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La Justicia Laboral Condena a Empresa Tras Transformar Casa de Empleada en Depósito del Aeropuerto, Sin Pagar Alquiler, y Tendrá que Indemnizar por Violación del Bienestar, Principio de Alteridad y Además Responder Con la Tomadora por Responsabilidad Subordinada

Publicado el 08/12/2025 a las 12:16
Actualizado el 08/12/2025 a las 13:19
Justiça do Trabalho condena empresa no Aeroporto de Uberlândia, aplica princípio da alteridade e responsabilidade subsidiária, garantindo indenização trabalhista à ex-empregada.
Justiça do Trabalho condena empresa no Aeroporto de Uberlândia, aplica princípio da alteridade e responsabilidade subsidiária, garantindo indenização trabalhista à ex-empregada.
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Decisión de la Justicia del Trabajo en Minas Gerais reconoce que ex-supervisora del Aeropuerto de Uberlândia tuvo la casa transformada en depósito sin alquiler, fija indemnización mensual de R$ 150, aplica principio de la alteridad y mantiene responsabilidad subsidiaria de las empresas tomadoras por los perjuicios comprobados sufridos a lo largo de todo el contrato.

Noticia publicada el 13 de julio de 2025 por el portal Conjur, relata que la Justicia del Trabajo en Minas Gerais, a través de la 11ª Sala del TRT de la 3ª Región, confirmó la condena de una empresa que transformó la casa de una ex-empleada en depósito del Aeropuerto de Uberlândia, sin pago de alquiler. La decisión mantiene la sentencia de la 1ª Vara del Trabajo de Uberlândia, en la región del Triángulo Mineiro, que ya había reconocido el derecho de la trabajadora a recibir indemnización mensual.

La trabajadora, que actuaba como supervisora, recibía en casa un gran volumen de correspondencias, encomiendas, uniformes, herramientas y equipos de la empresa, comprometiendo el espacio físico de la residencia y el propio descanso. El proceso nº 0011039-50.2023.5.03.0043 llevó al Tribunal a reconocer violación al bienestar de la ex-empleada y a la aplicación del principio de la alteridad, que impide el traspaso de costos de la actividad económica al empleado, con fijación de indemnización mensual por el uso del inmueble.

La casa se convirtió en extensión del stock del aeropuerto

Según el fallo de la 11ª Sala del TRT de la 3ª Región, relatado por el desembargador Marco Antônio Paulinelli Carvalho, la ex-supervisora del Aeropuerto de Uberlândia mantenía en casa una gran cantidad de materiales de la empresa, como correspondencias, encomiendas, uniformes, documentos, radios, tarjetas de alimentación, herramientas de trabajo y otros equipos.

El volumen de artículos almacenados comprometió parte relevante del espacio físico de la residencia, haciendo que el inmueble particular funcionara, en la práctica, como un depósito al servicio de la operación del aeropuerto.

La trabajadora relató además que, en diversas ocasiones, necesitó interrumpir períodos de descanso para recibir encomiendas en la puerta de su casa.

Ella llegó a presentar un presupuesto de guarda en box privado, por un valor de R$ 299 mensuales, para demostrar cuánto costaría a la empresa alquilar un espacio equivalente fuera del ambiente doméstico, pero no recibía ningún valor a título de alquiler o reembolso.

Principio de la alteridad y protección al bienestar

Al analizar el recurso, la Justicia del Trabajo destacó que la empresa no puede transferir a la empleada costos que derivan directamente de la actividad económica, como el almacenamiento permanente de materiales.

Se trata de la aplicación del principio de la alteridad, que impide que los riesgos y gastos del negocio sean empujados al trabajador.

De acuerdo con el relator, quedó comprobado que la práctica adoptada comprometió el espacio residencial y el bienestar de la reclamante, que vio su casa ser ocupada por cajas, equipos y documentos profesionales.

