TJDF Confirma Cancelamento de Pensión de Hija de 23 Años, Destacando que Dificultad de Empleo No Justifica Alimentos Cuando Padre Enfermo Depende del Valor.
En febrero de 2025, el Tribunal de Justicia del Distrito Federal y Territorios (TJDFT) analizó un recurso involucrando el proceso nº 0702147-94.2021.8.07.0019, que colocaba en conflicto el deber legal de sustento de los padres y la autonomía financiera de los hijos mayores de edad. El caso trataba de un padre postrado, afectado por enfermedad grave, representado judicialmente por su hermana, que actúa como curadora. Él solicitó a la Justicia el cancelamiento definitivo de la pensión alimenticia que pagaba a su hija de 23 años.
La joven, en su defensa, alegó que había abandonado un curso técnico durante la pandemia por falta de recursos y que, debido a la poca experiencia profesional, tenía dificultades para ingresar en el mercado de trabajo. El juez de primera instancia decidió por el fin de la obligación alimentaria, y la hija recurrió al TJDF. El Tribunal, sin embargo, mantuvo la sentencia, confirmando la exoneración de la pensión.
La Fundamentación de la Decisión del Tribunal de Justicia
La relatora del caso destacó que la hija ya había alcanzado la mayoría civil y se encontraba apta para ejercer actividad laboral, no habiendo en los autos prueba de incapacidad que justificara la continuidad de la pensión.
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En el voto, la desembargadora afirmó:
“La hija alimentanda posee 23 años de edad y se encuentra apta para el ejercicio de actividad laboral. No quedó evidenciada en los autos ninguna circunstancia excepcional que justificara la mantenimiento de la obligación alimentaria, razón por la cual debe la apelante buscar, por medios propios, los recursos necesarios para costear su subsistencia.”
La decisión también tuvo en cuenta la situación del padre, gravemente enfermo y necesitando del dinero para su propio sustento, reforzando el binomio jurídico de la necesidad del alimentando y de la posibilidad del alimentante.
Lo que Dice la Jurisprudencia
El entendimiento del TJDF está alineado a la Súmula 358 del Superior Tribunall de Justicia (STJ), según la cual el cancelamiento de pensiones alimenticias para hijos mayores de edad no es automático, sino que debe ser decidido judicialmente mediante contradicción.
En la práctica, la jurisprudencia brasileña ha entendido que:
- La pensión puede extenderse después de los 18 años en casos de comprobación de necesidad excepcional, como enfermedad o matrícula en curso superior;
- La mera alegación de dificultad para conseguir empleo no es suficiente para mantener la obligación indefinidamente;
- La salud y la condición económica del alimentante también deben ser tenidas en cuenta.
El Debate Social: ¿Hasta Dónde Va la Responsabilidad de los Padres?
El caso provoca discusiones sobre los límites de la pensión alimenticia. Para muchos, los padres tienen el deber moral de apoyar a los hijos hasta que consigan autonomía plena.
Sin embargo, la Justicia ha reconocido que, al alcanzar la mayoría, el hijo debe asumir responsabilidad por su propia subsistencia, salvo en situaciones específicas que comprueben incapacidad.
En este proceso, el factor decisivo fue el estado de salud debilitado del padre, que dependía de los recursos para sobrevivir. El tribunal consideró injusto mantener la obligación en detrimento de quien necesitaba la cantidad para cuidados médicos y básicos.
Impactos de la Decisión del Tribunal de Justicia
El juicio del TJDF refuerza puntos importantes:
- Hijos mayores de edad no tienen derecho automático a alimentos;
- Dificultades en el mercado de trabajo no justifican, por sí solas, el mantenimiento de la pensión;
- La situación de salud y de recursos del padre o la madre puede ser determinante en la exoneración;
- La Justicia exige comprobación robusta de incapacidad para mantener la pensión después de los 18 años.
El caso nº 0702147-94.2021.8.07.0019, juzgado en febrero de 2025, ilustra la búsqueda del Poder Judicial por el equilibrio entre el deber de sustento y la necesidad de autonomía de los hijos mayores.
La decisión refuerza que la obligación alimentaria no puede convertirse en responsabilidad eterna, principalmente cuando el alimentante enfrenta enfermedad grave y necesita los recursos para su propia supervivencia.
El juicio deja en el aire una pregunta inevitable: ¿hasta qué punto un padre o madre debe sustentar a un hijo adulto saludable, y cuándo llega la hora de exigir la independencia?

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