La 25ª Cámara de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de São Paulo confirmó, en decisión unánime, la condena de la concesionaria GRU Airport al pago de R$ 15 mil por daños morales, después de que un seguridad impidiera el uso de una silla de ruedas por una mujer con discapacidad en el Aeropuerto Internacional de Guarulhos, sin ofrecer una alternativa adecuada de locomoción
La Justicia de São Paulo mantuvo la condena de la GRU Airport al pago de R$ 15 mil por daños morales a una mujer con discapacidad, después de que un seguridad impidiera el uso de una silla de ruedas en el Aeropuerto Internacional de Guarulhos, decisión considerada relevante para la protección de derechos.
Decisión Confirmada en Segunda Instancia
La decisión fue proferida por la 25ª Cámara de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de São Paulo (TJ-SP), que confirmó integralmente la sentencia de la 2ª Vara Civil de Tatuí.
El juicio analizó el recurso presentado por la concesionaria, que buscaba revertir la condena impuesta en primera instancia por el juez Fernando José Alguz da Silveira.
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Episodio Ocurrido Dentro del Terminal
Según el proceso, la mujer estaba en el aeropuerto acompañada de su madre para buscar a su hermana, sin intención de embarcar en un vuelo.
En el lugar, la madre solicitó a la administración una silla de ruedas para ayudar con la locomoción de la hija, pedido inicialmente atendido por el equipo.
Poco tiempo después, un seguridad determinó la devolución inmediata del equipo, sin presentar una alternativa para el desplazamiento de la usuaria dentro del terminal.
Entendimiento de la Relatora del Caso
Al analizar el recurso, la relatora, desembargadora Mary Grün, rechazó el argumento de inexistencia de obligación legal para atención a no pasajeras.
Para la magistrada, esta alegación no exime el deber de garantizar un trato digno, respetuoso y adecuado a los usuarios, especialmente a las personas con discapacidad física.
Destacó que no hubo comprobación de que la silla de ruedas estuviera reservada para una emergencia médica o fuera indispensable en ese momento.
Silla de Ruedas: Violación de Derechos Fundamentales
Según el voto, no existe en los autos ninguna prueba de que el equipo fuera estrictamente necesario para otra persona, en detrimento de la usuaria.
La desembargadora afirmó que la conducta del seguridad caracterizó una falla en la prestación del servicio y violó principios fundamentales garantizados por la legislación.
Para ella, retirar el equipo sin una alternativa adecuada comprometió la dignidad de la persona humana y los derechos de la persona con discapacidad, generando un agravio.
El juicio fue unánime y contó con la participación de los desembargadores João Antunes y Rodolfo César Milano, que acompañaron íntegramente el voto de la relatora.
La TV Globo solicitó un posicionamiento de la concesionaria sobre la decisión judicial e informó que espera una respuesta oficial de la empresa.
Los datos son de G1.

Aconteceu comigo na azul em 19 de janeiro de 2025 . Senti dor no joelho no trajeto do check in para o portão . A funcionária negou cadeira de rodas durante emergência . Tenho 82 anos . Ela muito mal educada com meu filho que é deficiente auditivo . Ela disse que a cadeira tem que ser requerida no check in uma regra que já sabemos. Mas ela não se compadeceu com a emergencia . Eu tive medo de cair durante o trajeto para o aviao e prejudicar outros passageiros. Depois de muita luta a cadeira chegou. Lastimável atendimento da Azul.
Privatiza que melhora! Vixi, já é privado.
Como é? Só pode fornecer a cadeira para pessoas que vão embarcar num voo? O Aereoporto é piblico o sei acesso. Então as pessoas que não estão em voo não podem usar também o banheiro, nem comprar ou comer nas lojas de preços absurdos e nem mesmo acessar as areas internas. Onerro está em privatizar os serviços garatido por constituição. Direito de it e vir e espaços públicos.