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Trabajador Con Reducción Mínima En Su Capacidad Para Trabajar Ya Puede Solicitar Ayuda Por Accidentes En El INSS, Incluso Sin Alejamiento, Y Puede Recibir Pagos Retroactivos Si Hay Negativa

Escrito por Alisson Ficher
Publicado el 20/01/2026 a las 11:35
Actualizado el 20/01/2026 a las 12:01
Auxílio-acidente pode ser concedido sem afastamento quando há redução mínima da capacidade, com pagamento retroativo após negativa do INSS.
Auxílio-acidente pode ser concedido sem afastamento quando há redução mínima da capacidade, com pagamento retroativo após negativa do INSS.
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El beneficio previsional puede ser concedido incluso cuando la secuela se considera leve, sin alejamiento del trabajo, y garantiza el pago retroactivo si la solicitud es negada administrativamente, tal como se establece en la interpretación judicial aplicada en el caso de la pérdida total de la visión de un ojo tras un accidente.

Un trabajador que queda con secuela permanente y presenta alguna limitación para ejercer su actividad puede tener derecho a auxilio por accidente, incluso cuando la reducción de la capacidad se considera pequeña y no hay alejamiento del empleo.

Este ha sido el entendimiento adoptado por la 3ª Cámara de Derecho Público y Colectivo del Tribunal de Justicia de Mato Grosso, al reconocer el derecho de un mecánico que perdió totalmente la visión del ojo derecho tras un accidente laboral.

En la evaluación del colegiado, la visión monocular configura una deficiencia sensorial del tipo visual y, por lo tanto, tiende a afectar la manera en que el trabajador desempeña tareas habituales.

La decisión también determinó que el pago se realice con efectos retroactivos, desde la fecha en que el INSS negó la solicitud de forma administrativa.

Accidente de trabajo causó pérdida total de la visión

El caso involucra a un mecánico que se lesionó mientras manipulaba un neumático.

Según el proceso, fue golpeado por una espátula, lo que provocó perforación en el globo ocular derecho y llevó a la pérdida completa de la visión de ese ojo.

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Con la secuela consolidada, el trabajador acudió al INSS y, en 2013, solicitó el auxilio por accidente.

La solicitud, sin embargo, fue negada bajo el argumento de inexistencia de incapacidad laboral.

En la práctica, la autarquía sostuvo que la condición no impediría al asegurado ejercer sus funciones.

Ante la negativa, el mecánico recurrió a la Justicia para obtener el beneficio.

Alegó que la pérdida de visión de uno de sus ojos redujo su capacidad laboral y comenzó a requerir mayor esfuerzo para realizar actividades rutinarias en la profesión.

INSS impugnó la incapacidad y el valor del beneficio

En primera instancia, la decisión fue favorable al trabajador. El juzgado ordenó que el INSS concediera el auxilio por accidente.

El organismo apeló al Tribunal de Justicia de Mato Grosso con dos puntos centrales. Por un lado, sostuvo que no hubo reducción de la capacidad del asegurado para ejercer las actividades habituales.

Por otro lado, cuestionó la forma de cálculo aplicada en la sentencia. La decisión inicial había fijado el ingreso mensual en 100% del salario de beneficio.

Al analizar el recurso, el tribunal mantuvo el reconocimiento del derecho al auxilio por accidente.

No obstante, revisó el porcentaje del valor mensual para ajustarlo a lo que prevé la legislación previsional.

Reducción mínima de la capacidad garantiza el derecho

El relator del caso, el desembargador Marcio Vidal, destacó que la visión monocular es reconocida por ley como deficiencia sensorial del tipo visual.

En el voto, afirmó que, “una vez demostrado que el trabajador presenta una lesión consolidada, derivada de un accidente laboral, la cual resulta en reducción de su capacidad laboral habitual, se impone la concesión del beneficio”.

La decisión siguió el entendimiento del Superior Tribunal de Justicia, que consolidó la tesis de que no es necesario demostrar una incapacidad relevante.

Basta con la existencia de reducción de la capacidad para el trabajo habitual, aunque sea mínima.

Este entendimiento también se aplica cuando la secuela requiere mayor esfuerzo del trabajador para realizar la misma actividad.

Valor del auxilio y pago retroactivo

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Aunque ha mantenido el derecho al beneficio, el colegiado ajustó el valor de la renta mensual.

El tribunal fijó el pago en 50% del salario de beneficio, porcentaje previsto en la Ley de Beneficios de la Seguridad Social.

Otro punto relevante fue el marco inicial del pago.

El auxilio por accidente deberá ser pagado desde febrero de 2013, fecha en que la solicitud fue negada administrativamente por el INSS.

En la práctica, esto permite la recepción de valores retroactivos cuando la negativa es revertida judicialmente.

Este marco inicial suele variar según el historial del asegurado. Cuando no hay concesión previa de auxilio por enfermedad, las decisiones judiciales suelen fijar el inicio del pago en la fecha de la solicitud administrativa denegada.

El beneficio puede ser pagado incluso con el trabajador en actividad

El auxilio por accidente tiene naturaleza indemnizatoria. Está destinado a asegurados que, tras un accidente, quedan con sequelas permanentes que reducen su capacidad para el trabajo habitual.

Por lo tanto, el beneficio puede ser pagado incluso cuando el trabajador continúa ejerciendo su función.

En el caso analizado, el tribunal dio peso al reconocimiento legal de la visión monocular como deficiencia y al entendimiento de que la reducción mínima de la capacidad no impide la concesión.

Aun así, cada caso depende de la prueba técnica y de la forma en que la pericia describe el impacto de la secuela en las actividades concretas del asegurado.

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Alisson Ficher

Jornalista formado desde 2017 e atuante na área desde 2015, com seis anos de experiência em revista impressa, passagens por canais de TV aberta e mais de 12 mil publicações online. Especialista em política, empregos, economia, cursos, entre outros temas e também editor do portal CPG. Registro profissional: 0087134/SP. Se você tiver alguma dúvida, quiser reportar um erro ou sugerir uma pauta sobre os temas tratados no site, entre em contato pelo e-mail: alisson.hficher@outlook.com. Não aceitamos currículos!

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