Decisión del TRT-4 se convierte en titular, pero Uber rebate con fuerza, expone contradicciones y promete pelear hasta el último recurso
Una sentencia bombástica reavivó un viejo debate: ¿es el conductor de la app un empleado o un socio? En Río Grande del Sur, la respuesta llegó con fuerza.
Los jueces tomaron la decisión: existe vínculo
Al final de julio de 2024, la 3ª Sala del Tribunal Regional del Trabajo de la 4ª Región (TRT-4) no tuvo dudas. Determinó que Uber reconozca el vínculo laboral con uno de sus conductores.
Según los autos, él trabajó entre abril de 2019 y septiembre de 2023, ganando alrededor de R$ 4.500 mensuales a través de la plataforma. Y más: la decisión definió una indemnización inicial de R$ 100 mil y exigió el pago de vacaciones, 13º, FGTS e incluso seguro de desempleo.
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Para el relator, el desembargador Clóvis Fernando Schuch Santos, el caso encaja perfectamente en la CLT.
Rechazar carrera se convirtió en castigo, dice el conductor
De acuerdo con el trabajador, no aceptar carreras resultaba en “castigo”: más mensajes, menos llamadas y hasta riesgo de bloqueo. Es decir, sin libertad real.
Además, afirmó que no podía ser sustituido y que usaba la app casi todos los días, siempre de forma personal y continua. Para el tribunal, esto ya era suficiente para caracterizar un empleo con contrato firmado.
Uber reacciona: “¡Esta decisión ignora todo!”
En la misma semana de la decisión, el 23 de julio de 2024, Uber lanzó un comunicado oficial duro y directo: va a apelar y no seguirá la orden antes del fin de los recursos.
La empresa afirmó que el juicio ignora más de 18 mil decisiones anteriores —inclusive de la misma 3ª Sala del TRT-4, que ya negó el vínculo en casos similares.
“Es un entendimiento aislado, contrario a lo que el propio Tribunal ha decidido en los últimos años”, respondió la compañía.
Y además: según Uber, el conductor ni siquiera asistió a la audiencia y fue declarado confeso, lo que hace que la decisión sea aún más cuestionable.
Decisiones del TST y STF juegan a favor de la empresa
Uber recordó que el TST (Tribunal Superior del Trabajo) y el STF (Supremo Tribunal Federal) ya han dejado claro: los conductores tienen total libertad en horarios, lugares y rutinas —lo opuesto a la rigidez de la CLT.
La 5ª Sala del TST, por ejemplo, vio “flexibilidad extrema” en el modelo. La 4ª Sala destacó que no hay exigencia de horas mínimas. Ambos colegiados consideraron que este tipo de trabajo no tiene subordinación, un elemento esencial del vínculo formal.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) y el STF, desde 2019, también vienen diciendo lo mismo: sin horario fijo y sin salario fijo, no hay empleo, y punto final.
STF puede decidir todo de una vez
En el centro de esta disputa, está el Recurso Extraordinario 1.446.336, presentado por la propia Uber. En agenda en el STF, el tema 1.291 de repercusión general puede convertirse en jurisprudencia nacional.
Uber argumenta que reconocer el vínculo amenaza el modelo de negocio, bloquea la innovación y desordena el mercado de movilidad en Brasil.
El relator del caso, ministro Edson Fachin, ya declaró que el STF necesita dar una respuesta definitiva, ya que el tema afecta a millones de trabajadores y usuarios en todo el país.
“O el Supremo decide pronto, o la inseguridad jurídica va a atropellar el sector de aplicaciones”, concluyó Fachin.
¿Y ahora? ¿Puede este juicio cambiar las reglas del juego y modificar la forma en que funcionan las apps en Brasil?

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