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Nuevo Código Civil Reconoce Vínculo Afectivo Entre Hijastros y Padrastros, Permite Oficializar Multiparentalidad en Registro Civil y Mantiene Animales Considerados Bienes de Propiedad

Escrito por Bruno Teles
Publicado el 04/10/2025 a las 21:21
O Novo Código Civil reconhece a filiação socioafetiva, permite multiparentalidade em cartório e mantém animais como bens móveis.
O Novo Código Civil reconhece a filiação socioafetiva, permite multiparentalidade em cartório e mantém animais como bens móveis.
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Nuevo Código Civil formaliza lazos socioafectivos entre hijastros y padrastros/madrastas, permite multiparentalidad en el registro y mantiene animales como bienes muebles

El nuevo Código Civil en discusión en el Senado propone un rediseño del derecho de familia al reconocer, de forma expresa, relaciones socioafectivas, como los vínculos entre hijastros y padrastros/madrastas, y autorizar la multiparentalidad directamente en el registro. Al mismo tiempo, preserva la regla tradicional de que los animales continúan siendo clasificados como bienes muebles, aunque el tema despierte debate.

Los cambios constan de un anteproyecto entregado por el colegiado de juristas y hoy debatido por una comisión temporal de senadores. Nada está decidido: el texto puede recibir enmiendas y ajustes hasta la votación final. Aun así, el paquete sinaliza cambios relevantes en filiación, sucesiones y procedimientos patrimoniales.

Relaciones socioafectivas: ¿qué cambia en la práctica?

El nuevo Código Civil consolida en el texto legal una realidad ya reconocida por los tribunales superiores: la paternidad y la maternidad pueden nacer del afecto y de la convivencia, no solo del ADN.

Por la propuesta, hijastros y padrastros/madrastas podrán formalizar el vínculo y tener esta relación reflejada en el registro civil, con los mismos efectos jurídicos aplicables a la filiación.

En la vía extrajudicial, el movimiento refuerza el Provisión nº 83/2019 del CNJ, que ya permite reconocimiento voluntario de filiación socioafectiva en el registro para mayores de 12 años.

La previsión legal tiende a desburocratizar el camino de las familias reconstituidas, dando seguridad jurídica en la escuela, en el plan de salud y en decisiones del día a día.

No se trata de “sustituir” a los padres biológicos, sino de admitir coexistencia de vínculos cuando el cuidado y la presencia estén comprobados.

Multiparentalidad en el registro: alcance y salvaguardas

La propuesta incorpora la multiparentalidad — tesis ya asentada en la jurisprudencia — y abre la puerta para que todo sea oficializado en el registro, sin acción judicial cuando haya consenso.

En términos prácticos, esto puede estampar en el registro más de un padre y/o más de una madre, con efectos completos de filiación (como deberes de cuidado y derechos correlativos).

Para evitar abusos, el anteproyecto prevé salvaguardas: el vínculo no puede ser artificial (por ejemplo, “hijo de crianza” sin intención de parentalidad) ni servir para eliminar obligaciones de los padres biológicos.

La tónica es el interés del hijo, y el afecto real y continuo sigue como criterio central. En caso de conflicto, la vía judicial continúa disponible.

Animales continúan como bienes: ¿qué significa esto?

A pesar del avance en las estructuras familiares, el nuevo Código Civil mantiene a los animales como bienes muebles.

En términos técnicos, ellos permanecen en la esfera patrimonial, lo que preserva el régimen civil tradicional.

Especialistas en derecho animal critican la opción de no elevar a los animales a la categoría de seres sintientes en el texto codificado, aunque leyes infraconstitucionales y fallos puntuales ya señalan protección ampliada.

En la práctica, el estatus de “bien” no impide cuidados y tutela, pero limita el alcance de derechos propios a los animales dentro del Código.

El contraste es claro: mientras las familias se modernizan en el papel, la tutela de las mascotas sigue anclada en la propiedad, con impactos en particiones, custodia en separaciones y responsabilidad civil.

Sucesiones, unión estable y propiedad: otros frentes sensibles

El paquete va más allá de la filiación.

