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Nueva Regla del MEI Suma Ingresos del CPF y CNPJ de la Misma Actividad, Pero Excluye Salario CLT del Límite de 81 Mil y Amplía la Fiscalización Bancaria Sobre Tarjetas

Publicado el 19/11/2025 a las 09:39
CLT e MEI ao mesmo tempo? Entenda a nova regra: salário CLT fica fora do limite de R$ 81 mil, mas receitas da mesma atividade via CPF e CNPJ passam a somar.
CLT e MEI ao mesmo tempo? Entenda a nova regra: salário CLT fica fora do limite de R$ 81 mil, mas receitas da mesma atividade via CPF e CNPJ passam a somar.
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Nueva norma del Simples Nacional refuerza que la renta CLT no entra en el límite anual de R$ 81 mil del MEI, pero determina que los ingresos de la misma actividad recibidos en CPF y CNPJ sean sumados y amplía la fiscalización sobre las movimentaciones bancarias y tarjetas de crédito.

Si trabajas con contrato formal como CLT y, al mismo tiempo, eres microempresario individual, la nueva regla del MEI puede haber generado muchas dudas sobre lo que entra o no en el límite anual de facturación. La Resolución 183 de 2025, que altera dispositivos de la Resolución 140 de 2018, trajo un punto sensible: la suma de ingresos recibidos tanto en CNPJ como en CPF, cuando se trata de la misma actividad vinculada al MEI, para efectos de encuadre en el límite de R$ 81.000 por año.

Al mismo tiempo, el entendimiento técnico refuerza que el salario CLT no entra en esta cuenta del límite anual del MEI, aunque sigue siendo obligatorio en la declaración de impuesto sobre la renta de la persona física, en un campo separado de los ingresos de la actividad emprendedora. En la práctica, la regla apunta principalmente a quienes usaban cuentas y terminales diferentes para fraccionar ventas y ocultar parte de la facturación, y no a quienes tienen un trabajo regular en CLT junto al MEI.

Qué cambia con la nueva regla del MEI

La Resolución 183/2025 trajo para el texto del Simples Nacional la idea de que los “demás ingresos de la actividad o del objeto principal” deben considerarse en conjunto, independientemente de entrar en la cuenta de CPF o de CNPJ.

Esto significa que, si el microempresario recibe montos de ventas o servicios de la misma actividad del MEI tanto en la cuenta del CNPJ como en cuenta personal, esos ingresos pasan a ser sumados para fines de apuración del límite anual.

No importa si la máquina está vinculada al CPF o al CNPJ: si el ingreso es de la actividad del MEI, entra en la cuenta de facturación.

Cuándo deben sumarse los ingresos de CPF y CNPJ

El punto central del cambio es el vínculo con la actividad principal del MEI. Si tienes un MEI con una determinada actividad y recibes parte de las ventas en CNPJ y parte directamente en CPF, esos ingresos ahora deben tratarse como uno solo para el límite de R$ 81.000 anuales.

El entendimiento es que todos los ingresos relacionados con la actividad empresarial del MEI, incluso si caen en cuentas diferentes, deben ser sumados.

La regla apunta, por ejemplo, a quienes recibían en una terminal en CNPJ y en otra terminal en CPF para aparentar una facturación menor y mantenerse artificialmente dentro del límite del MEI.

El salario CLT entra o no en el límite del MEI

Una de las mayores dudas es si el salario CLT se suma a la facturación del MEI para efectos del límite anual. Según el entendimiento presentado, la respuesta es no.

El texto de la norma habla de “ingresos de la actividad o del objeto principal”, es decir, de la actividad empresarial.

El salario CLT que recibes como empleado registrado no es ingreso de la actividad del MEI, sino rendimiento del trabajo asalariado.

Por eso, el salario CLT no debe sumarse al límite de R$ 81.000 del MEI, aún cuando tengas, al mismo tiempo, un CNPJ activo como microempresario.

Sin embargo, es importante no confundir esta regla con el impuesto sobre la renta de la persona física. En el IRPF, debes informar tanto los ingresos CLT como los ingresos de la actividad MEI, cada uno en su campo específico, ya que ambos constituyen tu realidad financiera ante la Receita Federal.

Gastos, otras actividades y lo que queda fuera de la cuenta

Otra duda común es si, dado que los ingresos de la misma actividad pueden sumarse entre CPF y CNPJ, los gastos en CPF podrían usarse para reducir la facturación del MEI.

Según el entendimiento presentado, eso no ha cambiado: solo se consideran los gastos comprobados en CNPJ para efectos de contabilidad y apuración.

Además, ingresos provenientes de actividades que no pueden ser clasificadas como MEI, como ciertas profesiones reguladas (los ejemplos citados en el debate incluyen nutricionistas, fisioterapeutas y otras actividades vedadas al MEI), no entran en la suma de la facturación del microempresario.

Si la actividad no está permitida en el MEI, el ingreso correspondiente no entra en el cálculo del límite anual de R$ 81.000 del MEI, aunque lo recibas en tu CPF.

Transferencias y movimentaciones que no son ingreso del MEI

Mucha gente también se preocupa con transferencias entre cuentas o con montos recibidos de familiares. Estas movimentaciones, por sí solas, no configuran ingreso de actividad empresarial.

Si haces una transferencia de tu propio dinero entre cuentas, o recibes un aporte de un pariente, eso no es venta, ni prestación de servicio, ni ingreso de actividad del MEI.

La transferencia de dinero no es facturación, por lo tanto no debe sumarse al límite anual del MEI.

Fiscalización bancaria, tarjetas y riesgo para quienes fraccionan ventas

Un punto importante traído en la explicación es el refuerzo de la fiscalización. La nueva regla del MEI se apoya en el cruce de datos bancarios y de operadoras de tarjetas de crédito.

Como es el propio microempresario quien informa a la Receita el valor de la renta anual, él pasa a tener la responsabilidad de considerar también lo que recibía en terminal ligada al CPF, si la venta es de la misma actividad del MEI.

Al ampliar la visión sobre las movimentaciones en bancos y tarjetas, la regla se endurece para quienes dividían ventas entre CPF y CNPJ para parecer que facturaban menos de lo que realmente facturaban.

El límite de 81 mil sigue vigente, pero con más control

El límite anual del MEI, de R$ 81.000, sigue siendo el mismo. La discusión sobre un aumento existe, pero aún no se ha convertido en un cambio efectivo.

Lo que la nueva regla hace es ajustar la forma de ver los ingresos que componen este valor, incluyendo ahora de manera más clara lo que entra a través de CPF, cuando está vinculado a la misma actividad.

En la práctica, el encuadre del MEI se vuelve más riguroso, y el microempresario necesita tener aún más cuidado al registrar sus ingresos.

El salario CLT sigue fuera de la cuenta del límite del MEI, pero la Receita Federal tiene más medios para cruzar datos bancarios y de tarjetas e identificar a quienes intentan “partir” la facturación entre CPF y CNPJ.

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¿Te sientes más tranquilo con la confirmación de que el salario no entra en el límite de R$ 81.000 o aún estás inseguro con el aumento de la fiscalización sobre tus movimentaciones bancarias y de tarjeta?

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Maria Heloisa Barbosa Borges

Falo sobre construção, mineração, minas brasileiras, petróleo e grandes projetos ferroviários e de engenharia civil. Diariamente escrevo sobre curiosidades do mercado brasileiro.

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