Proyecto aprobado en la Alesp permite el sepultamiento de perros y gatos en mausoleos familiares, condiciona la práctica a normas sanitarias y ambientales y transfiere costos a las familias, mientras espera la decisión del gobernador para entrar en vigor en el estado de São Paulo.
La Asamblea Legislativa de São Paulo aprobó, el 16 de diciembre, un proyecto de ley que autoriza el sepultamiento de perros y gatos en tumbas y mausoleos de la propia familia, junto a sus tutores o parientes.
Para entrar en vigor, el texto aún depende de la sanción del gobernador Tarcísio de Freitas.
La propuesta determina que la práctica observe normas sanitarias y ambientales definidas en cada municipio y admite la aplicación de normas internas por cementerios privados.
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De acuerdo con el contenido aprobado, los gastos del procedimiento quedan bajo la responsabilidad de la familia.
La regulación detallada deberá ser realizada por los servicios funerarios municipales.
Esto significa que la autorización establece el encuadre legal, mientras que la ejecución depende de las normas locales y de la gestión de cada cementerio, dentro de los límites de la legislación.
Autorización para el entierro de animales en cementerios de São Paulo
El proyecto es el PL 56/2025, presentado por el diputado Eduardo Nóbrega, de Podemos.
La autorización tiene alcance estatal, pero no crea un procedimiento único para todos los municipios.
Cada ciudad mantiene competencia para regular la prestación del servicio funerario.
En la práctica, el texto permite que los restos mortales de perros y gatos sean enterrados en tumbas y mausoleos familiares, siempre que la concesión del espacio pertenezca a la familia.
La autorización está condicionada al cumplimiento de normas sanitarias y ambientales y a la regulación del servicio funerario responsable en cada localidad.
Este punto es relevante porque los cementerios en el estado operan bajo diferentes regímenes de administración.
Hay unidades públicas, gestionadas por los municipios, y cementerios privados, que funcionan con normas internas y servicios propios.
El proyecto prevé que estos establecimientos privados puedan establecer normas específicas, siempre que sean compatibles con la legislación y con los requisitos de salud y medio ambiente.
Vínculo entre tutores y mascotas citado en la justificación del proyecto
En la justificación presentada durante la tramitación, el autor afirma que la propuesta reconoce el vínculo entre tutores y animales de compañía y ofrece una alternativa para el sepultamiento.
En declaraciones divulgadas por medios de comunicación, Eduardo Nóbrega asoció la iniciativa a la demanda de familias que buscan formas de despedida de sus animales.
El tema también ganó visibilidad tras la repercusión del caso de un perro que comenzó a frecuentar un cementerio al acompañar entierros durante varios años.
Según reportajes, el animal habría sido sepultado en el mismo lugar que su tutora.
Debido a este episodio, el proyecto comenzó a ser mencionado informalmente como “Proyecto Bob Sepulturero”, denominación mencionada en artículos periodísticos.
Aún así, la aprobación no implica la aceptación automática del procedimiento por todos los cementerios.
El texto condiciona la implementación a la regulación municipal y a las normas de cada administración, especialmente en el caso de los establecimientos privados.
Costos del sepultamiento y responsabilidad de las familias
Uno de los puntos centrales de la propuesta es la definición de que los costos del sepultamiento corren a cargo de la familia.
Esto incluye los gastos del procedimiento y eventuales exigencias operativas que puedan ser fijadas por municipios o cementerios.
Estas exigencias deben siempre observar normas sanitarias y ambientales.
Corresponde a los municipios detallar cómo se podrá realizar el sepultamiento de animales en mausoleos familiares.
También será responsabilidad local definir qué documentos serán exigidos y qué condiciones técnicas deberán ser observadas.
La administración funeraria, que suele ser municipal, será responsable de establecer estos parámetros y supervisar el cumplimiento de las normas.
Paralelamente, la posibilidad de normas propias para cementerios privados preserva la autonomía de estos establecimientos.
Esta autonomía es válida siempre que se respete la legislación vigente.
Con esto, los procedimientos pueden variar entre ciudades y entre cementerios, incluso bajo la vigencia de la misma ley estatal, según la regulación local.

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