Nuevas Reglas de Circulación Definen Dónde Ciclomotores y Bicicletas Eléctricas Pueden o No Rodar, Con Exigencias de Placa, Habilitación y Multas Específicas Para Quien Incumpla la Ley.
La circulación de ciclomotores y de “motos eléctricas” en ciclovías dejó de estar permitida en diversas ciudades brasileñas, con destaque para Río de Janeiro, que desde agosto de 2024 prevé multa de R$ 1.000 para quien use la infraestructura exclusiva de bicicletas con esos vehículos.
La información fue originalmente publicada por el Jornal da Band, en reportaje exhibido el sábado (20).
De acuerdo con la materia, la regla nacional también exige placa y habilitación (ACC o categoría A) para conducir ciclomotores.
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Además, la circulación de estos debe ocurrir en el borde derecho de la pista, nunca en vías de tránsito rápido ni sobre aceras.
Lo Que Cambia en las Ciclovías
Conforme destacó el reportaje del Jornal da Band, bicicletas eléctricas con pedal asistido se equiparan a las bicicletas y pueden usar ciclovías, siempre que respeten los límites locales de velocidad.
Los ciclomotores — categoría que abarca vehículos de dos o tres ruedas con motor de hasta 4 kW (eléctrico) o 50 cm³ (combustión) y velocidad de fábrica de hasta 50 km/h — no tienen autorización automática para circular en esos espacios y quedan sujetos a la regulación municipal.
En Río, la Ley 8.547/2024 prohibitó expresamente la presencia de ciclomotores, motonetas, motocicletas y triciclos en ciclovías y ciclofaixas.
Según la investigación del Jornal da Band, la misma norma liberó las bicicletas eléctricas de pedalada asistida dentro de parámetros más restrictivos que los federales, como 25 km/h de velocidad máxima y 350 W de potencia nominal.
La multa local por incumplimiento es de R$ 1.000, con doble en caso de reincidencia.
Quien Necesita de Placa y CNH
La legislación nacional determina que ciclomotores deben ser registrados, licenciados y emplacados en los Detrans estatales.
Conducirlos sin ACC (Autorización para Conducir Ciclomotor) o CNH categoría A configura una infracción gravísima, con multa de R$ 880,41 y retención del vehículo hasta la presentación de un conductor habilitado.
Bicicletas eléctricas con pedal asistido no necesitan de placa ni de CNH/ACC para circular.
El Jornal da Band resaltó que quien conduce vehículo no registrado o no licenciado comete una infracción gravísima, sujeta a multa y remoción/aprehensión del vehículo.
La regla aplica para ciclomotores que aún no han sido regularizados.
Dónde Cada Vehículo Debe Circular
El Código de Tránsito Brasileño (CTB) fija que ciclomotores deben seguir por la derecha de la pista de rodaje, preferiblemente en el centro del carril más a la derecha, cuando no haya acotamiento o un carril propio.
Están prohibidos en vías de tránsito rápido y aceras.
En vías con dos o más carriles, si el de la derecha es exclusivo para otro tipo de vehículo, el ciclomotor debe usar el carril adyacente.
Las bicicletas eléctricas con pedal asistido siguen las mismas reglas que las bicicletas.
La Resolución Contran 996/2023 determina que la circulación en ciclovías, ciclofaixas y ciclorrotas debe obedecer a la velocidad máxima definida por la autoridad local.
En competiciones o uso deportivo autorizado, hay reglas específicas de velocidad.
Lo Que Sucede Si el Vehículo Es Aprehendido en el Lugar Equivocado
Usar ciclovía o ciclofaixa con un vehículo que no puede estar allí es infracción gravísima prevista en el artículo 193 del CTB, con multa triplicada.
En ciudades que aprobaron reglas propias, como Río, también se aplica la penalidad municipal específica de R$ 1.000, multiplicada en caso de reincidencia.
En paralelo, si el vehículo es un ciclomotor sin emplacamiento o sin licenciamiento, la fiscalización puede remover/aprehender el bien y autuar por falta de registro/licenciamiento.
Cuando el conductor no posee CNH o ACC, la autuación recae en el artículo 162, I, del CTB, con multa de R$ 880,41 y retención hasta que un conductor habilitado asuma.
Como mostró el Jornal da Band, en algunas situaciones, la autoridad puede sumar las autuaciones: por ejemplo, uso indebido de la ciclovía, falta de habilitación y ausencia de licenciamiento.
