que tienen plazos de implementación más cercanos.
A pesar de la implementación del Marco Legal de la Generación Distribuida, los cambios siguen siendo los más favorables, si tenemos en cuenta otras partes del mundo, donde las leyes están siendo revisadas o nuevas reglas están siendo implantadas, como California (EE.UU.), Nevada (EE.UU.) y Países Bajos, en Europa.

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