Trabajadora del Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo, en Argentina, fue condenada a restituir cuatro millones de pesos recibidos por error administrativo, después de que la Justicia entendiera que la transferencia indebida causó perjuicio al órgano público y configuró enriquecimiento sin causa
Cuatro millones de pesos, cerca de R$ 14.080, deberán ser devueltos por una trabajadora del Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo, en Argentina, después de que una transferencia hecha por error cayera en su cuenta-salario por un error administrativo ligado a la similitud entre nombres.
Transferencia errónea llegó a la cuenta de la servidora
El caso involucró a la Dirección de Tesorería del IPVU, organismo público provincial responsable de políticas habitacionales. La cantidad fue enviada a la funcionaria equivocada, generando perjuicio al órgano.
La situación fue llevada a la Justicia civil y analizada por el juez Martín Peliquero. Para el magistrado, en resultado divulgado en el mes de marzo, quedó comprobado que la trabajadora incorporó el dinero al patrimonio sin causa legal que justificara mantener la cantidad.
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Uso del dinero pesó en el proceso
Tras ser avisada sobre el error, la empleada respondió inicialmente que no sabía del asunto y que estaba ocupada. En un nuevo contacto, dijo creer que el valor podría estar relacionado a un proceso judicial.
Ella reconoció que había utilizado el dinero para comprar un terreno y se negó, en ese momento, a devolver la suma. Registros bancarios indicaron retiros y movimientos después de que ella supiera que la transferencia era equivocada.
El caso pasó por la esfera penal, con denuncia por posible apropiación de dinero ajeno. El proceso terminó en sobreseimiento tras el pago de la multa mínima prevista, lo que no impidió el análisis.
Justicia aplicó enriquecimiento sin causa
La defensa afirmó que no hubo intención de quedarse con el dinero. La trabajadora alegó dificultades económicas, exoneración del cargo, disposición para devolver los valores y pidió reducción de intereses y descuentos de retenciones salariales.
La decisión encuadró el caso como enriquecimiento sin causa, previsto en los artículos 1794 y 1795 del Código Civil y Comercial argentino. La Justicia concluyó que el IPVU sufrió pérdida involuntaria y que la funcionaria no tenía derecho de conservar el valor.

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