La Justicia decide que los guardias municipales no tienen derecho a la jubilación especial del INSS. La Justicia Federal Brasileña reafirma que la categoría no está incluida en el listado de agentes de seguridad con derecho al beneficio.
La decisión del Supremo Tribunal Federal confirmó que los guardias municipales no tienen derecho a la jubilación especial del INSS, cerrando una disputa jurídica que se prolongaba por años. El juicio ocurrió en el pleno virtual entre los días 1 y 8 de agosto y contó con la relatoría del ministro Gilmar Mendes, quien destacó que la reforma de la Previdencia de 2019 estableció un listado cerrado de categorías aptas a recibir el beneficio.
Según el reporte de Folha de S. Paulo, esto significa que los guardias municipales continuarán sometidos a las reglas generales de jubilación, como la edad mínima y tiempo de contribución. La decisión frustró las expectativas de la categoría, que esperaba ser equiparada a policías civiles y federales tras la inclusión en el Sistema Único de Seguridad Pública (Susp).
Por qué los guardias municipales no fueron incluidos
El entendimiento de la Justicia Federal Brasileña es que la jubilación especial del INSS solo puede aplicarse a las categorías expresamente listadas por la enmienda constitucional de 2019. Entre ellas se encuentran policías federales, rodoviarios, civiles, militares y agentes penitenciarios.
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Según la abogada Adriane Bramante, del Instituto Brasileño de Derecho Previdenciario (IBDP), la decisión no representa una novedad, sino que solo confirma la jurisprudencia ya consolidada. “Esta discusión ya estaba pacificada. El intento de equiparar a los guardias municipales con los policías civiles ya había sido rechazado en juicios anteriores”, afirmó.
Lo que puede cambiar en el futuro
A pesar de la decisión, aún existen vacíos legislativos. Proyectos en tramitación en el Congreso, como el PL 42/2023 y el PLC 245/2019, buscan ampliar el alcance de la jubilación especial y podrían incluir a los guardias municipales en el futuro.
Además, hay expectativas en torno al juicio del tema 1.209 de la justicia, que discutirá el derecho de los vigilantes a la jubilación especial. Si el tribunal reconoce este derecho, la decisión puede abrir margen para nuevas discusiones sobre la situación de los guardias municipales.
Reglas actuales de la jubilación
Sin acceso a la jubilación especial del INSS, los guardias municipales deben seguir las reglas de transición o permanentes establecidas por la reforma de 2019:
- Edad mínima: 65 años para hombres y 62 años para mujeres.
- Tiempo de contribución: 35 años para hombres y 30 años para mujeres.
- Reglas de transición: peaje del 100% del tiempo que faltaba, sistema de puntos (edad + contribución) o edad mínima progresiva.
Los especialistas resaltan que solo las actividades insalubres o con exposición a agentes nocivos, como minería, amianto y radiación, dan derecho a la jubilación especial y no la simple peligrosidad de la función.
Impacto de la decisión
Para la categoría, la decisión representa un retroceso en las demandas por reconocimiento de la actividad de riesgo, especialmente ante la inclusión formal en el Susp. Para el gobierno, por otro lado, la decisión preserva la sostenibilidad de la Previdencia, ya que la ampliación de categorías podría aumentar los gastos del sistema.
La decisión de la Justicia Federal Brasileña sobre la jubilación especial del INSS deja claro que, al menos por ahora, los guardias municipales no tendrán acceso a este beneficio. La cambio solo podrá venir por medio del Congreso o de nuevos entendimientos en juicios futuros.
¿Y tú, crees que los guardias municipales deberían tener derecho a la jubilación especial del INSS o estás de acuerdo con la decisión de la Justicia Federal Brasileña? Deja tu opinión en los comentarios — el debate es esencial para comprender el impacto de esta medida en la seguridad pública y en la Previdencia.

Parabens por mais um deserviço desse lixo de governo