Los Proyectos de Minigeneración Distribuida Tendrán Beneficios Fiscales Conforme a Nueva Política Energética, con Normativa Regulando la Consulta Pública.
El Ministerio de Minas y Energía (MME) publicó, este miércoles (17/1), la portaría que abre la Consulta Pública sobre los procedimientos para que las empresas generadoras soliciten el encuadramiento de proyectos de minigeneración distribuida en el Régimen Especial de Incentivos para el Desarrollo de la Infraestructura (Reidi).
La agencia epbr anticipó en diciembre que el gobierno planeaba poner en consulta un borrador de normativa para regular el artículo de la Ley 14.300/2022 que establece los proyectos de minigeneración distribuida como prioritarios para recibir los beneficios fiscales. La iniciativa busca impulsar la generación de energía limpia y sostenible en todo el país, contribuyendo a la diversificación de la matriz energética y la reducción de la emisión de carbono.
Consulta Pública para Regular la Minigeneración Distribuida
El régimen concede exención de PIS y Cofins sobre las adquisiciones de máquinas y equipos nuevos, prestación de servicios y materiales de construcción, pero la demora en la regulación del texto creó barreras para que los emprendimientos consigan encuadramiento y los generadores comenzaron a recurrir a la Justicia para obtener el incentivo.
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En octubre de 2023, el MME aprobó, sub judice, el primer encuadramiento de un proyecto de generación distribuida. Oasis Solar Central logró la aprobación tras un proceso en la Justicia contra el MME, la Unión y la Agencia Nacional de Energía Eléctrica (Aneel).
Procedimientos para Empresas Geradoras de Minigeneración Distribuida
La consulta pública estará abierta por 30 días, a partir de hoy (17), y recibirá contribuciones sobre el borrador de portaría que define los pasos a seguir para que los generadores soliciten el encuadramiento de sus proyectos en el Reidi.
La solicitud de encuadramiento deberá hacerse a la distribuidora de energía eléctrica a la que la unidad consumidora esté conectada. Consulta aquí el borrador
También indica, entre otros puntos, el límite de referencia para inversiones en centrales de minigeneración distribuida para recibir el beneficio, que varía de acuerdo con la fuente.
Para solar fotovoltaica (incluyendo flotante) y térmica (todos los tipos, incluyendo cogeneración calificada), el límite es de 4.000 R$/kW de potencia instalada. Hídrica (CGH) tiene un límite de 5.000 R$/kW y eólica 4.500 R$/kW.
- En epbr: La Generación Propia de Energía Solar Crece 40% en 2023
Fuente: EPBR

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