PL 239/2025, de autoría del diputado General Pazuello, llegó a prever reclusión de 2 a 8 años por cobro ilegal en vía pública, pero fue retirado de la votación.
Un Proyecto de Ley de número 239/2025 pretendía crear un nuevo artículo en el Código Penal para tipificar la extorsión practicada por «flanelinhas» que cobran por «guardar» vehículos en vía pública sin autorización. El texto preveía reclusión de dos a ocho años, además de multa, con agravantes para víctimas vulnerables.
No obstante, tras debates, el autor retiró la propuesta. A pesar de no tener el proyecto, el tema sigue en agenda debido a una acción en el STF que discute si los municipios pueden prohibir la actividad de guardadores autónomos, como hizo Porto Alegre con la Ley Complementaria 874/2020. El tema fue reconocido con repercusión general (Tema 1406).
En la práctica, el debate abarca seguridad pública, uso del espacio urbano y derecho al trabajo, con impactos sobre turismo, eventos y comercio en grandes ciudades.
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Lo que decía el PL 239/2025 que pretendía castigar a los flanelinhas
De acuerdo con la Agencia Cámara, el proyecto definía como delito a quien exigir o cobrar remuneration por guardar, estacionar o vigilar un vehículo en vía pública sin autorización del poder público, con pena de 2 a 8 años y multa. El texto incrementaba la pena si la víctima era mujer, anciano, persona con discapacidad o estuviera acompañada de un niño o adolescente.
La propuesta generó debates entre parte del público que apoya el endurecimiento penal, que vio en el texto una respuesta a enfoques coercitivos en áreas turísticas y de eventos. Tras la retirada del PL el 1 de abril de 2025, perfiles de conductores y páginas locales demandaron la reanudación del tema, mientras análisis de prensa registraron que el asunto divide opiniones. También hay quienes dicen que las sanciones son excesivas y innecesarias.
El debate sigue caliente porque el STF aún juzgará el Tema 1406, que puede definir hasta dónde los municipios pueden restringir la actividad.
El objetivo declarado era enfrentar situaciones de cobro bajo amenaza velada de daños al vehículo, práctica reportada en regiones con puntos turísticos, playas, estadios y hospitales. La propuesta buscaba tipificación específica, alegando la existencia de una laguna penal para este tipo de extorsión en vías públicas.
Importante destacar que no se trataba de regular la profesión, ya reconocida en ley federal, sino de criminalizar el cobro abusivo sin autorización. Esta distinción es central para entender el debate jurídico y urbano.
Situación actual: retirada y lo que cambia
La ficha de tramitación oficial indica que el PL fue retirado por el autor por requerimiento aprobado por la Mesa Directora. Con esto, salió de la pauta en la Cámara y no avanza para votación en el pleno.
Sin el PL, permanecen el marco penal vigente. Conductas de amenaza o extorsión siguen siendo castigables por los tipos ya existentes en el Código Penal, pero no hay la figura específica propuesta para cobro en vía pública. La eventual reanudación del tema requeriría una nueva proposición legislativa.
Para conductores y municipios, la retirada no altera de inmediato la cotidianidad. La atención se dirige al STF, que decidirá los límites de la competencia municipal para regular o prohibir la actividad de guardadores.
STF, Porto Alegre y el Tema 1406
La discusión en el Supremo surgió a partir de un caso relacionado con la Ley Complementaria 874/2020 de Porto Alegre, que prohíbe la actividad de flanelinhas en las calles de la ciudad y prevé multas. El ARE 1482123 fue reconocido como Tema 1406 de repercusión general, lo que significa que la decisión orientará casos similares en el país.
Según un resumen divulgado por tribunales, hay decisiones puntuales que autorizaron a trabajadores a continuar en la actividad a pesar de la ley municipal en vigor, lo que expone la inseguridad jurídica hasta el juicio final.
El núcleo del caso es constitucional: ¿le corresponde a la Unión regular profesiones? ¿O estados y municipios pueden restringir o prohibir actividades por razones de uso del espacio urbano y orden público? El STF definirá el marco entre estos poderes.
Lo que dicen las normas federales sobre guardadores
La actividad de guardador y lavador autónomo de vehículos es reconocida por la Ley 6.242/1975 y regulamentada por el Decreto 79.797/1977. Las normas tratan de registro, vínculo con entidades y reglas mínimas para el ejercicio de la ocupación. No autorizan cobro sin respaldo del poder público en vía pública.
Este panorama crea una tensión: por un lado, el reconocimiento federal de la ocupación; por otro, leyes locales que prohíben o restringen la actuación en las calles para proteger la movilidad y contener abusos. De ahí la relevancia del Tema 1406 en el STF.
Para el poder público, la clave está en la autorización formal y en la gestión del espacio viario. Para los trabajadores, el punto es la seguridad jurídica y la posibilidad de ingreso dentro de criterios transparentes. La decisión del Supremo puede uniformizar este entendimiento.
Seguridad urbana, turismo y el debate sobre criminalización
Las ciudades con alta demanda de estacionamiento reportan abordajes insistentes, coacción y, en casos extremos, amenazas a conductores. Los defensores de una tipificación penal específica ven en la medida un instrumento de disuasión para prácticas extorsivas en áreas de gran afluencia.
Los críticos del Proyecto de Ley afirman que penas demasiado elevadas pueden criminalizar la pobreza y incrementar conflictos, defendiendo fiscalización urbana, zonas regulamentadas y autorización formal como alternativas de gestión del espacio público. Parte del impasse se debe a la superposición entre derecho al trabajo y orden público, hoy judicializado.
Mientras el STF no decida, se recomienda que los conductores prioricen estacionamientos oficiales, aplicaciones de zona azul y estacionamientos privados cercanos a lugares de eventos, y que registren incidencias en casos de amenaza o daño.
¿Y tú? ¿La pena de hasta 8 años propuesta por extorsión por flanelinhas sería necesaria para combatir abusos o exagerada al punto de castigar la pobreza y agravar conflictos urbanos? Deja tu comentario y cuéntanos si apoyas la práctica de los flanelinhas.

E PREFEITURAS PODEM IMPLANTAR «CAÇA NÍQUEIS» COM PAGAMENTO COMPULSÓRIO DE VAGAS PÚBLICAS FANTASIADAS COMO ESTACIONAMENTO ROTATIVO❓️🤔