La Ley nº 15.157/2025 elimina la exigencia de pericias periódicas para personas con autismo y discapacidad con informe definitivo, garantizando estabilidad y seguridad en la recepción del BPC/LOAS.
A partir de la sanción de la Ley nº 15.157/2025, publicada en septiembre de 2025, el gobierno federal oficializó un cambio histórico en la Ley de Beneficios de la Seguridad Social (Ley nº 8.213/1991): personas con discapacidad, incluidos autistas con informe médico definitivo, no necesitarán pasar más por pericias periódicas para mantener el Beneficio de Prestación Continuada (BPC/LOAS).
La nueva regla representa un alivio para miles de familias que, durante años, enfrentaron largas filas y procesos repetitivos de reevaluación médica incluso en casos de discapacidad permanente o irreversible.
La Ley 15.157/2025 trae seguridad jurídica y reduce la burocracia en el acceso al BPC
Antes de la nueva legislación, todos los beneficiarios del BPC necesitaban ser convocados periódicamente para nuevas pericias médicas — incluso aquellos con condiciones estables o irreversibles, como el Trastorno del Espectro Autista (TEA).
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Con la Ley 15.157/2025, eso cambia: la pericia será dispensada cuando haya un informe médico definitivo que certifique que la discapacidad es permanente y no hay expectativa de mejora.
Esta medida tiene como objetivo reducir la burocracia, evitar inconvenientes innecesarios y garantizar estabilidad a los beneficiarios. El texto de la ley también refuerza que el informe médico debe contener el CID (Clasificación Internacional de Enfermedades) y la firma de un profesional habilitado, garantizando la autenticidad del diagnóstico.
Comprender lo que cambia en la práctica
El Beneficio de Prestación Continuada (BPC/LOAS) se paga a personas con discapacidad y ancianos de bajos ingresos, y equivale a un salario mínimo mensual (R$ 1.518,00 en 2025). Con la nueva ley, quienes ya tienen un informe médico definitivo no necesitarán presentarse periódicamente al INSS para renovar el beneficio — una de las principales razones de retrasos y suspensiones indebidas de pagos.
La regla aplica tanto para personas con discapacidad física, mental o intelectual, como para autistas, siempre que el diagnóstico sea confirmado como irreversible. En los casos en que el informe no sea considerado definitivo, el procedimiento de reevaluación sigue siendo válido.
Un hito para familias con autistas
La sanción de la Ley 15.157/2025 fue celebrada por entidades y asociaciones vinculadas a la causa del autismo. Según expertos en derecho previdenciario, la medida aporta previsibilidad y seguridad jurídica al asegurar que las familias de autistas con diagnóstico permanente no se vean obligadas a pasar por pericias repetidas que no alterarían la concesión del beneficio.
La nueva norma también reconoce oficialmente el carácter vitalicio del TEA y de otras condiciones de discapacidad que no tienen cura, reduciendo el desgaste emocional y financiero de padres y responsables que dependen del beneficio para garantizar calidad de vida a sus hijos.
Próximos pasos e impacto social
Con la publicación de la ley, el Instituto Nacional del Seguro Social (INSS) y el Ministerio del Desarrollo y Asistencia Social deberán actualizar sus sistemas para dispensar automáticamente las reevaluaciones en los casos que se encuadren dentro de las nuevas reglas. La expectativa es que miles de familias se beneficien aún en 2026, cuando la portaría reglamentaria deberá entrar en plena vigencia.
El gobierno estima que cerca de 1,2 millones de beneficiarios podrán ser alcanzados por la nueva norma, reduciendo costes administrativos y filas de espera, y liberando a profesionales de la salud para casos nuevos y revisiones realmente necesarias.



E ficará mais fácil roubar tbm os deficientes no desgoverno ladrãozinho
RS refrigeração ar climatização mais sou habilitado !!!
Até discriminado fui para padaria por abordagem ultra culjulgal é mais me copro meter com uma amiga mais .