Decisión Unánime de la 1ª Sala del Tribunal Superior de Trabajo Confirma que el INSS sobre aviso-preaviso indemnizado no debe ser recaudado, reforzando la naturaleza indemnizatoria de la partida y creando un impacto potencial de miles de millones de reales en disputas judiciales similares
La decisión del Tribunal Superior de Trabajo (TST) de apartar la cobranza del INSS sobre aviso-preaviso indemnizado representa un hito relevante para empresas y trabajadores en todo el país. La 1ª Sala entendió que la partida no tiene carácter salarial, sino indemnizatorio, ya que no resulta de la prestación de servicios y, por lo tanto, no puede integrar la base de cálculo de las contribuciones previsionales.
El caso juzgado involucra a un vendedor de Belo Horizonte que, en 2014, solicitó a la Justicia del Trabajo el reconocimiento de la relación laboral y el pago de diversas partidas, incluyendo el aviso-preaviso indemnizado. En 2018, hubo un acuerdo entre las partes homologado por la 20ª Vara del Trabajo de la capital minera. Meses después, la Unión intentó cobrar a la empresa la contribución previsional sobre el valor pagado, sosteniendo que se trataba de una partida integrante del salario de contribución.
Divergencia entre Instancias: del TRT al TST
El Tribunal Regional del Trabajo de la 3ª Región (MG) llegó a acoger el pedido de la Unión, basándose en jurisprudencia que considera el aviso-preaviso indemnizado como integrante del salario de contribución tras el Decreto 6.727/2009.
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Para el TRT, incluso cuando no se trabaje, el período debería contar como tiempo de servicio para todos los fines, incluyendo la incidencia del INSS.
No obstante, al analizar el recurso de la empresa, el ministro Dezena da Silva, relator en el TST, fue categórico: el aviso-preaviso indemnizado no resulta de actividad laboral, ni de tiempo a disposición del empleador, sino de una compensación por la ruptura contractual.
Por ello, no puede ser tratado como salario para fines previsionales, según lo establecido en el artículo 28 de la Ley 8.212/91. La decisión fue unánime entre los ministros de la Sala.
Naturaleza Indemnizatoria: el punto central de la decisión
Al reforzar la tesis de la naturaleza indemnizatoria, el TST destacó que la cobranza de INSS sobre aviso-preaviso indemnizado distorsiona la lógica de la contribución previsional, cuyo objetivo es incidir sobre ganancias derivadas de trabajo efectivamente prestado.
Esta diferenciación ya se había discutido en instancias inferiores, pero la manifestación de la Corte Superior consolida un entendimiento que puede influir en miles de procesos similares en todo el país.
Para las empresas, la decisión significa una reducción de costos laborales en litigios futuros.
Para la Unión, sin embargo, representa un riesgo de pérdida de recaudación significativa, dado que valores expresivos dejan de formar parte de la base previsional.
Se trata, por ende, de un precedente multimillonario, capaz de generar efecto dominó en diversas disputas.
Impacto en el Mercado y en la Justicia del Trabajo
La decisión del TST no solo crea un nuevo parámetro para acciones judiciales que involucran empresas y trabajadores, sino que también puede provocar cambios en la forma en que se conducen contratos y rescisiones.
Los especialistas creen que, al uniformizar el entendimiento, el tribunal tiende a reducir la inseguridad jurídica sobre el tema y evitar decisiones contradictorias entre los TRTs.
Sin embargo, aún quedan debates abiertos.
Parte de los juristas defiende que el decreto de 2009 señalaba justamente lo contrario, ampliando la base de incidencia del INSS.
Otros entienden que, en nombre de la seguridad jurídica y de la coherencia del sistema previsional, prevalece la tesis de la indemnización pura, sin naturaleza salarial.
El juicio de la 1ª Sala del TST sobre el INSS en el aviso-preaviso indemnizado puede marcar el inicio de una nueva fase en la Justicia del Trabajo, abriendo espacio para que las empresas impugnen cobros similares y para que la Unión reevalúe su estrategia de recaudación.
El efecto económico, si se consolida, será de proporciones multimillonarias.
¿Y tú, qué piensas? ¿Esta decisión garantiza justicia al reconocer la naturaleza indemnizatoria del aviso-preaviso o puede debilitar la financiación de la Previdencia? Deja tu opinión en los comentarios — queremos escuchar a quienes viven en la práctica los impactos de este precedente.

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