Entienda por qué la Justicia Común es la única competente para juzgar casos de repactuación de deudas previstos en la Ley nº 14.181/2021 y el impacto de esta decisión para millones de brasileños.
La sobreendeudamiento es un problema que afecta a millones de familias brasileñas y compromete el mínimo existencial de quienes luchan por equilibrar sus cuentas. En 2023, el Banco Central señaló que más de 80% de las familias endeudadas enfrentan dificultades para saldar sus compromisos. Para responder a este escenario, la Ley nº 14.181/2021 modificó el Código de Defensa del Consumidor (CDC) y creó un procedimiento especial de repactuación de deudas, previsto en los artículos 104-A y 104-B. El objetivo es restaurar la dignidad del consumidor y permitir su reintegración financiera.
No obstante, surgió una duda crucial entre abogados y tribunales: ¿el Juzgado Especial Civil (JEC) puede juzgar este tipo de acción? La respuesta, según decidió el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en 2023, es no.
Rito especial exige una estructura más amplia
El procedimiento de repactuación de deudas se compone de dos fases: conciliatoria y post-conciliatoria. En muchos casos, involucra decenas de acreedores en un verdadero concurso de créditos. Esta complejidad, según el Enunciado 08 del Fonaje (Fórum Nacional de los Juzgados Especiales), aleja la acción de la competencia de los Juzgados, orientados solo a casos simples y de rápida tramitación.
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El proceso también busca elaborar un plan de pago de hasta cinco años, preservando el mínimo existencial del deudor. Por eso, exige un análisis técnico detallado de contratos, plazos y valores. Esta característica hace imposible el juicio célere típico del JEC, cuya estructura está orientada a la simplicidad.
Naturaleza de insolvencia y exclusión legal
El §2º del artículo 3º de la Ley nº 9.099/1995, que regula los Juzgados, excluye de su competencia las causas de naturaleza fallida, fiscal y de interés de la Hacienda Pública. Por analogía, el rito de la Ley nº 14.181/2021 también debe ser excluido, ya que trata de situaciones similares a la insolvencia civil. Trata del conjunto de deudas del consumidor, exigiendo un enfoque amplio y profundo.
El ministro Luiz Fux, en análisis de 2021, destacó que la prohibición debe abarcar todas las causas que compartan la naturaleza de las vedadas. Esta visión refuerza la necesidad de que los casos tramiten en la Justicia Común, y no en los Juzgados.
Decisión del STJ consolidó la competencia de la Justicia Común
En 2023, la 2ª Sección del STJ juzgó el Conflicto de Competencia nº 193.066/DF, decisión que cambió el rumbo de las acciones de sobreendeudamiento en el país. El tribunal definió que solo la Justicia Común Estatal y Distrital puede juzgar estas demandas, incluso cuando hay interés de entes federales, como la Caja Económica Federal.
La decisión fue unánime y tuvo como base la complejidad del concurso de acreedores, prevista en los artículos 104-A, 104-B y 104-C del CDC. El STJ concluyó que el Juzgado Especial Civil no posee estructura ni competencia técnica para conducir estos casos. El motivo es claro: el proceso implica análisis amplio, múltiples contratos y negociaciones simultáneas.
Efectos prácticos y sociales de la decisión
La Ley del Sobreendeudamiento, sancionada el 1º de julio de 2021, representa un hito en la protección del consumidor y en la promoción de la dignidad humana. Permite que las personas endeudadas negocien con sus acreedores bajo mediación judicial. Así, garantiza condiciones mínimas de supervivencia y promueve reintegración económica y social.
Para que este mecanismo funcione, es indispensable que las acciones sean propuestas en la Sala Civil de la Justicia Común. Este juzgado tiene estructura adecuada y poder de cognição ampliado para analizar deudas de manera justa y equilibrada. Según la abogada Patrícia Vieira, especialista en Derecho del Consumidor, “la tramitación en el Juzgado Especial comprometería la finalidad de la ley, pues no hay tiempo ni estructura para negociaciones amplias con todos los acreedores”.
Avance jurídico y protección al consumidor brasileño
La decisión del STJ en 2023 consolidó un entendimiento esencial: el rito del sobreendeudamiento es especial e incompatible con el modelo de los Juzgados Especiales. Garantizar que la acción tramite en la Justicia Común asegura tiempo suficiente para la negociación, protección efectiva al deudor y cumplimiento real de la Ley nº 14.181/2021.
Esta medida refuerza el compromiso del Poder Judicial con la inclusión financiera, la educación para el consumo responsable y la función social del crédito. También demuestra la preocupación del Estado por proteger al consumidor y evitar abusos que agravan el endeudamiento de las familias.
El sobreendeudamiento, por lo tanto, es más que una cuestión financiera — es un problema social y jurídico que exige estructura, especialización y sensibilidad.
¿Qué piensas: Brasil está realmente preparado para aplicar plenamente la Ley del Sobreendeudamiento y devolver al consumidor su dignidad económica?

É o resultado do progresso do governo ao povo, dividas que nos resta, e não tem como equilibrar as contas em dia sabendo que o nosso salário não dá nem para ir ao supermercado quanto mais pagar aluguel, ou mesmo sem aluguel as tarifas do gov leão etc são superiores do nosso equilíbrio econômico dentro de casa, dar de Cesar que é de CeZar e que não é de Ceszar dar também ~
Que homem lindo esse que está segurando os papéis