En sucesiones, el anteproyecto retira, en hipótesis, cónyuges y compañeros del rol de herederos necesarios, ampliando la libertad de testar — tema que promete debate intenso por posibles efectos sobre viudos y viudas.

En la unión estable, surge el estado civil de “conviviente”, que deberá registrarse en el registro, ofreciendo respaldos documentales a un arreglo hoy reconocido de hecho.

En el derecho de cosas, la directriz es agilizar la usucapión extrajudicial y dar más autonomía al derecho real de la losa, incluso como garantía, facilitando la regularización urbana.

Ya en el empresarial, la actualización apunta a modernización de reglas (como ajustes en limitadas y arbitraje) y restricciones a la SLU para personas físicas, buscando coherencia con la teoría de la empresa.

Quién conduce el texto y cómo avanza en el Congreso

El nuevo Código Civil nació de una comisión de 34 juristas.

La etapa actual está en el Senado, en comisión temporal presidida por Rodrigo Pacheco, con plan de trabajo previniendo votación hasta julio de 2026.

Hasta entonces, audiencias públicas y enmiendas pueden alterar sustancialmente la redacción.

Después del Senado, la materia sigue para la Cámara, donde se abre un nuevo ciclo de debates.

Los puntos más polémicos ya están en el radar: herencia del cónyuge/compañero, estatus jurídico de los animales y reglas de herencia digital (cuentas, activos y archivos en línea).

Cada ajuste puede influir en la vida práctica de millones de personas — desde el registro de familias recompuestas hasta la organización patrimonial y los procedimientos registrales del día a día.

Cuente, con ejemplos reales, cómo estos cambios impactarían en su cotidianidad — desde el registro hasta la partición — y por qué. Su experiencia ayuda a iluminar dónde la ley necesita ajustarse.

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Marco
Marco(@marcoalmeida596gmail-com)
Member
06/10/2025 12:28

Quando a figura do padrasto for sobrepor a um pai que não esteja mais vivo ou nunca existido eu até acho coerente. Mas para País vivos e xistente jamais. Muitas mães vão usar isso pra destruir a imagem paterna real. Pois se já estão querendo exterminar a lei de alienação Parental! Daqui a pouco não existirá mais a figura do Pai natural, por que as mulheres ficaram com todos os poderes para ditar da maneira que melhor for conveniente pra ela. Absurdo isso!!!!! Que essa lei seja restrita apenas para filhos sem pai. Por que os Pais de verdade que vão sofrer com isso. Pra nós País é só a obrigação de pagar a apensao. Nem a imagem paterna é mais respeitada. Quero ver até onde vai esse lastro de destruição das famílias. Tantas coisas mais sérias pra corrigir no País. Respeitem as famílias. Pobre dessas crianças.

Marcelo
Marcelo
06/10/2025 08:49

Esse novo código apresentado pela click parece grande coisa. Se passar do jeito que está só vai aumentar a judicializacao. O Pacheco, simplesmente colocou isso na pauta sem filtrar nada. Acho que não sofreria isso. Afinal ele não vive em sociedade. Assim como os juristas que elaboraram isso. Fico imaginando a quantidade de p!l4ntr4 dando golpe do socioafetivo.

Última edição em 6 meses atrás por MARCELO LIMA OLIVEIRA
Advocacia Combativa
Advocacia Combativa(@advocacia_combativa)
Active Member
06/10/2025 03:04

VAI COLOCAR AGORA NA LEI O ESTELIONATO DA FILIAÇÃO SOCIOAFETIVA?!
Porquê é um estelionato querer obrigar alguém a ser pai quando a pessoa não colocou a criança no mundo. Isso é bom, para os HOMENS MUARES que fazem passeata para livrar a cara de ditadores mas não fazem passeata para livrar a própria pele desse estelionato de mães solteiras querendo pensão de bobos que apenas foram simpáticos com os filhos delas.

Última edição em 6 meses atrás por Advocacia Combativa
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Bruno Teles

Falo sobre tecnologia, inovação, petróleo e gás. Atualizo diariamente sobre oportunidades no mercado brasileiro. Com mais de 7.000 artigos publicados nos sites CPG, Naval Porto Estaleiro, Mineração Brasil e Obras Construção Civil. Sugestão de pauta? Manda no brunotelesredator@gmail.com

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