Error En Procedimiento Estético Lleva A TJMG A Condenar Clínica Por Quemaduras E Indemnización Por Daños Estéticos Y Morales.
Una clínica de estética condenada por fallos en un procedimiento de depilación láser deberá indemnizar a una cliente que sufrió quemaduras de 1º y 2º grados durante una sesión realizada en Belo Horizonte.
La decisión fue tomada recientemente por la 11ª Cámara Civil del Tribunal de Justicia de Minas Gerais”, que entendió haber error en procedimiento estético, incluso después de la presentación de un término de consentimiento.
El caso ganó relevancia por reforzar la responsabilidad de las clínicas en cuanto a la seguridad de los servicios prestados.
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Decisión Judicial Refuerza Deber De Seguridad De Las Clínicas
La condenación de la clínica de estética ocurrió tras el análisis del recurso presentado por el establecimiento, que buscaba revertir o reducir los valores definidos en primera instancia.
Aunque el tribunal aceptó parcialmente la solicitud, la Justicia mantuvo el entendimiento de que hubo fallo en la ejecución de la depilación láser, resultando en lesiones graves.
Según losdesembargadores, el procedimiento superó los efectos normales esperados, caracterizando depilación láser con quemaduras que requirieron atención médica y sometieron a la víctima a un alejamiento de sus actividades profesionales.
Relato De La Víctima Fue Decisivo Para La Condenación
En el proceso, la cliente afirmó que el procedimiento fue realizado de manera inadecuada, causando heridas en la región íntima.
Ella relató dolores intensos, necesidad de seguimiento médico y un impacto directo en su rutina personal y profesional.
Estos elementos confirmaron el error en el procedimiento estético, ya que el daño excedió los riesgos comunes previamente informados al consumidor.
Valores De La Indemnización Definidos Por La Justicia
En la decisión inicial, la Justicia condenó a la clínica al pago de diferentes tipos de indemnización, reflejando los perjuicios sufridos por la cliente.
Losvalores establecidos fueron:
R$ 22,9 mil por daños materiales
Y R$ 20 mil por indemnización por daños estéticos
R$ 10 mil por daños morales
Y R$ 4,8 mil por lucros cesantes
Asimismo, estos montos buscaban reparar tanto los gastos médicos como los impactos físicos, emocionales y financieros derivados de las quemaduras.
Clínica Recurrió, Pero Responsabilidad Fue Mantenida
Al apelar, el establecimiento alegó haber informado a la cliente sobre los riesgos del procedimiento y afirmó no haber pruebas de que ella siguió correctamente las orientaciones de seguridad, como evitar la exposición al sol.
La clínica también sostuvo que ya había reembolsado parte de los gastos y que las reacciones serían temporales.
No obstante, el proceso se tramita bajo secreto de justicia, por lo que la Justicia no divulgó el nombre de la clínica, sin embargo, no impidió la mantención de la condena principal.
“Quemaduras Significativas”, Afirma Relator Del Caso
El desembargador Rui de Almeida Magalhães, relator del proceso, reconoció parcialmente el recurso y redujo en alrededor de R$ 4,3 mil los daños materiales, valor ya pagado por la clínica.
Aún así, fue categórico al afirmar:
“Las pruebas médicas y fotos demuestran que las lesiones fueron más allá de lo esperado y configuran quemaduras significativas.”
Así, el magistrado también destacó que un término genérico de consentimiento no exime al prestador de servicio de garantizar la seguridad del consumidor durante la depilación láser.
Término De Consentimiento No Exime A Clínica De Responsabilidad
Uno de los puntos centrales de la decisión fue el entendimiento de que los documentos firmados previamente por el cliente no eliminan el deber técnico de la clínica.
Para el TJMG, el consentimiento informado no autoriza procedimientos mal ejecutados ni minimiza la gravedad de las consecuencias.
Este entendimiento fortalece la protección del consumidor en casos que involucran clínicas de estética condenadas por fallas técnicas o negligencia profesional.
El Juicio Fue Unánime Entre Los Desembargadores
Los desembargadores Mônica Libânio Rocha Bretas y Marcelo Pereira da Silva acompañaron íntegramente el voto del relator, consolidando el entendimiento de la 11ª Cámara Civil.
Además, la decisión refuerza una postura cada vez más frecuente en los tribunales: los procedimientos estéticos, incluso considerados mínimamente invasivos, exigen rigor técnico, capacitación profesional y protocolos de seguridad bien definidos.
Caso Enciende Alerta Para Consumidores Y Clínicas De Estética
Además de garantizar reparación a la víctima, el juicio sirve como alerta para el sector de estética.
Situaciones de depilación láser con quemaduras pueden resultar en condenas significativas, especialmente cuando se configura error en procedimiento estético.
Para los consumidores, el caso refuerza la importancia de buscar profesionales calificados y denunciar eventuales fallas.
Así, para las clínicas, evidencia que la responsabilidad civil va más allá de documentos firmados, exigiendo cuidado efectivo con la integridad física del paciente.

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