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La Casquinha de McDonald’s No Es Helado, Decide Carf En Disputa Con la Receita Federal

Escrito por Sara Aquino
Publicado el 20/12/2025 a las 17:56
Carf entende que casquinha do McDonald's não é gelado comestível e afasta cobrança de PIS/Cofins da Receita Federal.
Foto: IA
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Carf Entiende Que Casquinha del McDonald’s No Es Gelado Comestible y Aleja Cobranza de PIS/Cofins de la Receita Federal.

El McDonald’s logró una victoria relevante en el Carf al convencer al tribunal administrativo de que sus casquinhas, sundaes y milk-shakes no deben clasificarse como gelados comestibles.

La decisión se tomó este mes en Brasília, por la 1ª Turma de la 1ª Cámara de la 3ª Sección del consejo, por cinco votos a uno, y tuvo un impacto directo en la tributación de PIS/Cofins, anulando una autuación de la Receita Federal por un valor de R$ 324 millones.

Con esto, la operadora de la red en Brasil, Arcos Dourados, pasa a disfrutar de la alícuota cero de estos tributos, un beneficio fiscal reservado a bebidas lácteas.

La decisión refuerza una interpretación técnica de la legislación tributaria y reposiciona productos populares dentro del sistema fiscal brasileño.

Por Qué La Casquinha No Es Considerada Helado

Aunque la apariencia y el consumo indiquen lo contrario, el entendimiento del Carf se basó en criterios técnicos.

Según los consejeros, para que un producto sea clasificado como helado — o gelado comestible — debe almacenarse o servirse a temperaturas iguales o inferiores a -8 °C o -12 °C, conforme a normas regulatorias.

No obstante, el McDonald’s demostró que sus postres se entregan al consumidor entre -4 °C y -6 °C.

De esta forma, técnicamente, los productos estarían solo enfriados, y no congelados. Este detalle fue decisivo para alejar la clasificación tradicional defendida por la Receita Federal.

Informes Técnicos Sostuvieron la Tesis de la Empresa

Además de la temperatura, otro punto central del juicio fue la naturaleza física del producto. Informes periciales presentados por instituciones especializadas clasificaron la casquinha como un “líquido de alta viscosidad” o una “pasta cremosa”.

De acuerdo con la defensa, las máquinas instaladas en las tiendas solo enfrían la bebida láctea proporcionada por empresas como Vigor y Polenghi, sin promover ninguna alteración en su composición química.

De esta forma, el producto mantendría su naturaleza original, aunque sea consumido con cuchara o en formato sólido a los ojos del consumidor.

Impacto Directo en el Milk-Shake del McDonald’s

La decisión del Carf también alcanzó al milk-shake, otro punto cuestionado por la Receita Federal. El fisco argumentaba que la adición de jarabes y sabores desvirtuaría el producto como bebida láctea.

Sin embargo, datos técnicos presentados en el proceso mostraron que el milk-shake mantiene una base láctea superior al mínimo del 51% exigido por la Instrucción Normativa nº 16/2005 del Ministerio de Agricultura.

En el sabor Flocos, por ejemplo, esta base llega al 73,1%, mientras que en Chocolate alcanza el 64,3%.

De esta forma, el colegiado entendió que, incluso tras la mezcla de ingredientes, el producto continúa cumpliendo con los criterios legales para ser clasificado como bebida.

Divergencia en el Juicio del Carf

A pesar del resultado favorable al McDonald’s, el juicio no fue unánime. El consejero Ramon Silva Cunha presentó un voto divergente, sosteniendo que el grado de viscosidad debería ser determinante para la clasificación del producto. Para él, aceptar la tesis de la empresa distorsiona el concepto tradicional de helado.

La Receita Federal también defendió una interpretación más literal de la legislación, argumentando que la apariencia y la consistencia — sólida o pastosa — deberían prevalecer sobre criterios técnicos como la temperatura exacta.

Qué Cambia en la Práctica con la Decisión

Con la victoria en el Carf, el McDonald’s consolida su estrategia tributaria en Brasil. A efectos fiscales, la compra de una casquinha o de un milk-shake se equipara a la adquisición de productos como yogures o leches fermentadas.

Además de reducir significativamente la carga de PIS/Cofins, la decisión crea un precedente relevante para el sector de alimentación y puede influir en futuras discusiones que involucren gelados comestibles, bebidas lácteas y la actuación de la Receita Federal.

En un escenario de constante disputa entre innovación comercial e interpretación tributaria, el caso muestra cómo detalles técnicos pueden redefinir conceptos ampliamente aceptados por el consumidor — y generar impactos millonarios en las arcas de las empresas.

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Luiz
Luiz
21/12/2025 10:41

Pois bem! Se o sorvete de casquinha não e sorvete, porque as redes de fast food insistem em promover «o tal sorvete»?

Sara Aquino

Farmacêutica e Redatora. Escrevo sobre Empregos, Geopolítica, Economia, Ciência, Tecnologia e Energia.

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