Decisión Judicial Define Obligación de Pago de Alquiler por Herederos que Utilizan Inmueble Común de Forma Exclusiva
El juez de Derecho Carlos Henrique Trindade Lourenço dos Santos determinó que los herederos que ocupan exclusivamente un inmueble heredado en Coronel Fabriciano/MG paguen alquiler desde el fallecimiento de la propietaria, con base en la indivisibilidad de la herencia y en jurisprudencia del STJ.
La decisión fue proferida por la 1ª Vara Cível de Coronel Fabriciano/MG en acción que involucra disputa entre herederos sobre la utilización exclusiva de un inmueble compuesto por casa principal y dos galpones, sin consulta o compensación financiera a los demás coproprietarios.
Uso Exclusivo del Bien Motivó Cobranza
Los autores sostuvieron que los demandados pasaron a utilizar integralmente el inmueble tras el óbito de la propietaria, impidiendo el uso común y dejando de remitir cualquier valor a título de alquiler, lo que configuró enriquecimiento sin contraprestación a los demás herederos.
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El magistrado aplicó el entendimiento de que la herencia se transmite como un todo unitario a los sucesores, permitiendo la cobranza de alquiler cuando un heredero ejerce posesión exclusiva sobre un bien común, conforme la orientación consolidada del Superior Tribunal de Justicia.
Valores Definidos por Pericia Judicial
La sentencia determinó que el alquiler mensual sea apurado en liquidación de sentencia, con base en informe pericial que fijó R$ 970 para la casa principal y R$ 440 referentes a los dos galpones existentes en el inmueble.
El pago deberá ser proporcional a las cuotas de los herederos que se opusieron a la ocupación exclusiva, con efecto retroactivo a la fecha de la citación de los demandados, ocurrida en mayo de 2021, y reajuste anual por el índice IGP-M.
Tributos y Cargos También Fueron Incluidos
Además del alquiler, los demandados fueron condenados al pago de tributos incidentes sobre el inmueble, así como de las tarifas de energía eléctrica y agua, desde el óbito de la propietaria hasta la efectiva desocupación del bien.
La decisión aún extinguió el proceso en relación a una de las autoras, tras la revocación del poder notarial sin la constitución de nuevo abogado, cerrando su participación formal en la acción judicial.
El caso tramita bajo el número 5001188-71.2021.8.13.0194 y trata exclusivamente de la responsabilidad patrimonial entre herederos ante la ocupación exclusiva de un bien indiviso.
Proceso: 5001188-71.2021.8.13.019

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