Decisión Judicial En España Refuerza Límites Para Obras En Condominios, Apunta Impacto De Reformas Sin Autorización Y Aleja Argumento De Tratamiento Desigual Entre Vecinos, Al Confirmar Validez De Deliberación Asamblearia Y Aplicación Rigurosa De La Ley De Propiedad Horizontal.
Una residente de un condominio en Málaga, en España, fue obligada por la Justicia a demoler un muro construido sin autorización entre su plaza de garaje y el depósito vinculado a la unidad.
La decisión, dictada por la Audiencia Provincial de Málaga el 2 de julio de 2025, mantuvo la validez de lo que había sido deliberado por la asamblea del condominio y reconoció que la intervención resultó en la ampliación práctica del área útil de la propietaria, con impacto en la configuración original del edificio.
En el juicio, el tribunal también desestimó la alegación de que la residente había sido objeto de un tratamiento desigual, tras ella citar obras realizadas por otros vecinos.
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Para los magistrados, los casos señalados no eran comparables, dado que las intervenciones mencionadas habían pasado por autorización previa de la comunidad, situación distinta a la analizada en el proceso.
Decisión De La Asamblea Y Inicio De La Disputa Judicial
La controversia tuvo inicio en enero de 2020, cuando la comunidad de propietarios convocó una asamblea extraordinaria para tratar de una obra ejecutada en el depósito sin comunicación o autorización formal.
En la reunión, la mayoría de los condóminos aprobó la exigencia de retirada de la pared en un plazo de una semana, con la previsión de adopción de medidas judiciales en caso de que la determinación no fuese cumplida.
En la ocasión, el compañero de la propietaria, que la representaba, reconoció que la obra había sido realizada sin solicitud previa de autorización.

De acuerdo con los autos, él llegó a concordar con la eliminación de la estructura.
Posteriormente, sin embargo, la condómina presentó una acción judicial buscando anular la deliberación asamblearia.
La solicitud fue analizada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Torremolinos, que rechazó la pretensión.
La sentencia consideró relevante la admisión de que no hubo autorización y entendió que la asamblea actuó dentro de las competencias previstas en la legislación.
Esta decisión fue confirmada en segunda instancia.
Alteración De La Planta Y Aplicación De La Ley De Propiedad Horizontal
Al examinar el recurso, la Audiencia Provincial concluyó que la construcción no podía ser clasificada como mera reforma interna.
Según el decisorio, el cierre del espacio entre la plaza de garaje y el depósito resultó en la incorporación de área y en la modificación efectiva de la planta del edificio, aún cuando la alteración estaba restringida al interior de la unidad.
Con base en esta constatación, el tribunal aplicó el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, que condiciona intervenciones de este tipo a la autorización expresa de la comunidad de propietarios.
La norma establece límites al derecho de reforma cuando la obra afecta la configuración, la estructura o los derechos de los demás condóminos.
Los magistrados también aclararon que la deliberación asamblearia no impuso, por sí sola, una sanción inmediata.
Lo que fue aprobado, según la decisión, fue la autorización para que el condominio adoptase medidas judiciales en caso de que la residente no deshiciese voluntariamente la obra dentro del plazo establecido.
Tratamiento Desigual Entre Vecinos No Quedó Comprobado
Entre los argumentos presentados por la defensa, estuvo la afirmación de que otros condóminos habrían realizado intervenciones similares sin sufrir consecuencias.
La Audiencia Provincial analizó esta alegación y concluyó que no había prueba de obras equivalentes ejecutadas sin autorización.

Además, el dictamen registró que las intervenciones citadas como ejemplo habían sido previamente analizadas y autorizadas por los órganos de la comunidad.
En la evaluación del tribunal, este punto aleja la tesis de tratamiento discriminatorio.
La diferencia de procedimiento fue considerada determinante para el desenlace del caso.
Abuso De Derecho Y Límites De La Actuación Del Condominio
La decisión abordó también la acusación de abuso de derecho por parte del condominio.
Para analizar este punto, los magistrados recurrieron al artículo 7.2 del Código Civil Español y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Estos entendimientos exigen la demostración de ejercicio anormal del derecho, desvío de finalidad y daño injustificado para caracterizar el abuso.
En la opinión del colegiado, estos requisitos no quedaron comprobados.
La actuación de la comunidad fue interpretada como ejercicio regular de las atribuciones de gestión y preservación del interés colectivo, sin evidencias de intención de causar perjuicio indebido a la propietaria.
El dictamen también observó que la sentencia no cerraba definitivamente la controversia.
Según el tribunal, aún existía la posibilidad de interposición de recurso a las instancias superiores, según lo previsto en la legislación procesal española.
Reflejos Del Caso En Conflictos Condominiales En Brasil
Casos que involucran cierre de plazas de garaje, anexión de depósitos o ampliación de áreas privativas también son recurrentes en condominios brasileños.
En estas situaciones, el análisis suele concentrarse en la convención condominial, el reglamento interno y las reglas del Código Civil y de la Ley nº 4.591/1964.
El foco recae especialmente sobre intervenciones que impactan partes comunes, estructura, seguridad o el destino del edificio.
Decisiones judiciales en Brasil frecuentemente evalúan si la obra resultó en alteración relevante o en apropiación indebida de espacio originalmente previsto en el proyecto.
Cuando la intervención ocurre sin autorización y dicha modificación es comprobada, es común que el condominio busque judicialmente el deshacimiento de la obra.
Por otro lado, alegaciones de tratamiento desigual suelen depender de prueba concreta de situaciones idénticas y igualmente irregulares.
En ausencia de esta demostración, prevalece el entendimiento de que la exigencia de demolición se deriva del cumplimiento de las reglas colectivas, y no de conducta arbitraria.
En disputas como la analizada en España, permanece en debate en los condominios residenciales el punto exacto en que una reforma deja de ser interna y pasa a exigir aprobación expresa de la colectividad.

E…. Já vi tudo…. Já vi que vai surgir outra lei proibindo construção nos prédios pois pode acabar com designer 🤦🏻♀️ AFF 😅 agora vai vir uma lei fazendo derrubar todas as construções que tenham sido feita sem autorização nos prédio oxente. Se isso acontecer já vi tudo. Kkkkkkkkkkk 🤣😂😂🤣🤣😂