Para el desembargador, corresponde exclusivamente al empleador proporcionar y costear los medios necesarios para la ejecución del servicio, no siendo legítimo usar el inmueble de la trabajadora como extensión gratuita de la infraestructura de la empresa.

Fotos y conversaciones de WhatsApp consolidaron la prueba

El colegiado resaltó que las alegaciones de la ex-empleada fueron reforzadas por fotos anexadas al proceso y por capturas de conversaciones de WhatsApp, en las cuales aparecían orientaciones y registros sobre el recibimiento de materiales en su casa. Las demandadas no presentaron ninguna prueba que desvirtuara este conjunto de evidencias.

En la decisión, el Tribunal observó que la propia empresa reconoció el ejercicio de la función de supervisora y no impugnó las imágenes de almacenamiento.

Ante este escenario, prevaleció íntegramente la versión de la trabajadora, lo que llevó a la Justicia del Trabajo a confirmar la condena por el uso indebido de la residencia como depósito.

Indemnización mensual de R$ 150 y criterios del valor

Aunque la autora presentó un presupuesto de R$ 299 mensuales para la locación de un espacio similar al utilizado en su casa, el juez de primera instancia fijó la indemnización en R$ 150 por mes, valor mantenido por la 11ª Sala.

Para el relator, este monto está alineado a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

Según el desembargador, las fotografías anexadas al proceso demostraron la existencia de almacenamiento de materiales, pero no permitieron calcular con precisión el tamaño del espacio comprometido ni la cantidad y la frecuencia de recibimiento de ítems.

Ante la ausencia de datos objetivos sobre la metragem exacta y sobre el flujo de mercancías, el Tribunal entendió que la cantidad de R$ 150, sin el margen de lucro presente en alquileres comerciales, constituye una compensación justa por el uso de la residencia.

Responsabilidad subsidiaria de las tomadoras y culpa in vigilando

La decisión también mantuvo la responsabilidad subsidiaria de las dos empresas que contrataban los servicios de la ex-supervisora en el Aeropuerto de Uberlândia.

Esto significa que, si la empresa directamente contratada no paga los valores adeudados, las tomadoras podrán ser llamadas a pagar los créditos reconocidos en favor de la trabajadora.

Para el relator, quedó evidenciado que las tomadoras fallaron al acompañar y fiscalizar la ejecución del contrato, permitiendo que la residencia de la empleada fuera usada como depósito.

El colegiado apuntó manifiesta culpa in vigilando de las empresas contratantes, reconociendo el nexo entre la omisión y los daños sufridos, con fundamento en los artículos 186, 187 y 927 del Código Civil, lo que llevó a la Justicia del Trabajo a mantener la responsabilidad subsidiaria integral.

Mensaje de la decisión para empresas y trabajadores

El caso refuerza la comprensión de que el ambiente doméstico del empleado no puede ser incorporado a la estructura de la empresa sin remuneración y sin límites claros, incluso en situaciones de logística y reducción de costos.

La Justicia del Trabajo señala que, siempre que haya uso permanente de la casa del trabajador para fines de la actividad económica, será necesario compensar el espacio y respetar el bienestar de quien presta el servicio. Las informaciones son de la asesoría del TRT-3.

¿Crees que la Justicia del Trabajo debería ser aún más rigurosa cuando las empresas usan la casa de los empleados como depósito o extensión del negocio?

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Armando
Armando
09/12/2025 03:46

Isso é a ‘<‘. O importante é se dar bem em cima de tudo e de todos não importa o método.

Antônio Cruz
Antônio Cruz
08/12/2025 14:09

Isso vai criar, por analogia, grande problema para o trabalho em casa.uita gente vai alegar que parte de sua residência foi transformada em escritório, oficina, etc. e vai exigir «aluguel» pelo uso deste espaço.

Maria Heloisa Barbosa Borges

Falo sobre construção, mineração, minas brasileiras, petróleo e grandes projetos ferroviários e de engenharia civil. Diariamente escrevo sobre curiosidades do mercado brasileiro.

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