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¿Los Peones Están Obligados a Cambiar el Sombrero por el Casco en los Campos de Brasil? El Tema Genera Polémica, Aclaraciones Técnicas y Llega al Congreso Nacional

Publicado el 04/02/2026 a las 08:51
Actualizado el 04/02/2026 a las 09:11
Peão, Chapéu, Capacete
Imagem: Ilustração
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Expertos, entidades y parlamentarios explican por qué no existe obligación general, pero sí hay exigencia siempre que la actividad presente riesgo real para el trabajador

La discusión sobre la posible obligatoriedad del uso de casco por peones rurales ha ganado gran repercusión en los últimos meses, impulsada por interpretaciones divergentes y por la rápida circulación de información en las redes sociales.

En medio del ruido, lo que se observa es la necesidad de separar hechos de rumores. No existe, en este momento, una nueva ley que determine la sustitución automática del sombrero por el casco en todas las actividades del campo.

Lo que hay son reglas ya consolidadas que condicionan la exigencia del Equipamiento de Protección Individual (EPI) a la existencia de riesgo real para la integridad física del trabajador.

Este entendimiento está alineado con lo que ya había sido publicado por el portal Compre Rural, reforzando la importancia de una lectura técnica y responsable de las normas que impactan directamente a productores, gestores y trabajadores.

Un caso aislado que generó confusión

La polémica comenzó tras un accidente en una propiedad rural en Tocantins. En esa ocasión, un auditor fiscal multó al propietario por la ausencia de EPI, lo que llevó a parte del público a interpretar el episodio como un cambio nacional en las reglas.

No obstante, no ha habido alteración reciente en la legislación sobre el tema. La NR-31 fue publicada en 2005 y actualizada por última vez en marzo de 2024, sin ninguna inclusión que establezca obligatoriedad generalizada del uso de casco en actividades como el pastoreo.

Faeg aclara cuándo se exige el casco

Para aclarar el escenario, la Federación de Agricultura y Ganadería de Goiás (Faeg) se pronunció públicamente.

La asesora jurídica de la entidad, Rosirene Curado, explicó que siguen vigentes las normas ya existentes de seguridad en el trabajo rural.

Según ella, el casco ya estaba previsto antes, pero solo en situaciones específicas. “El uso del casco de protección ya está previsto, pero solo cuando hay riesgo real de caída de objetos o impacto sobre la cabeza del trabajador.

Entre los ejemplos citados se encuentran actividades en silos, construcciones, reformas y otras tareas con potencial de accidentes.

Rosirene también destacó que esta exigencia integra el análisis técnico de riesgos realizado dentro del Programa de Gestión de Riesgos de la finca.

Diferencia entre casco de seguridad y de tránsito

Otro punto que generó confusión es la asociación entre casco de seguridad del trabajo y casco de tránsito.

En propiedades donde el pastoreo ocurre con motocicleta, el uso del casco es obligatorio por reglas de tránsito, no por la legislación laboral rural.

La asesora fue enfática al aclarar: “Se exigirá casco cuando el trabajador esté en silo, en construcción, donde haya riesgo de caída de objetos. Eso ya está previsto. Ahora, ¿salir a la ganadería y tener que usar casco de construcción civil? No.

Debate llega al Congreso

El tema también avanzó al campo político. El diputado Rodolfo Nogueira presentó un Proyecto de Decreto Legislativo para suspender los efectos de la portaría nº 104/2026 del Ministerio del Trabajo.

En la evaluación del parlamentario, la portaría podría ampliar el margen de interpretación de los fiscales, creando inseguridad jurídica y abriendo espacio para multas incluso en situaciones tradicionales del trabajo rural.

También criticó el posible “carácter recaudatorio de la medida”, afirmando que podría fortalecer la llamada “industria de la multa” en un momento de presión económica sobre el productor.

Experto refuerza enfoque en la seguridad

La ingeniera de Seguridad en el Trabajo e instructora del Senar, Carolina Melo Prudente, destaca que la norma no prohíbe el uso del sombrero. El punto central es que no sustituye al casco cuando existe riesgo.

En estas situaciones, el casco de seguridad debe ser utilizado y, si no se hace, puede haber multa y responsabilidad para el empleador.

Para ella, la discusión debe dirigirse hacia la prevención. “No es solo ‘cambiar el sombrero por el casco’ por implicancia o para acabar con la tradición. Es mirar el riesgo real de la actividad y pensar en seguridad.

Carolina recuerda que caídas de caballo pueden ocurrir por sustos, terreno irregular o resbalones, afectando inclusive a peones experimentados.

En una caída, la cabeza es una de las partes más vulnerables, y el casco ayuda a absorber el impacto y reducir la gravedad de un posible trauma.

El análisis técnico coincide con lo que Compre Rural publicó anteriormente. Cuando hay riesgo para la integridad física, la tradición no se sobrepone a la ley.

La NR-31 determina que el casco pasa a ser obligatorio siempre que haya riesgo de lesión en la cabeza, como en la gestión con grandes animales, en corrales, estructuras elevadas o en la operación de máquinas.

En estas situaciones, el peón deberá cambiar el sombrero por el casco, y el incumplimiento puede generar multas, autuaciones y responsabilización del empleador.

Aún cuando el trabajador se niegue a utilizar el equipo, la responsabilidad legal permanece con la finca.

Resistencia cultural y cambio gradual

Relatos técnicos indican que la fiscalización se intensificó tras accidentes fatales que involucraron a peones, incluyendo un caso en Tocantins, donde un trabajador murió tras caer del caballo.

Estos episodios refuerzan el carácter preventivo del casco, capaz de reducir traumatismos cranianos, fracturas faciales y laceraciones graves.

A pesar de esto, la resistencia cultural sigue siendo un obstáculo. Muchos trabajadores más antiguos están habituados al sombrero desde el inicio de su vida en el campo, y parte de ellos demuestra dificultad para adaptarse a las nuevas exigencias.

Expertos defienden que el camino pasa por la capacitación, la concientización y el cambio gradual de mentalidad, conciliando tradición, cumplimiento de la ley y protección a la vida.

Con información de Compre Rural.

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Romário Pereira de Carvalho

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