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La Justicia Laboral Mantiene La Justa Causa De Un Agente Público Trabajando Como Vigilante De Supermercado Mientras Recibía Una Ayuda Por Enfermedad Del INSS, Ve Ruptura De Confianza, Niega La Reversión Del Despido Y Refuerza Que La Fraude En El Aislamiento Permite Despido Inmediato

Escrito por Alisson Ficher
Publicado el 08/12/2025 a las 16:12
TST mantém justa causa de agente da Fundação Casa flagrado trabalhando como vigilante enquanto recebia auxílio-doença, confirmando fraude e quebra de confiança.
TST mantém justa causa de agente da Fundação Casa flagrado trabalhando como vigilante enquanto recebia auxílio-doença, confirmando fraude e quebra de confiança.
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Decisión del TST sobre agente apartado por subsidio de enfermedad expone cómo actividades remuneradas paralelas pueden resultar en despido inmediato por quiebra de confianza, incluso ante versiones conflictivas presentadas durante el proceso administrativo y judicial.

La Justicia del Trabajo confirmó el despido por causa justificada de un agente de apoyo socioeducativo de la Fundación Casa, en Ribeirão Preto (SP), que fue visto trabajando como vigilante en un supermercado durante el período en que estaba apartado del empleo y recibiendo subsidio de enfermedad del INSS.

La decisión, dictada el 15 de enero de 2025 por la Séptima Sala del Tribunal Superior del Trabajo (TST), consideró que la conducta rompió la confianza indispensable para la continuidad del vínculo laboral y descartó la posibilidad de reversión del despido.

TST mantiene causa justificada y señala quiebra de confianza

El agente trabajaba en la Fundación Casa desde 2002 y fue despedido por causa justificada en febrero de 2016, tras la conclusión de un proceso administrativo disciplinario.

De acuerdo con la institución, entre diciembre de 2014 y enero de 2015, periodo en el que estuvo oficialmente apartado por motivo de salud y amparado por subsidio de enfermedad, actuaba paralelamente como vigilante en un supermercado de la ciudad.

Para la Séptima Sala del TST, el hecho de que el empleado recibiera un beneficio previsional bajo la premisa de incapacidad para el trabajo, mientras ejercía una actividad remunerada en otro establecimiento, es incompatible con la fiducia exigida en el contrato y constituye falta grave.

Por ello, el colegiado entendió que era legítimo el despido motivado promovido por la Fundación Casa.

Denuncia interna llevó a la investigación disciplinaria

El caso llegó a la corregiduría de la Fundación Casa a partir de una denuncia presentada por un colega del agente.

Incomodado por el aumento de su propia carga de trabajo durante la ausencia del compañero de equipo, el empleado informó a la administración que el colega estaría trabajando como vigilante en un supermercado, en el mismo periodo en que figuraba como incapaz para el desempeño de sus funciones en el centro socioeducativo.

A partir de ese relato, la corregiduría inició un procedimiento interno y comenzó a reunir elementos probatorios sobre la conducta del empleado.

La investigación administrativa resultó en la conclusión de que ejercía, de forma regular, una actividad de vigilancia en el comercio local, lo que llevó a la aplicación de la causa justificada por improbidad.

Pruebas audiovisuales mostraron actuación como vigilante

Según informaciones divulgadas por el TST, el dossier producido en el proceso administrativo y posteriormente analizado por el Poder Judicial incluía videos, fotografías y testimonios que mostraban al agente en postura típica de vigilante.

Las imágenes lo retrataban posicionado detrás de las cajas, observando la movimentación de clientes y empleados, y siguiendo la rutina del establecimiento, en un contexto considerado incompatible con la figura de simple consumidor.

Estas pruebas fueron consideradas suficientes, tanto por la Fundación Casa como por el Tribunal Regional del Trabajo de la 15ª Región (TRT-15), para caracterizar la prestación habitual de servicios al supermercado precisamente en el periodo en que el trabajador estaba apartado del cargo y recibiendo un beneficio por incapacidad.

La conducta fue encuadrada como acto de improbidad y quiebra de lealtad respecto al empleador y al sistema previsional.

Versión del trabajador fue acogida en primer grado

Tras el despido, el agente presentó una reclamación laboral solicitando la reversión de la causa justificada y la reintegración al empleo.

En la acción, afirmó que la denuncia no correspondía a la realidad y sostuvo que, en virtud de una fractura en el dedo del pie, no tendría condiciones físicas para permanecer largos períodos de pie, como se requiere en la función de vigilante.

Alegó además que solo habría acudido al supermercado una única vez, en calidad de cliente, ocasión en la que fue filmado y fotografiado.

Para reforzar esta versión, presentó ante el tribunal una factura de compras emitida por el propio establecimiento, indicando que, en esa fecha, solo estaba consumiendo, y no prestando servicios.

En primera instancia, el tribunal laboral llegó a acoger, en parte, la tesis del empleado.

La sentencia evaluó que no había prueba considerada suficientemente concluyente de que estuviera efectivamente trabajando para el supermercado y determinó la reversión de la causa justificada, con la consiguiente reintegración al cuadro de la Fundación Casa.

