Crecen la polémica sobre el uso de soporte de celular en el manillar y en el casco, mientras el Código de Tránsito define lo que realmente es infracción
La reciente discusión sobre una nueva multa que confunde a los motociclistas ha tomado fuerza en las redes y en las carreteras. La polémica gira en torno a la utilización de soportes de celular instalados en el manillar o acoplados al casco. Con videos viralizándose y abordajes registrados por la Policía Rodoviaria, muchos conductores han comenzado a creer que el uso de estos dispositivos estaría prohibido.
En la práctica, sin embargo, el Código de Tránsito Brasileño (CTB) no prevé ninguna infracción específica por el uso del soporte en sí. La confusión surgió a partir de interpretaciones imprecisas y notificaciones erróneas. A continuación, lo que la legislación realmente determina y qué situaciones pueden, de hecho, resultar en multa.
Lo que el Código de Tránsito realmente prohíbe
La legislación es clara: no existe infracción por “tener el celular sujeto al casco”.
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Lo que puede generar autuación es conducir utilizando el teléfono celular, conforme el artículo 252 del CTB, cuando el aparato es efectivamente usado para fines de comunicación.
Esta es una infracción media, con cuatro puntos y multa de R$ 130,16.
El agente debe describir con precisión la conducta observada, comprobando que el uso comprometió la atención o la seguridad.
De lo contrario, el encuadre incorrecto puede ser anulado. Ya el artículo 169, que trata de conducir sin atención o sin los cuidados indispensables a la seguridad, es genérico y solo puede ser aplicado si hay prueba de riesgo efectivo.
Soporte en el casco y riesgo de visibilidad
El uso de celulares sujetos al casco genera dudas justamente por la posible obstrucción del campo de visión.
Cuando el dispositivo interfiere en la visibilidad del conductor, la autuación puede ocurrir con base en la conducción sin atención adecuada. Sin embargo, no hay previsión directa en el CTB para castigar solo la presencia del soporte.
La infracción solo se caracteriza si el policía informa de forma detallada en el auto de infracción que el equipo estaba perjudicando la visión o comprometiendo la seguridad.
En ausencia de esa descripción, la multa se torna contestable.
Soporte en el manillar: permitido, pero con restricciones de uso
A diferencia del casco, el soporte en el manillar está permitido y es ampliamente utilizado por repartidores y motociclistas que dependen de aplicaciones de navegación.
La propia Resolución 242 del Contran admite el uso de equipos para información de GPS e imágenes cartográficas.
La penalidad ocurre solo cuando el conductor manipula o sostiene el celular durante la conducción.
El simple toque en la pantalla ya configura infracción gravísima, con multa de R$ 293,47 y siete puntos en la CNH.
Por lo tanto, el riesgo no está en el soporte, sino en la interacción con el aparato en movimiento.
Campañas educativas y desinformación en las redes
La confusión reciente fue impulsada por campañas educativas mal interpretadas y videos que sugerían nuevas prohibiciones.
En una acción de la concesionaria Via Paulista con la Policía Rodoviaria, las orientaciones se centraban en el riesgo de distracción y siniestros y no en la creación de una nueva infracción.
Al mencionar el peligro del uso del celular en el panel o con auriculares, el enfoque era educción, no castigo.
No obstante, parte del público entendió el mensaje como una prohibición total, lo que difundió desinformación y alimentó el debate sobre una supuesta “nueva multa” inexistente.
Lo que el motociclista debe observar
Para evitar autuaciones injustas, el conductor necesita:
Mantener el soporte fijo de forma segura, sin perjudicar la visibilidad.
Jamás manipular el celular mientras esté en movimiento.
Usar aplicaciones de GPS solo con comandos de voz o configuraciones automáticas.
Evitar auriculares que reduzcan la percepción sonora del ambiente.
Cumpliendo estas orientaciones, el motociclista permanece dentro de la legalidad y reduce el riesgo de siniestros.
La supuesta nueva multa que confunde a los motociclistas es, en realidad, fruto de interpretaciones incorrectas y falta de claridad sobre las reglas del CTB.
El uso del soporte está permitido, siempre que no comprometa la atención ni implique manipulación del aparato.
¿Y tú, ya has presenciado abordajes o recibido autuaciones por causa del soporte de celular? Comenta abajo y comparte tu experiencia.


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