Sin condiciones financieras y dependiente del apoyo de terceros, madre anciana recurre a la Justicia para garantizar subsistencia, mientras el proceso cita el Código Civil como fundamento legal y revela un escenario de vulnerabilidad familiar creciente en Brasil
El deber de prestar alimentos a los ascendentes volvió al centro del debate jurídico tras una decisión reciente de la 2ª Vara de Jandira (SP). El caso involucra a una madre anciana, sin ingresos y en situación de vulnerabilidad, que necesitó recurrir al Poder Judicial para obtener pensión alimenticia de su propio hijo. La demanda ganó fuerza al apoyarse en el artículo 1.696 del Código Civil, que establece que el derecho a la prestación de alimentos es recíproco entre padres e hijos y extensivo a todos los ascendentes, recayendo la obligación en los más cercanos en grado.
La información fue divulgada por decisión judicial hecha pública y, conforme consta en el proceso, la autora sostuvo necesitar de asistencia material para sobrevivir, dado que no posee ingresos propios. Ella pidió el pago de una pensión correspondiente a 1,1 salario mínimo. Ya el hijo, aunque no se opuso a ayudar, argumentó que es responsable financiero por dos hijas menores, lo que limitaría su capacidad de hacer frente al monto solicitado.
No obstante, el demandado presentó su propuesta: 11% de sus ingresos netos en caso de vínculo laboral formal, y un tercio del salario mínimo — 33% — si estuviera desempleado. El Ministerio Público se manifestó a favor de la procedencia parcial del pedido, buscando un equilibrio entre la necesidad de la madre y la capacidad contributiva del hijo.
-
La ley del silencio dejará de ser a las 22h a partir de junio con una nueva regla válida durante la Copa de 2026.
-
La Cámara abre un debate sobre la CNH a los 16 años dentro de una reforma que reúne alrededor de 270 propuestas para cambiar el Código de Tránsito Brasileño y puede rediseñar las reglas de habilitación, fiscalización y circulación en el país.
-
Novo Código Civil puede revolucionar los matrimonios en Brasil con «divorcio exprés» y cambios que pueden excluir a los cónyuges de la herencia.
-
Banco do Brasil procesa a una influyente famosa por una deuda millonaria e intensifica el debate sobre la morosidad, los riesgos de embargo y el impacto directo en la credibilidad de Gkay.
Decisión de la jueza destaca respaldo legal y el principio de proporcionalidad previsto en el artículo 1.694 del Código Civil
Al analizar el conjunto probatorio, la jueza Juliana Moraes Corregiari Bei destacó que el deber de prestar alimentos entre ascendentes y descendentes tiene un respaldo legal claro, conforme al artículo 1.694 del Código Civil. El dispositivo establece que el valor de la pensión debe fijarse proporcionalmente a la necesidad de quien recibe y a los recursos de quien paga.
La magistrada observó, en su decisión, que aunque era evidente la necesidad de la madre anciana sin ingresos, el monto solicitado inicialmente — 1,1 salario mínimo — se mostraba “excesivo ante la realidad financiera demostrada por el demandado”. La jueza resaltó también la existencia de las dos hijas menores bajo responsabilidad del requerido y consideró los gastos presentados en sus declaraciones de ingresos.
La sentencia reforzó que la pensión alimenticia no debe representar una carga incompatible con la vida financiera del pagador, pero necesita atender mínimamente a las necesidades básicas de supervivencia de la beneficiaria. Por eso, la jueza optó por una solución intermedia.
Porcentaje de la pensión es definido en 15% de los ingresos netos; el valor será de un tercio del salario mínimo si hay desempleo
Ante lo expuesto, la jueza dio lugar parcial al pedido de la madre y fijó el pago de la pensión alimenticia en 15% de los ingresos netos del hijo, comprendiendo salario-base, 13.º, vacaciones sumadas de un tercio, y todas las demás partidas de naturaleza remunerativa, en caso de vínculo laboral formal.
En situaciones de desempleo o trabajo informal, el monto será equivalente a 33% del salario mínimo vigente, estableciéndose un nivel mínimo indispensable para cubrir las necesidades básicas de la madre anciana, conforme destacó la decisión judicial.
El proceso contó con la actuación del abogado Moisés Taconelli, representante legal de la autora. La decisión, registrada en el proceso 1004550-31.2022.8.26.0299, se alinea a otras sentencias que reflejan el aumento de las demandas de pensión alimenticia entre padres e hijos adultos, especialmente en escenarios de vulnerabilidad financiera y envejecimiento poblacional en Brasil.
¿Está de acuerdo en que los hijos deben estar obligados por ley a mantener a sus padres ancianos cuando estos no tienen ingresos para sobrevivir?
Fuente: Conjur

-
-
-
-
-
38 pessoas reagiram a isso.