Texto Aprobado en la Comisión de Comunicación Detalla Exigencias de la Ley de Movilidad Urbana, Amplía Criterios de Impedimento, Mantiene Certificación Negativa Anual y Modifica el Código Penal para Conductores de Aplicativos
La Comisión de Comunicación de la Cámara de Diputados aprobó una propuesta que impide a plataformas como Uber y 99 registrar conductores con medidas de protección por violencia doméstica, delitos sexuales o contra personas vulnerables, reforzando criterios de la Ley de Movilidad Urbana.
La propuesta aprobada detalla exigencias ya previstas en la Ley 12.587/12 al ampliar las situaciones que impiden la actuación de conductores en plataformas digitales, estableciendo criterios más rigurosos de protección a los usuarios del transporte individual privado.
El texto determina que las personas con medidas de protección otorgadas por violencia doméstica, contra niños, adolescentes o ancianos, además de delitos contra la dignidad sexual, no podrán ser habilitadas, incluso en ausencia de condena penal definitiva.
-
La Cámara aprueba un proyecto que permite el uso de spray de pimienta para mujeres mayores de 16 años y establece reglas estrictas para su compra, posesión y uso como defensa personal.
-
La Cámara aprueba ley para combatir la leucaena, planta de rápido crecimiento que domina terrenos y amenaza a especies nativas en varias regiones del país.
-
División de bienes: descubre qué no se puede dividir en caso de separación
-
Empleado de banco crea cuenta en línea a nombre de un cliente que había fallecido meses antes, desvía más de R$ 385 mil en transferencias electrónicas y es condenado a 15 años de prisión en San Salvador tras el descubrimiento del esquema iniciado en agosto de 2021.
Además, permanece la obligación de presentación de certificación negativa de antecedentes penales, ahora con exigencia de actualización anual, ampliando el control periódico sobre la situación jurídica de los conductores activos en las plataformas de transporte.
Modificaciones en el Código Penal y Efectos de la Condena
La propuesta también modifica el Código Penal al incluir, como efecto de la condena, la prohibición de ejercer actividades como conductor de aplicativo cuando el autor sea condenado por violencia doméstica, delitos sexuales o violencia contra ancianos.
Esta prohibición tendrá una duración equivalente a los efectos de la sentencia, contados a partir del tránsito en juzgado, estableciendo un vínculo directo entre la decisión judicial y la restricción al ejercicio de la actividad profesional.
Se aprobó el sustitutivo del relator, diputado Antonio Andrade (Republicanos-TO), al Proyecto de Ley 1689/25, de autoría del diputado Alex Manente (Cidadania-SP), que eliminó la exigencia de autodeclaración penal de los usuarios.
Según Andrade, obligar a los consumidores a declarar antecedentes crearía un escenario inédito en el país, exponiendo datos sensibles sin verificación estatal, generando inseguridad jurídica e incentivando la informalidad, tal como destacó en un parecer citado por la Agencia Cámara de Noticias.
Tramitación y Próximos Pasos
La propuesta tramita en carácter conclusivo y seguirá para análisis de la Comisión de Constitución y Justicia y de Ciudadanía, donde será evaluada respecto a la constitucionalidad y técnica legislativa del texto aprobado.
Para convertirse en ley, el proyecto aún necesitará ser aprobado por la Cámara de Diputados y por el Senado Federal, concluyendo el proceso legislativo previsto para modificaciones en la Ley de Movilidad Urbana y en el Código Penal.

Seja o primeiro a reagir!