Proyecto de reforma del Código Civil propone nuevas reglas para dependientes en casos de divorcio, altera derechos sucesorios, reconoce vínculos socioafectivos e incluye patrimonio digital y protección jurídica a los animales.
La propuesta de actualización del Código Civil en debate en el Congreso amplía el alcance de quién puede ser considerado dependiente tras el divorcio y, con ello, abre espacio para que ex-cónyuges asuman, juntos, los gastos de personas que demuestren dependencia económica — inclusive suegros.
El texto integra el Proyecto de Ley nº 4/2025, presentado en el Senado, que rediseña fragmentos relevantes de familia y sucesiones, crea reglas para patrimonio digital y reconoce protección jurídica específica a animales, entre otros cambios.
El PL está en tramitación y aún puede sufrir modificaciones antes de una eventual votación en Plenario.
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Pensión y dependientes tras el fin del matrimonio
Por el texto, la obligación de cubrir gastos no se limita a los hijos.
La expresión “dependientes” fue incorporada al dispositivo que trata de la partición de responsabilidades tras el divorcio, lo que, en la lectura de especialistas, permite una interpretación más amplia por parte de los jueces.
“Cuando pones sobre el género dependientes, permites una interpretación muy extensiva”, afirma el abogado Sandro Câmara, citando la posibilidad de inclusión de suegras, hermanos, cuñados y primos que demuestren dependencia financiera.
Ya el abogado Alexandre Dalla Bernardina pondera que la comprobación de la dependencia es un requisito central para cualquier obligación de esta naturaleza.
La discusión se inscribe en el esfuerzo de la reforma proteger a personas vulnerables que, aunque no sean hijos, dependían de esa unidad familiar.
Para defensores del cambio, la previsión evita que toda la carga recaiga sobre un único ex-cónyuge y adecúa la ley a arreglos familiares contemporáneos.
Familia, multiparentalidad y uniones reconocidas
El paquete también reconoce vínculos socioafectivos y abre camino para multiparentalidad, permitiendo que un niño conste con más de un padre y/o madre en el registro, aunque sin vínculo biológico.
Además, formaliza en el Código Civil el reconocimiento de uniones homoafectivas, consolida la posibilidad de divorcio unilateral y autoriza modificación de régimen de bienes en notaría, lo que antes dependía de decisión judicial.
“Cláusula Sunset” en los pactos antenupciales
Otra innovación es la llamada cláusula “sunset” en pactos antenupciales o de convivencia.
En esta lógica, la pareja puede prever que un régimen de bienes vigore por cierto período y, automáticamente, se convierta en otro — por ejemplo, separación total en los primeros años y, luego, comunión parcial.
La propuesta amplía la autonomía privada y da previsibilidad al planeamiento patrimonial a largo plazo.
Sucesiones: cónyuge deja de ser heredero necesario
La reforma altera el orden sucesorio al retirar cónyuges y compañeros de la categoría de herederos necesarios, que pasaría a contemplar solo descendientes y ascendientes.
El sobreviviente permanece en la sucesión legítima, pero en tercer lugar, detrás de hijos y padres, y pierde la concurrencia sobre bienes particulares en varios escenarios.
El texto también prevé anulación de donaciones a amantes hechas por persona casada o en unión estable hasta dos años tras la disolución de la unión.
Para mitigar vulnerabilidades, el proyecto refuerza mecanismos como el usufructo sucesorio/vidual al cónyuge sin ingresos suficientes, a ser evaluado en el inventario.
La medida funciona como red de protección de uso y disfrute, distinta del derecho de propiedad.
Plazo para reclamar herencia
En el ámbito procesal, el PL fija en cinco años el plazo prescriptivo para que un heredero reclame su parte, con inicio en la apertura de la sucesión (fecha de la muerte).
La propuesta reduce el plazo practicado hoy en decisiones que admiten diez años y alinea el Código a un entendimiento consolidado del STJ sobre el término inicial.
Herencia y patrimonio digital
El proyecto crea la categoría de “patrimonio digital”, abarcando cuentas, activos y registros electrónicos con valor económico, personal o cultural — como criptoactivos, millas aéreas y perfiles de redes sociales.
Mensajes privados no serían automáticamente accesibles a los herederos: el acceso dependería de autorización previa del titular o de autorización judicial, en casos justificados.
DNA y reconocimiento de paternidad
En relación con la filiación, la propuesta invierte el onus probandi: notificado por la notaría, el hombre indicado por la madre deberá reconocer la paternidad o realizar examen de DNA.
Si se niega, el registro podrá incluir su nombre con base en la presunción resultante del silencio, asegurando el derecho a impugnar después.
El objetivo es acelerar el reconocimiento extrajudicial y reducir litigios, acercándose a la directriz hoy adoptada por la jurisprudencia, que trata la negativa al examen como presunción relativa.
Curatela y directivas anticipadas
El borrador también autoriza directivas anticipadas para eventual pérdida de lucidez, permitiendo que la persona nombre previamente un curador de confianza y establezca orientaciones sobre su gestión personal y financiera.
El instrumento busca seguridad jurídica para familias y profesionales que lidian con la toma de decisiones asistida.
Animales dejan de ser “cosas” y ganan protección propia
En el Derecho Civil, los animales dejan de ser tratados como meros bienes semovientes y pasan a tener protección jurídica específica, con previsión de indenización por malos tratos y tratamiento compatible con su naturaleza sensible.
El cambio refleja discusiones ya en curso en otras áreas del ordenamiento y responde a demandas de tutela del bienestar animal.
Y qué sucede ahora
El PL 4/2025 sigue en análisis por la comisión temporal del Senado, instalada para discutir la modernización del Código.
Después, la propuesta debe pasar por Plenario y, si es aprobada, por la Cámara de Diputados. Solo entonces un texto final podrá ser sancionado y entrar en vigor tras un período de vacancia.
Hasta entonces, ninguna regla cambia en la práctica; el debate sigue abierto y puede producir ajustes relevantes en el camino.
Ante un texto tan abarcador, ¿qué punto consideras más sensible para la vida real de las familias brasileñas: la ampliación del concepto de dependiente, las nuevas reglas de herencia o los cambios en el reconocimiento de paternidad?

Bando de malucos. Esse é o pior Dongresso de todos oa tempos. E tanta coisa absurda que eles querem aprovar nesse Código Civil, que acho melhor deixar como está que mudar qualquer coisa. Estão viajando completamente!
Estão querendo mesmo é acabar com o casamento. Quem é que vai querer casar sabendo que se não dá certo vai ter que sustentar sogra,cuidado, **** e papagaio. As coisas estão de mal a pior. Quando vc acha que as coisas não estão boas é surpreendido com esses absurdos.
Concordo, onde vamos parar
Tudo erado não podemos sustentar terceiros, não podemos ficar fora da herança, só acho certo no reconhecimento da paternidade tem que Obrigar o pai a fazer o DNA