En la decisión, el magistrado otorgó un peso relevante a la factura presentada por el trabajador, admitiendo la posibilidad de que estuviera en el lugar exclusivamente como consumidor en el momento de la grabación de las imágenes.

TRT-15 restablece despido por causa justificada

El escenario cambió cuando el caso fue reexaminado por el TRT de la 15ª Región, con sede en Campinas.

Al analizar el conjunto probatorio, el colegiado entendió que el video no mostraba al agente en la fila ni esperando la liberación de compras, sino parado en la zona posterior a las cajas, siguiendo la movimentación del ambiente de forma típica de vigilancia.

Con base en esta interpretación de las imágenes, el TRT-15 concluyó que había prestación de servicios al supermercado durante el período de apartado previsional.

Para el tribunal regional, esta conducta deshizo la confianza necesaria para el mantenimiento del vínculo laboral y tornó inviable la continuidad de la relación laboral, motivo por el cual la causa justificada fue restablecida.

TST aplica Súmula 126 y respalda decisión regional

Inconforme con el resultado en el TRT-15, el trabajador recurrió al TST mediante agravio en recurso de revista.

El relator, ministro Alexandre Agra Belmonte, destacó que el tribunal regional ya había reconocido, a partir de las pruebas constantes de los autos, que el agente efectivamente ejerció la actividad de vigilante durante el período en que estuvo apartado por motivo de salud.

Bajo estas condiciones, el ministro señaló que la discusión sobre el tema involucraría reexamen de hechos y pruebas, providencia vedada por la Súmula 126 del TST, que impide a la Corte superior de reevaluar el conjunto probatorio establecido por las instancias ordinarias.

Ante esto, el colegiado no conoció del recurso del trabajador y mantuvo, de forma unánime, la decisión del TRT-15 que confirmó la causa justificada aplicada por la Fundación Casa.

Fraude en el apartado y artículo 482 de la CLT

La causa justificada es la penalidad más severa prevista en la legislación laboral brasileña y está disciplinada en el artículo 482 de la Consolidação das Leis do Trabalho (CLT), que lista hipótesis como acto de improbidad, incontinencia de conducta, mal proceder, desidia, violación de secreto de la empresa, insubordinación grave y otras situaciones de falta grave.

En el caso analizado, el comportamiento del agente fue encuadrado como acto de improbidad y violación de la buena fe contractual, debido al ejercicio de una actividad remunerada en otro lugar durante el periodo en el que declaraba incapacidad para el trabajo habitual y recibía un beneficio previsional.

Para la Séptima Sala, este tipo de conducta representa fraude al apartado médico y autoriza el despido inmediato, sin necesidad de medidas intermedias.

Impacto de la decisión sobre trabajadores apartados

La decisión ha comenzado a ser citada por abogados laborales y medios especializados como referencia de cómo el trabajo remunerado durante una licencia médica o subsidio de enfermedad puede llevar a la pérdida del empleo por causa justificada, especialmente cuando hay prueba directa de actuación en otro puesto de trabajo.

Comentarios de especialistas destacan que, para la Justicia del Trabajo, el punto central no es solo la existencia de otro ingreso, sino la contradicción entre la supuesta incapacidad para el cargo principal y el desempeño de funciones en condiciones aparentemente incompatibles con el apartado.

En otras acciones, tribunales ya han admitido que ciertas actividades moderadas, recreativas o compatibles con el tratamiento médico no descalifican, por sí solas, la necesidad de apartado del trabajo.

No obstante, la línea adoptada en el proceso del agente de la Fundación Casa evidencia que el ejercicio de actividad remunerada en otro empleo, durante el mismo período en que el empleado está formalmente apartado por incapacidad, tiende a ser analizado con rigor, sobre todo cuando hay elementos audiovisuales y testimoniales que indican prestación habitual de servicios.

Ante este precedente y la énfasis del TST en la quiebra de confianza y en la buena fe contractual, ¿cómo pueden los trabajadores apartados por motivos de salud evaluar, con seguridad, qué tipos de actividad —especialmente si son remuneradas— pueden poner en riesgo el vínculo laboral y ser interpretadas por los jueces como fraude al apartado médico?

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Aaa
Aaa
10/12/2025 16:20

Nao tem nem como ler a notícia porque e um sobe e desce de propaganda sobre a notícia que a pessoa desiste de ler eu na minha opinião já saio pq se for pra ver propaganda eu ligo a TV,e olha só tive que parar de escrever aqui porque outra propaganda fechou a tela kkkkkkk isso é uma piada

Ana Célia Ribeiro Henriques
Ana Célia Ribeiro Henriques
10/12/2025 11:05

Isso deve servir de exemplo para os espertos que se aproveitam de um problema, talvez simples, de saúde, para levar vantagem financeira

Alisson Ficher

Jornalista formado desde 2017 e atuante na área desde 2015, com seis anos de experiência em revista impressa, passagens por canais de TV aberta e mais de 12 mil publicações online. Especialista em política, empregos, economia, cursos, entre outros temas e também editor do portal CPG. Registro profissional: 0087134/SP. Se você tiver alguma dúvida, quiser reportar um erro ou sugerir uma pauta sobre os temas tratados no site, entre em contato pelo e-mail: alisson.hficher@outlook.com. Não aceitamos currículos!

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