La Reforma Tributaria redefine la emisión de NF-e y NFC-e: consulte los plazos oficiales para Simples Nacional, Lucro Real y Lucro Presumido y sepa cómo prepararse para evitar errores fiscales
Muchas empresas aún están confundidas sobre lo que realmente ya está en vigor en relación con la Reforma Tributaria al momento de emitir la Nota Fiscal Electrónica (NF-e) y la Nota Fiscal del Consumidor Electrónica (NFC-e). Con tantos cambios anunciados, las dudas son inevitables. Al fin y al cabo, ¿qué campos deben ser completados ya en 2025? ¿Cuándo la obligación entra en vigor de forma definitiva para todos los regímenes tributarios?
La información fue divulgada por IOB, que destacó en sus informes técnicos que, en 2025, la mayoría de las empresas todavía no están obligadas a incluir los nuevos campos referentes al Impuesto sobre Bienes y Servicios (IBS) y a la Contribución sobre Bienes y Servicios (CBS). Pero esto no significa que el contribuyente pueda ignorar el tema. Al contrario: entender los plazos y anticiparse a los cambios puede ser la diferencia entre una operación fiscal tranquila y auditorías innecesarias.
Lo que ya está en vigor en 2025 para NF-e y NFC-e
En 2025, todas las empresas, independientemente del régimen tributario adoptado, no están obligadas a completar los campos referentes a la Reforma Tributaria al momento de la emisión de la NF-e y de la NFC-e. Esto quiere decir que, en este año, el llenado de los campos relacionados a IBS, CBS y IS (Impuesto Selectivo) todavía se considera opcional.
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No obstante, la Receita Federal dejó claro que, a partir de enero de 2026, nuevas reglas de validación entrarán en vigor. Estas reglas obligarán a las empresas del Lucro Real y del Lucro Presumido a completar correctamente los nuevos campos. Hasta entonces, el sistema acepta las notas con o sin esa información, pero se recomienda que las empresas ya inicien pruebas para garantizar que sus sistemas de facturación estén actualizados.
Además, es importante resaltar que la Nota Técnica 2025 002 incluyó desde la primera versión una excepción específica para 2026: los valores referentes a IBS, CBS y IS no deben ser sumados a la totalización de la nota, de acuerdo con la rechazo 1105. Esto evita divergencias en el valor final y garantiza mayor transparencia en el proceso de contabilidad.
Simples Nacional: cuándo la obligación entra en vigor
Para las empresas encuadradas en el Simples Nacional, el plazo es aún más extenso. Estas empresas solo estarán obligadas a completar los campos relativos al IBS y a la CBS a partir de 2027. Esto da tiempo adicional para adaptación, pero no significa que los emprendedores puedan relajarse.
Sin embargo, existe una excepción que ya puede impactar a los contribuyentes en 2026. Si una empresa del Lucro Real o del Lucro Presumido emite un documento fiscal con los campos de la Reforma Tributaria completados contra una empresa del Simples, y esta última necesita emitir una nota fiscal de devolución, el llenado de los campos relativos al CBS y al IBS será obligatorio.
Esta situación muestra que incluso pequeñas empresas necesitarán tener sus sistemas preparados antes del plazo final. Después de todo, la devolución de mercancías es algo común en el día a día, y no estar apto para cumplir con esta obligación puede generar retrasos y problemas con proveedores.
Lucro Real y Lucro Presumido: reglas a partir de 2025 y obligatoriedad en 2026
Las empresas encuadradas en el Lucro Real y en el Lucro Presumido deben redoblar la atención. En 2025, el llenado de los campos relacionados al IBS, CBS y IS se considera opcional. Esto significa que el sistema de NF-e aceptará tanto documentos fiscales con los nuevos campos como sin ellos. Sin embargo, vale destacar que, cuando se completan, esos datos pasan a ser validados.
La obligatoriedad llega en enero de 2026, cuando entran en vigor las nuevas reglas de validación tributaria. A partir de ese momento, será imposible emitir notas sin los campos referentes a la Reforma Tributaria debidamente completados. Este cambio exige actualización de los software fiscales, capacitación de los equipos y seguimiento continuo de las notas técnicas publicadas por la autoridad fiscal.
Por lo tanto, las empresas que dejen para adaptarse solo en 2026 pueden enfrentar cuellos de botella operativos, multas e incluso dificultades en la relación con clientes y proveedores. La recomendación de los especialistas es iniciar pruebas y capacitaciones ya en 2025.
Cómo será la suma de IBS, CBS e IS en las notas fiscales en 2026
Uno de los puntos que más ha generado dudas es la forma en que los nuevos tributos van a impactar el valor total de la nota fiscal. La Nota Técnica 2025 002 trajo una regla clara: en 2026, los valores de IBS, CBS y IS no deben componer la suma final del documento fiscal.
Esto significa que, incluso cuando se completan, esos campos no entran en el cálculo del valor total de la nota. Esta medida evita distorsiones en el precio final y garantiza mayor coherencia entre la tributación y la contabilidad fiscal. El contribuyente debe estar atento a la rechazo 1105, que ocurre cuando esos tributos son sumados indebidamente al total del ítem.
Esta decisión demuestra la preocupación de la Receita Federal en evitar inconsistencias en la transición entre los modelos de tributación, ofreciendo más claridad y seguridad a los contribuyentes.
Preparación de las empresas para la Reforma Tributaria
La llegada de la Reforma Tributaria exige planeamiento estratégico. Ya sea una empresa de pequeño porte, encuadrada en el Simples Nacional, o una gran compañía tributada por el Lucro Real o Lucro Presumido, el punto en común es que todas tendrán que adaptarse hasta 2027.
En este sentido, iniciar las pruebas de emisión de NF-e y NFC-e ya en 2025 es la mejor forma de evitar contratiempos. Capacitar al equipo de facturación, alinear los sistemas de ERP y seguir las notas técnicas publicadas son pasos fundamentales para garantizar la conformidad fiscal.
Según información divulgada por IOB, herramientas como la Guía de la Reforma Tributaria, diagnósticos de adecuación y cursos de capacitación ya están disponibles para empresas que no quieren ser sorprendidas. Prepararse ahora es invertir en tranquilidad futura.
Adáptese antes de la obligatoriedad
Aunque la obligatoriedad plena solo entrará en vigor en 2026 para Lucro Real y Lucro Presumido y en 2027 para el Simples Nacional, las empresas deben enfrentar 2025 como el año de la preparación. Anticiparse a los cambios es la manera más segura de evitar errores, garantizar la conformidad fiscal y no comprometer la operación.
Ahora quiero saber de ti: ¿ya está preparada tu empresa para los cambios de la Reforma Tributaria en la emisión de la NF-e y de la NFC-e? Deja tu comentario abajo y comparte tu experiencia.


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