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La Agencia Tributaria Pone Fin al «Truco» en los Incentivos Fiscales: Nueva Normativa Amplía DIRBI a 173 Ítems, Cruza Datos con EFD-Contribuciones y Apunta a Empresas que Dejan de Reportar PIS/Cofins y Renuncias Billonarias

Escrito por Alisson Ficher
Publicado el 19/12/2025 a las 22:25
Actualizado el 19/12/2025 a las 22:26
Receita Federal amplia DIRBI para 173 itens, reforça controle sobre benefícios fiscais e integra dados com EFD-Contribuições e PIS/Cofins.
Receita Federal amplia DIRBI para 173 itens, reforça controle sobre benefícios fiscais e integra dados com EFD-Contribuições e PIS/Cofins.
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Ampliación de la DIRBI Redefine Ámbito de Beneficios Fiscales Declarados, con Enfoque en PIS/Cofins, Integración con Escrituras Digitales y Refuerzo en el Control de Renuncias Tributarias, a Partir de Nueva Instrucción Normativa Publicada por la Receita Federal en Diciembre.

La Receita Federal amplió el conjunto de beneficios fiscales que deben ser informados en la DIRBI, la Declaración de Incentivos, Renuncias, Beneficios e Inmunidades de Naturaleza Tributaria.

La alteración fue formalizada por la Instrucción Normativa RFB nº 2.294/2025, publicada el 15 de diciembre de 2025, y elevó de 88 a 173 el número de ítems sujetos a la obligación mensual.

De acuerdo con el organismo, la medida busca reforzar el control y la transparencia sobre renuncias y regímenes especiales de tributación, con énfasis en beneficios relacionados con PIS/Pasep y Cofins y en la compatibilización con información ya proporcionada en el ámbito digital.

Con la nueva instrucción normativa, la Receita sustituyó integralmente el anexo que lista los beneficios sujetos a declaración.

En la comunicación oficial, el Fisco afirma que los datos informados en la DIRBI son utilizados para mejorar la gestión del gasto tributario y subsidiar el seguimiento de políticas públicas asociadas a incentivos, exenciones y regímenes especiales.

Ampliación del Anexo de la DIRBI y Nuevos Ítems Obligatorios

El principal cambio introducido por la IN 2.294/2025 es la ampliación del listado de ítems que deben ser declarados.

En total, se incluyeron 85 nuevos beneficios, lo que llevó el total a 173.

Según la Receita Federal, la mayor parte de estas inclusiones se concentra en PIS/Pasep y Cofins, tributos que ya cuentan con escritura propia a través de la EFD-Contribuciones.

Aún de acuerdo con el organismo, esta concentración facilita la verificación y el control de los valores informados por los contribuyentes, dado que la información declarada en la DIRBI puede ser confrontada con datos ya existentes en el Sistema Público de Escritura Digital.

Además de las contribuciones, el nuevo anexo también contempla beneficios vinculados al Impuesto sobre la Renta de las Personas Jurídicas, elegidos con base en criterios de relevancia e impacto en la renuncia fiscal.

Otro punto destacado en la norma se refiere al cronograma de exigencia.

Aunque la instrucción normativa fue publicada en diciembre de 2025, la Receita definió que la información relativa a los ítems numerados del 89 al 173 deberá ser proporcionada a partir de las DIRBI referentes a los períodos de comprobación iniciados en enero de 2026.

Integración con EFD-Contribuciones y Cruce de Información Fiscal

Al justificar la ampliación del anexo, la Receita Federal mencionó de forma explícita la EFD-Contribuciones.

Según el organismo, la existencia de esta escritura digital permite mayor precisión en la determinación de los beneficios vinculados a PIS/Pasep y Cofins, lo que contribuye a la estandarización de la información proporcionada por los contribuyentes.

Expertos en tributación que siguen debates públicos sobre el tema señalan que la integración entre diferentes obligaciones accesorias amplía la capacidad de verificación automática de la información declarada.

En este contexto, la DIRBI pasa a funcionar como un instrumento adicional de consolidación de datos sobre beneficios fiscales, conectado a bases ya estructuradas en el ámbito digital.

La DIRBI fue instituida como obligación accesoria para personas jurídicas a partir de 2024.

La exigencia está prevista en la Ley nº 14.973, de 16 de septiembre de 2024, que determina que las empresas informen a la Receita Federal sobre los incentivos, renuncias, beneficios o inmunidades de naturaleza tributaria de los cuales se benefician, así como los valores correspondientes.

En la divulgación de la IN 2.294/2025, la Receita informó que la norma también promueve ajustes para adecuarse a la Ley nº 14.973/2024 tras la pérdida de eficacia de la Medida Provisoria nº 1.227/2024.

El argumento presentado por el organismo es garantizar alineación con la legislación vigente y preservar la seguridad jurídica de la obligación.

Quién Debe Entregar la DIRBI y Plazos de Presentación

De acuerdo con las orientaciones oficiales disponibles en canales del gobierno federal, están obligadas a presentar la DIRBI las personas jurídicas de derecho privado en general, incluyendo entidades inmunes y exentas, además de consorcios que realicen negocios jurídicos en nombre propio.

La entrega debe ser centralizada por el establecimiento matriz, observadas las hipótesis de dispensa previstas en norma, como determinados encuadres en el Simples Nacional y el microemprendedor individual.

El plazo regular de entrega es hasta el día 20 del segundo mes siguiente al período de comprobación.

La Receita también informa que deben ser declarados los incentivos, renuncias, beneficios e inmunidades disfrutados a partir del período de comprobación de enero de 2024, que marcó el inicio de la obligación.

Multas Previstas y Penalidades por Incumplimiento

La legislación establece multas para la no presentación de la DIRBI o para la entrega fuera de plazo.

La Ley nº 14.973/2024 prevé penalidades calculadas sobre la ingresos brutos, con porcentajes que varían según la facturación del período, además de límites máximos vinculados al valor de los beneficios fiscales utilizados.

También hay previsión de multa sobre valores omitidos, inexactos o incorrectos.

La instrucción normativa que actualizó el anexo remite expresamente a las sanciones previstas en la ley, sin detallar nuevas penalidades.

Según la Receita, el incumplimiento de las reglas sujeta al contribuyente a las multas ya establecidas en el marco legal de la obligación.

Volumen de Declaraciones e Impacto de la Ampliación del Ámbito

En el comunicado que acompañó la publicación de la IN 2.294/2025, la Receita Federal divulgó números consolidados de la DIRBI.

Hasta el 14 de diciembre de 2025, más de 2,1 millones de declaraciones habían sido entregadas, con valores superiores a R$ 600 mil millones informados por los contribuyentes.

Para analistas del sistema tributario, la ampliación del anexo representa un cambio de ámbito de la obligación, al incluir beneficios que antes no estaban expresamente listados.

Con un conjunto más amplio de ítems y mayor integración con escrituras digitales ya existentes, la DIRBI tiende a exigir revisión de procesos internos por parte de las empresas y de sus responsables fiscales.

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Alisson Ficher

Jornalista formado desde 2017 e atuante na área desde 2015, com seis anos de experiência em revista impressa, passagens por canais de TV aberta e mais de 12 mil publicações online. Especialista em política, empregos, economia, cursos, entre outros temas e também editor do portal CPG. Registro profissional: 0087134/SP. Se você tiver alguma dúvida, quiser reportar um erro ou sugerir uma pauta sobre os temas tratados no site, entre em contato pelo e-mail: alisson.hficher@outlook.com. Não aceitamos currículos!

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