El decreto municipal endurece las reglas para el uso de sonido en las playas de Macaé, con multa elevada, confiscación de equipos y fiscalización inmediata en la arena y en la orla, incluso en volúmenes bajos, alterando la rutina de residentes y visitantes.
La Alcaldía de Macaé ha comenzado a prohibir el uso de altavoces y de cualquier dispositivo de amplificación sonora en la franja de arena y en las aceras de la orla de las playas del municipio.
La prohibición consta del decreto nº 303/2025, publicado en el Diario Oficial, y ya está en vigor, según la administración municipal.
El texto prevé advertencia verbal como primera medida y establece que debe ocurrir en presencia de, al menos, dos agentes públicos identificados.
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Si hay insistencia en el uso del equipo después del aviso, la fiscalización puede confiscar el aparato y aplicar una multa administrativa de 100 Unidades de Referencia Municipal (URMs), además de abrir un proceso administrativo para formalizar las sanciones y asegurar el derecho a la defensa.
Prohibición de altavoces en la arena y en la orla
La prohibición abarca altavoces, equipos similares y cualquier aparato destinado a amplificar, reproducir o difundir sonidos audibles al público en general.
En la comunicación oficial, la Alcaldía indica que la regla aplica tanto para equipos portátiles como para fijos, siempre que tengan función de amplificación sonora.
Un punto central del decreto es la forma en que se ha descrito la norma para su aplicación en el día a día.
La prohibición se ha presentado como válida independientemente del horario, del volumen emitido y de la finalidad del equipo, lo que significa que la infracción no depende de la medición de decibelios ni de una evaluación sobre volúmenes bajos o altos.
Fiscalización de la Guardia Municipal y Normativas

La fiscalización estará bajo la responsabilidad de la Guardia Municipal y de la Coordinación Especial de Fiscalización y Normativas.
Según la Alcaldía, los organismos pueden actuar de forma conjunta o separada.
Esto permite acciones en diferentes puntos de la orla, conforme a la planificación interna y las demandas recibidas, como quejas de residentes y visitantes.
En la primera intervención, la orientación divulgada es que la advertencia verbal sea siempre el primer paso.
El aviso debe ocurrir ante al menos dos agentes identificados.
Solamente si el usuario mantiene el equipo en funcionamiento después de la advertencia es que la fiscalización podrá aplicar confiscación y multa.
El decreto también prevé la institución de un proceso administrativo para la aplicación de las sanciones.
Este procedimiento formaliza la ocurrencia, registra la penalidad y garantiza la posibilidad de defensa, conforme a la legislación municipal.
Valor de la multa de 100 URMs en reales
La penalidad financiera se ha fijado en 100 URMs, referencia que exige conversión a reales conforme al ejercicio vigente.
La Alcaldía informó que, para 2026, la URM se ha definido en R$ 4,9604, con publicación de la Secretaría Municipal de Hacienda el 30 de diciembre de 2025.
Con este valor, la multa corresponde a R$ 496,04, superando R$ 490.
Según la administración, el monto refuerza el carácter punitivo de la norma para quienes insisten en el uso de sonido amplificado en áreas prohibidas.
La devolución del equipo confiscado estará condicionada al pago de la multa y al cumplimiento de los requisitos legales.
Excepciones previstas en el decreto nº 303/2025
La Alcaldía informó que el decreto prevé excepciones específicas.
Entre ellas están eventos previamente autorizados por el poder público.
También se incluyen actividades institucionales, educativas, culturales o deportivas promovidas o apoyadas por la Alcaldía.
La comunicación oficial cita también acciones de salvamento, seguridad o fiscalización realizadas por organismos públicos.
Las manifestaciones religiosas pueden ser consideradas como excepción, siempre que cuenten con autorización previa y respeten la legislación de control de ruidos.
La existencia de estas excepciones se considera relevante en períodos de mayor ocupación de las playas.
Al mismo tiempo, el decreto delimita que la autorización y el respeto a las reglas de ruido son requisitos para evitar la caracterización de infracción.
Vínculo con la ley municipal de control de ruidos
La Alcaldía afirma que el decreto nº 303/2025 está alineado con la Ley Municipal nº 5.186/2024, que trata del control de emisión de ruidos y de la contaminación sonora en Macaé.
Al vincular la medida a este marco legal, la administración enmarca la restricción en las playas como parte de una política más amplia de ordenamiento urbano.
En la justificación divulgada, el municipio señala como objetivos la preservación de la tranquilidad pública, de la salud, de la seguridad y del bienestar colectivo.
La playa, especialmente los fines de semana y en verano, concentra un gran flujo de personas y diferentes formas de uso del espacio.
Este escenario tiende a aumentar los conflictos de convivencia relacionados con el uso de sonido amplificado.
La Alcaldía no detalló un calendario específico de fiscalización ni el número de equipos dedicados exclusivamente al tema.
Aún así, al autorizar la actuación conjunta o separada de los organismos responsables, el decreto pasa a ser una referencia permanente para las intervenciones en toda la orla.
Impacto de la nueva regla para residentes y visitantes
Con la norma en vigor en todo el territorio municipal, la orientación divulgada es que cualquier uso de aparato de amplificación sonora en la arena o en las aceras de la orla puede ser considerado una infracción.
La actuación fiscal debe comenzar con la advertencia verbal con dos agentes identificados.
En caso de insistencia, se prevén el confiscamiento inmediato del equipo y la aplicación de multa.
La forma en que la Alcaldía describió la aplicación de la regla, sin depender de horario o volumen, tiende a concentrar dudas en el momento de la intervención.
Al mismo tiempo, el procedimiento anunciado busca estandarizar la fiscalización y reducir los cuestionamientos administrativos.
Con una multa de R$ 496,04 en 2026 y la confiscación prevista después de la advertencia, ¿cómo garantizará la fiscalización la aplicación uniforme de la regla a lo largo de toda la orla, sin depender únicamente de quejas puntuales?


Deveria ser regra nacional e abranger todas as praias. Ouvir som alto na praia é um desrespeito às pessoas que estão ao redor. Quem quiser ouvir música que use um fone de ouvido 🎧