Proyecto de Ley 4/2025 Prevé Que Rechazar Examen de ADN Resultará en Reconocimiento Automático de la Paternidad en el Registro Civil.
El Proyecto de Ley 4/2025, actualmente en análisis en el Senado, propone uno de los cambios más polémicos en el Código Civil brasileño: la posibilidad de que la negativa a realizar el examen de ADN resulte en reconocimiento automático de la paternidad en el registro civil. La propuesta altera de manera radical las reglas de filiación, creando un mecanismo que puede impactar directamente a miles de familias brasileñas, tanto en el ámbito jurídico como en el social.
Pocos saben, pero este proyecto ya comenzó a debatirse en el Congreso e integra la llamada Reforma del Código Civil, que busca actualizar dispositivos creados aún en 2002. En el caso específico de la filiación, el cambio propone incluir un nuevo artículo —el 1.609-A— que otorga al oficial de registro civil poderes inéditos.
Qué Dice el Proyecto de Ley 4/2025 sobre la Paternidad Presumida
De acuerdo con la redacción presentada, cuando la madre registre al niño e indique quién sería el padre, el oficial del registro deberá notificar formalmente al supuesto genitor. Tendrá dos opciones: comparecer al registro para reconocer la paternidad o someterse al examen de ADN.
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Si el hombre rechaza la prueba o permanece en silencio, el proyecto determina que su nombre sea incluido automáticamente en el registro civil como padre del niño, sin necesidad de acción judicial. Esta regla, si se aprueba, representaría una verdadera revolución en la forma en que Brasil trata la investigación de paternidad.
El Proyecto de Ley 4/2025 realmente prevé que la negativa del supuesto padre a realizar el examen de ADN tendrá como consecuencia directa la inclusión automática de su nombre en el registro civil del niño, funcionando como una presunción legal de paternidad.
En otras palabras, en caso de que el hombre notificado por el registro se niegue tanto a reconocer voluntariamente la paternidad como a someterse a la prueba genética, el oficial del Registro Civil estará obligado a registrar su nombre como padre. Esta medida es el punto más polémico del proyecto, ya que transforma la simple negativa en un efecto jurídico inmediato, aunque posteriormente exista la posibilidad de impugnación judicial para intentar revertir la presunción.
Diferencia entre la Ley Actual y la Propuesta
Hoy, la negativa al examen de ADN en procesos judiciales ya genera una presunción de paternidad, de acuerdo con la Ley 12.004/2009 y la interpretación consolidada por el STJ. Sin embargo, se trata de una presunción relativa (juris tantum), que aún necesita ser analizada en conjunto con otras pruebas en el proceso.
Lo que el PL 4/2025 hace es ampliar este entendimiento, permitiendo que la negativa o el silencio tengan efecto inmediato en el registro de nacimiento, dispensando la necesidad de proceso judicial para el reconocimiento de la filiación.
En otras palabras: si se aprueba, el registro tendrá el poder de oficializar la paternidad con base únicamente en la negativa del examen, transfiriendo a la esfera administrativa un tema que hasta ahora era exclusivo del Poder Judicial.
Impactos Sociales y Jurídicos del PL 4/2025
La propuesta trae consigo una serie de impactos que van mucho más allá de la burocracia. Por un lado, puede representar un avance importante en el acceso a la justicia y a la dignidad del niño, reduciendo el tiempo de espera para que tenga el nombre del padre en el registro y garantizando acceso inmediato a derechos como pensión alimenticia, herencia y beneficios previsionales.
Por otro lado, los especialistas advierten que la medida puede generar injusticias en casos de indicaciones falsas. Imagina una situación en la que la madre señale erróneamente a un hombre como el padre, y este, por motivos personales o incluso desinformación, rechace la prueba. El riesgo de un registro incorrecto de paternidad se volvería real.
Qué Dicen los Defensores de la Propuesta
Los defensores del PL argumentan que la medida es necesaria para combatir el abandono paternal, aún muy común en Brasil. Según datos del CNJ (Consejo Nacional de Justicia), más de 5,5 millones de niños brasileños no tienen el nombre del padre en el certificado de nacimiento.
Además, está la cuestión del tiempo: los procesos judiciales de investigación de paternidad pueden tardar años en llegar a una decisión, mientras que la propuesta permitiría la resolución en pocos meses.
Esto garantizaría al niño acceso más rápido a pensión alimenticia, inclusión en plan de salud y demás derechos de filiación.
Las Críticas al Proyecto
Por otro lado, críticos de la propuesta afirman que el PL puede generar inseguridad jurídica. Para ellos, la negativa al examen de ADN no puede ser tratada como una confesión absoluta, ya que cada situación debe ser analizada individualmente.
También hay preocupaciones respecto a la capacidad de los registros de lidiar con este tipo de decisión, tradicionalmente perteneciente al Poder Judicial. La presunción automática puede acabar provocando una avalancha de acciones posteriores de impugnación de paternidad, invirtiendo la lógica y trasladando el problema a otro momento.
Hoy, el entendimiento consolidado en el STJ es que la negativa al examen de ADN genera presunción de paternidad, pero que esta debe ser analizada junto con el conjunto probatorio. Es decir, no basta la negativa: es necesario evaluar indicios, testigos y otras pruebas.
El PL 4/2025 rompe con esta lógica al prever la presunción como regla automática, dejando poco espacio para matices. Esto explicaría la resistencia de parte de los juristas a la propuesta.
Tramitación del PL 4/2025
El Proyecto de Ley fue presentado en el Senado en enero de 2025 y actualmente está en análisis por una comisión temporal creada en septiembre de 2025. El relator es el senador Veneziano Vital do Rêgo (MDB-PB), que ya declaró que pretende escuchar a especialistas y entidades de la sociedad civil antes de emitir su dictamen.
Si se aprueba en la comisión, el texto seguirá al plenario del Senado. Luego, deberá pasar por la Cámara de Diputados antes de llegar a la sanción presidencial. Es decir, el camino aún es largo y está sujeto a modificaciones.
Qué Cambia para Madres, Padres y Niños
Si se aprueba, el PL 4/2025 puede cambiar radicalmente la forma en que Brasil maneja el derecho de filiación:
- Para las madres, representaría un mecanismo más rápido para registrar el nombre del padre y garantizar los derechos del niño.
- Para los supuestos padres, crearía un deber mayor de responder a la notificación y comparecer al registro, bajo pena de que su nombre sea registrado de forma automática.
- Para los niños, sería un paso significativo para reducir el número de registros sin el nombre paterno, fortaleciendo la protección integral prevista en el ECA (Estatuto de la Crianza y del Adolescente).
La expresión “padre automático” puede parecer exagerada, pero traduce bien la polémica en torno al PL 4/2025. De hecho, la propuesta pretende transformar la negativa al examen de ADN en un mecanismo de reconocimiento directo, sin pasar por el filtro del Poder Judicial.
Aunque bien intencionada, la medida necesita encontrar un equilibrio entre proteger el derecho del niño a la filiación y evitar injusticias en casos de mala fe o error.


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