Río de Janeiro: Reglas y Fiscalizaciones
En el municipio de Río de Janeiro, la Ley 8.547/2024 consolidó la prohibición de ciclomotores en ciclovías y ciclofaixas y estableció parámetros claros para e-bikes de pedal asistido.
La Alcaldía y la Guardia Municipal pueden fiscalizar y aplicar la multa específica, sin perjuicio de las infracciones del CTB cuando sea aplicable.
Como destacó el reportaje del Jornal da Band, en períodos recientes, la Cámara Municipal y organizaciones de la sociedad civil divulgaron materiales explicativos para diferenciar ciclomotores de bicicletas eléctricas, reduciendo confusiones comunes entre usuarios.
¿Y las Bicicletas Eléctricas con Pedal Asistido?
Por el estándar nacional, estas bicicletas tienen motor auxiliar que solo funciona cuando el usuario pedalea, potencia nominal de hasta 1.000 W y límite de propulsión hasta 32 km/h.
Se equiparan a las bicicletas y no exigen placa, licenciamiento o habilitación.
Sin embargo, los municipios pueden adoptar límites más rígidos, como ocurre en Río, que restringe a 350 W y 25 km/h.
Por eso, antes de circular, es importante verificar las reglas locales sobre velocidad y equipos obligatorios.
Tiempos de Regularización y Documentos
Para ciclomotores más antiguos que no tenían certificación de fábrica, el Contran fijó un cronograma de inclusión en el Renavam de 1º de noviembre de 2023 a 31 de diciembre de 2025.
Una vez terminado el plazo, el vehículo no puede circular en vía pública hasta ser regularizado.
La documentación incluye nota fiscal o declaración de procedencia, laudo de inspección y, cuando sea necesario, CSV (Certificado de Seguridad Vehicular).
En Caso de Accidente, ¿Quién Responde?
Las responsabilidades siguen el CTB.
Si un ciclomotor está indebidamente en una ciclovía y causa riesgo o daño, además de las multas y medidas administrativas, pueden ocurrir desdoblamientos civiles y penales, según el caso.
El respeto a las reglas — placa en día, habilitación adecuada y uso de la vía correcta — reduce conflictos y facilita la apuración de responsabilidades.
Con los cambios locales y la consolidación de las reglas federales, quedó más fácil entender: ciclomotor es en la pista; bicicleta (incluida la eléctrica de pedal asistido), en la ciclovía.
Dado este escenario, ¿su ciudad ya reguló los límites de velocidad y equipos para e-bikes en las ciclovías, o aún tiene dudas sobre lo que está permitido?


Impressionante, fazem a matéria e nem mencionam dos autospropelidos,…rs Brasil tem que entender que o infrator e quem condiz e faz coisa errada, e não as motos elétricas generalizadas.
A evolução acontecendo, de forma ecológica e segura… investimento gigantesco em veículos de natureza elétrica… forma auxiliadora na contenção de poluentes… mas… As autoridades degladiando em achar formas de fiscalização e punição… o negócio é arrecadação para manter este sistema ridículo e sujo… aliás, ninguém fiscaliza a construção destes equipamentos, deixa entrar no país sem nenhuma regra… depois que instala a modalidade, aí que vão tentar definir regulamentos… e dizem que foi dado prazo… prá quê, se nem eles conseguem se entender para regulamentar… mas as multas já pode aplicar… paisinho de **** mesmo… só corrupção… é de esquerda, é de centro, e de extrema pra ou pra cá… e de direita tbm, tem umas par disfarçado de ovelha, nas tudo lobo… agente lê e não entende o quê um diferente do outro, se é isso ou aquilo, agora na, fiscalização tem um monte de argumento individualista… cada equipe define no achismo… tá lá na nota fiscal, dizendo ser uma coisa, mas eles dizer ser outra…. fica difícil….
as bicicletas elétricas ou autopropelido são transportes seguros e ecológicos devendo merecer mais apoio dos dirigentes de órgãos de regulamentação de trânsito e pensar menos em MEIOS DE CRIAR NORMAS E LEIS LOCAIS PARA ARRECADAR DINHEIRO DE TRABALHADOR QUE USA ESSE MEIO DE TRANSPORTE PARA ECONOMIZAR