La Comisión de Finanzas y Tributación aprobó el Proyecto de Ley 451/24, que modifica el Código de Tránsito Brasileño para permitir el parcelamiento de multas a conductores con discapacidad, con reglas específicas, exigencia de convenios interestatales y un impacto directo en la morosidad ante los órganos de tránsito
La Comisión de Finanzas y Tributación de la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley 451/24, que crea el parcelamiento de multas de tránsito para conductores con discapacidad, modifica el Código de Tránsito Brasileño y establece reglas específicas para infracciones ocurridas fuera del estado de registro.
La propuesta aprobada permite el parcelamiento de multas de tránsito para conductores con discapacidad y para conductores responsables por persona con discapacidad, manteniendo la obligatoriedad de liquidación integral de las sanciones previstas en la legislación de tránsito.
El texto define que, cuando el vehículo esté registrado en otro estado, el parcelamiento de multas de tránsito solo será aplicado si existe convenio entre los órganos de tránsito del lugar de registro y del lugar de la infracción.
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La materia es de autoría del diputado Duda Ramos y modifica dispositivos del Código de Tránsito Brasileño para crear un tratamiento diferenciado a los conductores beneficiados por la medida, sin eliminar las sanciones administrativas aplicadas.
La relatoría en la Comisión de Finanzas y Tributación fue de la diputada Dayany Bittencourt, quien recomendó la aprobación del texto junto con las modificaciones realizadas anteriormente en la Comisión de Vialidad y Transportes.
Según la relatora, los conductores con discapacidad frecuentemente tienen sus ingresos impactados por los altos valores de las sanciones, y el parcelamiento de multas de tránsito crea una forma menos onerosa de pago, preservando el cumplimiento de las obligaciones legales.
Dayany también evaluó que la medida puede contribuir a la reducción de la morosidad ante los órganos de tránsito, al facilitar el pago regular de las multas aplicadas, sin alejar la responsabilización del infractor.
Modificación
Durante el análisis, la relatora modificó la redacción original para reemplazar la expresión “sin incremento monetario de ninguna naturaleza” por “con condiciones favorecidas”, buscando equilibrio entre el beneficio social y la prudencia fiscal.
De acuerdo con Dayany, el cambio mantiene el parcelamiento de multas de tránsito como regla obligatoria para los beneficiarios, asegurando un tratamiento diferenciado con respecto a las normas generales, con mayor viabilidad práctica.
Próximos Pasos
El proyecto aún será analizado, de forma concluyente, por la Comisión de Constitución y Justicia y de Ciudadanía, y para convertirse en ley necesitará ser aprobado por la Cámara y por el Senado, cumpliendo todas las etapas del proceso legislativo.
Fuente: Agencia Cámara de Noticias

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