Las petroleras tendrán que pagar hasta un 1% a los propietarios de terrenos donde se realicen actividades de exploración de petróleo y gas natural

El Directorio de la ANP informó esta tarde (25/8) que aprobó la resolución que trata de la revisión de la Ordenanza ANP N° 143/1998

que regula los procedimientos relativos a la investigación y pago a los propietarios de tierras relacionados con las actividades de exploración y producción de petróleo y gas natural realizadas por las empresas petroleras

Es la compensación financiera que las empresas concesionarias deben a sus propietarios por las actividades de exploración y producción de petróleo y gas natural.

La Agencia informa que, con la nueva resolución, se flexibilizará el tipo normal vigente hoy en día, del 1% sobre los ingresos brutos de producción, oscilando entre el 0,5% y el 1%.

Este cambio solo será efectivo para nuevas ofertas y no afectará los campos actualmente en producción ni a los propietarios actuales de las tierras.

La Ley N° 9.478/1997 determinó que el pago a los terratenientes ocurrirá en un porcentaje variable entre el 0,5% y el 1% de la producción de petróleo y gas natural

La Ordenanza ANP nº 143/1998 reguló los procedimientos relativos al cálculo y pago de esta participación de terceros y determinó, como regla general, la aplicación del porcentaje del 1%.

Permitiéndose como excepción el porcentaje del 0,5% para los casos: (1) campos marginales; y (2) proyectos de escuelas de campo.

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