El uso inadecuado de estufas de leña que causa emisión significativa de humo puede ser considerado como contaminación, con base en la Ley de Crímenes Ambientales (Ley nº 9.605/1998), y resultar en una sanción administrativa o penal en situaciones específicas.
La legislación ambiental brasileña define que causar contaminación en niveles que resulten o puedan resultar en daños a la salud humana o al medio ambiente constituye un crimen ambiental. Esta previsión se encuentra en el artículo 54 de la Ley nº 9.605, de 12 de febrero de 1998 (Ley de Crímenes Ambientales). De acuerdo con el texto de la ley, causar contaminación de cualquier naturaleza que pueda poner en riesgo la salud humana o comprometer el medio ambiente es pasible de pena (detención, multa o ambas), y la legislación federal también permite la aplicación de sanciones administrativas para infracciones ambientales, conforme a la regulación del Decreto nº 6.514/2008.
La legislación federal no prohíbe expresamente el uso de estufas de leña en residencias. Lo que puede constituir una infracción ambiental es la emisión excesiva de humo o contaminantes que genere daño, incomodidad o riesgo a la salud pública o el medio ambiente, lo que puede ser sancionado con base en normas generales de control de contaminación.
Estufas de Leña y Contaminación del Aire
Las estufas de leña operan mediante la combustión de madera o biomasa, un proceso que genera partículas sólidas y gases en el humo. Este tipo de emisión es considerado una fuente de contaminación del aire, especialmente en áreas urbanas o con vecindario cercano, donde el humo puede invadir propiedades adyacentes.
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Aunque el enfoque aquí es la legislación ambiental, estudios sobre la combustión de leña muestran que la quema de este combustible puede generar concentraciones elevadas de partículas finas y otros contaminantes en el aire, lo que puede afectar la calidad del aire local.
Casos Judiciales Relacionados al Uso de Estufas de Leña
En decisiones judiciales, hay registro de situaciones que involucran estufas de leña en áreas urbanas en las que se reconoció la interferencia del humo en la salud y el sosiego de los vecinos.
En un caso juzgado por el Tribunal de Justicia de Minas Gerais, el humo proveniente del uso de la estufa de leña fue considerado causa de incomodidad y agravamiento de problemas de salud, determinando la demolición de la estructura y multa diaria limitada a R$ 10 mil, además de indemnización por daños morales.
En otro ejemplo de jurisprudencia, el uso continuado de la estufa de leña que causaba incomodidad continua a una vecina fue objeto de una acción en la que se discutió la necesidad de cesar la interferencia perjudicial a la salud y seguridad.
Estos casos refuerzan que el humo, cuando se considera una incomodidad relevante o fuente de riesgo a la salud, puede ser tratado como una situación sujeta a responsabilidad civil y eventuales sanciones administrativas.
Multas y Sanciones Ambientales
El Decreto nº 6.514/2008 regula las sanciones administrativas previstas en la Ley de Crímenes Ambientales y establece que actividades que provoquen contaminación atmosférica pueden ser objeto de auto de infracción y multa.
El monto de la multa depende de la legislación aplicable en la esfera específica (municipal, estatal o federal), de la gravedad de la emisión y de criterios técnicos definidos por las autoridades ambientales competentes.
En algunos casos de sanción por contaminación derivada de la emisión de humo, las penalidades pueden superar R$ 10 mil, dependiendo de las circunstancias y de la regulación local.
Legislación Municipal y Restricciones Locales
Además de la legislación federal, diversos municipios tienen normas propias en el código de posturas y medio ambiente que regulan el uso del fuego y la emisión de humo en áreas urbanas.
En muchos códigos municipales, la emisión de humo que cause perturbación, incomodidad o riesgo puede ser tratada como infracción administrativa sujeta a penalidades, incluyendo multa.
Por ejemplo, leyes municipales ya prevén multa por quemas urbanas y quema de desechos en áreas residenciales.
Diferencia entre Tener y Usar una Estufa de Leña
La legislación ambiental federal no clasifica la posesión de estufas de leña como ilegal. Lo que puede generar sanción o multa es el uso que resulte en la emisión de contaminación significativa o incomodidad, especialmente en áreas urbanas:
- emisión excesiva de humo;
- uso para quemar residuos, basura o materiales prohibidos;
- chimeneas inadecuadas o sin control de emisión;
- emisión de contaminantes que afecta a vecinos o áreas públicas.
En estos escenarios, la autoridad ambiental puede emitir un auto de infracción con base en normas de control de contaminación.
Interferencia en la Salud y el Medio Ambiente
La legislación que trata de la contaminación atmosférica en Brasil está amparada por la Ley nº 9.605/1998, que tiene como objetivo general proteger el medio ambiente y la salud humana contra la contaminación de cualquier naturaleza.
La Constitución Federal también establece la protección del medio ambiente como un derecho colectivo y deber del poder público y de la sociedad (artículo 225), creando una base constitucional para regulaciones complementarias y la actuación de órganos ambientales.
Denuncias y Fiscalización
En situaciones en las que el humo de una estufa de leña sea considerado incomodidad o riesgo, los órganos ambientales municipales o estatales pueden recibir denuncias de vecinos, realizar inspecciones y determinar medidas correctivas.
Si se constata la infracción, el responsable puede recibir un auto de infracción y multa con base en la legislación ambiental aplicable, conforme a los regulamentos federales, estatales y municipales.
El uso de estufas de leña en casa no está prohibido por ley federal en Brasil simplemente por existir. Sin embargo, cuando el uso de estos equipos genera emisión de humo en niveles que causan contaminación del aire, riesgo a la salud o incomodidad relevante, esto puede ser considerado como infracción ambiental con base en el artículo 54 de la Ley nº 9.605/1998 y resultar en sanciones, multas administrativas e incluso responsabilidad civil en decisiones judiciales relacionadas.
Por ello, en algunas localidades, especialmente en áreas urbanas con legislación propia o en casos de denuncias vecinales, los residentes que utilizan estufas de leña de manera inadecuada pueden haber sido multados en montos que alcanzan R$ 10 mil o más, según registros de casos y normas aplicables.

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