TRT de Minas Reconoce Nulidad de Causa Justa y Determina Pago de Indemnizaciones y Compensación por Daños Morales a Empleado Obligado a Registrar Pausa Inexistente
Una empresa de vigilancia fue condenada a indemnizar a un trabajador en R$ 5 mil tras obligarlo a firmar hojas de tiempo indicando un intervalo para descanso que nunca ocurrió. La decisión de la 10ª Cámara del Tribunal Regional del Trabajo de la 3ª Región (MG) reconoció la nulidad de la causa justa aplicada y determinó además el pago de las indemnizaciones debidas.
Según los jueces, quedó comprobado que la práctica adoptada por la empresa violaba la legislación laboral y la dignidad del empleado. Para el relator, el desembargador Ricardo Antônio Mohallem, la negativa del vigilante a firmar registros falsos no configuraba desidia, sino una actitud legítima ante la irregularidad.
Intervalo Inexistente y Presión en el Ambiente de Trabajo
De acuerdo con el proceso, el empleado fue acusado de incumplir normas de la empresa al negarse a firmar la pausa inexistente.
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Finalmente fue despedido por causa justa, bajo la alegación de indisciplina y uso de palabras groseras contra el supervisor.
La defensa de la empresa afirmó que el despido estaba previsto en el artículo 482, inciso “e”, de la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT).
Sin embargo, el análisis del caso mostró que, desde julio de 2024, los vigilantes eran presionados a registrar intervalos que no se concedían ni se remuneraban.
Declaraciones y Pruebas Presentadas
El relator destacó que las tarjetas de asistencia y los recibos de pago demostraron la ausencia de pago por el supuesto intervalo.
Además, un testigo confirmó que el trabajador realmente no disfrutaba de descanso intrajornada.
Ante estas evidencias, la negativa de firmar los registros fue considerada legítima y proporcional.
El desembargador enfatizó que la aplicación de causa justa fue desproporcionada, ya que no había advertencias previas ni una graduación adecuada de las sanciones.
Indemnización y Nulidad de la Causa Justa
Con base en el conjunto probatorio, el colegiado reconoció la nulidad de la causa justa y determinó el pago de las indemnizaciones típicas de un despido sin causa justa.
La condena por daños morales en el valor de R$ 5 mil fue fijada para compensar el agravio y la violación de la dignidad del trabajador.
Para la Justicia, la práctica de forzar el registro de intervalos inexistentes no solo infringe la legislación laboral, sino también principios de buena fe y respeto en las relaciones laborales.
La decisión refuerza que las empresas no pueden crear mecanismos artificiales para enmascarar incumplimientos de derechos básicos.
El reconocimiento de la nulidad de la causa justa y la condena a indemnizar al trabajador en R$ 5 mil sirven como alerta para prácticas abusivas en el sector de vigilancia y en otros segmentos.
¿Y tú, has presenciado situaciones en las que las empresas intentaron imponer registros que no correspondían a la realidad? ¿Crees que la indemnización fue suficiente para reparar el daño? Deja tu opinión en los comentarios y contribuye al debate.

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