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Con La Llegada Del PL 236/2025, Quienes Tardan Mucho En Llegar Al Trabajo Podrán Recibir Compensación Por Esas Horas Perdidas En El Transporte, Cambiando Las Reglas Del CT en Todo El País

Escrito por Valdemar Medeiros
Publicado el 09/10/2025 a las 12:26
Com a chegada do PL 236/2025, quem leva muito tempo para chegar ao trabalho poderá receber por essas horas perdidas no trajeto, mudando as regras da CLT em todo o país
Foto: Com a chegada do PL 236/2025, quem leva muito tempo para chegar ao trabalho poderá receber por essas horas perdidas no trajeto, mudando as regras da CLT em todo o país
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Proyecto de Ley Propone Que El Tiempo Gastado En Desplazamiento Hasta El Trabajo Vuelva A Ser Contado Como Hora Trabajada, Reavivando Debate Sobre Derechos De La CLT.

El Proyecto de Ley 236/2025, en tramitación en la Cámara de Diputados, propone alterar uno de los puntos más controversiales de la reforma laboral aprobada en 2017: el fin de la remuneración por el tiempo de desplazamiento entre la casa y el trabajo, conocido en el medio jurídico como “horas in itinere”. Si el texto es aprobado, millones de trabajadores que gastan largas horas en el tránsito o en transportes proporcionados por las empresas podrán volver a recibir por ese tiempo, que volvería a ser considerado parte de la jornada laboral.

La propuesta reaviva el debate sobre derechos, productividad y calidad de vida, especialmente para quienes viven lejos de los centros urbanos o dependen de transporte proporcionado por el empleador.

Qué Dice El Texto Del PL 236/2025

Presentado en marzo de 2025, el PL 236/2025 modifica el artículo 58 de la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT), que trata de la duración de la jornada. Hoy, la ley establece que el tiempo de desplazamiento no es computado como hora de trabajo, incluso si el trayecto es largo o hecho en transporte de la empresa.

El proyecto propone que ese tiempo vuelva a ser contabilizado, cuando el trabajador no tenga transporte público disponible o cuando se vea obligado a usar conducción proporcionada por el empleador para llegar al lugar de servicio.

En la práctica, esto restaura el derecho que existía antes de la reforma laboral de 2017, cuando las horas de desplazamiento eran pagadas en casos específicos, reconocidos por la Justicia del Trabajo.

Cómo Funcionaba Antes De La Reforma

Antes de 2017, la Justicia reconocía que, en lugares de difícil acceso o sin transporte público, el tiempo gastado en el trayecto hasta el trabajo debería ser contado como hora trabajada. Esto valía, por ejemplo, para empleados de plantas, granjas, minas e industrias alejadas de áreas urbanas.

La norma fue derogada por la reforma laboral (Ley nº 13.467/2017), que eliminó el trecho de la CLT y dejó de considerar ese tiempo como parte de la jornada, incluso cuando el trabajador dependía totalmente del transporte de la empresa.

Desde entonces, miles de acciones laborales han sido cerradas con base en este cambio, y el asunto ha pasado a ser uno de los más criticados por sindicatos y juristas.

Por Qué El Tema Volvió A La Agenda

El PL 236/2025 fue presentado en medio de un nuevo movimiento en el Congreso para revisar puntos de la reforma laboral.

Los diputados que apoyan el proyecto afirman que el trabajador no puede ser penalizado por vivir lejos, y que el desplazamiento diario también forma parte de la rutina laboral, especialmente en ciudades con transporte precario.

Parlamentarios vinculados a las centrales sindicales argumentan que el tiempo gastado en autobuses o vans proporcionadas por las empresas afecta la salud y el descanso de los trabajadores, reduciendo el tiempo disponible para la familia y el ocio.

Por otro lado, representantes del sector empresarial afirman que el cambio aumentaría el costo de la nómina y crearía inseguridad jurídica, ya que el cálculo de las horas de desplazamiento varía según la distancia y el tránsito.

Impacto Directo Para Trabajadores De La CLT

Si el PL 236/2025 es aprobado, las empresas que operan en regiones alejadas, como canteras, granjas y plantas industriales, tendrían que volver a registrar el tiempo de transporte como parte de la jornada laboral.

Eso significaría que, además del horario normal, el empleador tendría que pagar por las horas de trayecto, incluso con efectos en horas extras, vacaciones, FGTS y el 13º salario.

Según especialistas en derecho laboral, el impacto sería más sentido en sectores rurales, de minería, construcción civil y grandes industrias, donde los desplazamientos pueden durar de 1 a 3 horas por día.

Qué Falta Para Que El Proyecto Se Convierta En Ley

Actualmente, el PL 236/2025 está en análisis en la Comisión de Trabajo, Administración Y Servicio Público (CTASP) de la Cámara de Diputados.

Después de eso, seguirá a las comisiones de Finanzas y Tributación y Constitución y Justicia (CCJ) antes de ser votado en el pleno.

Si es aprobado en la Cámara, el texto aún deberá pasar por el Senado Federal y, por último, por la sanción presidencial. Es decir, todavía no es ley, pero ya genera fuerte movilización entre sindicatos y asociaciones empresariales.

Un Debate Que Vuelve A Dividir El País

La discusión sobre las horas de desplazamiento divide opiniones desde la reforma de 2017. Mientras los trabajadores y sindicatos defienden el retorno de la norma como una cuestión de justicia y equilibrio social, los empleadores alegan que el cambio puede elevar el costo de la producción y dificultar la generación de empleos formales.

El hecho es que el PL 236/2025 vuelve a poner el tema en el centro de las discusiones laborales, mostrando que la legislación brasileña sigue en constante transformación, tratando de equilibrar productividad y dignidad en las relaciones laborales.

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Valdemar Medeiros

Formado em Jornalismo e Marketing, é autor de mais de 20 mil artigos que já alcançaram milhões de leitores no Brasil e no exterior. Já escreveu para marcas e veículos como 99, Natura, O Boticário, CPG – Click Petróleo e Gás, Agência Raccon e outros. Especialista em Indústria Automotiva, Tecnologia, Carreiras (empregabilidade e cursos), Economia e outros temas. Contato e sugestões de pauta: valdemarmedeiros4@gmail.com. Não aceitamos currículos!

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