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El Fin Del Impuesto Sobre La Renta Propuesto Por Diputada Puede Causar Efecto Dominó En El FPE Y FPM Y Secar La Caja De Los Estados Y, Sobre Todo, De Los Municipios

Escrito por Geovane Souza
Publicado el 03/09/2025 a las 20:12
Fim do Imposto de Renda proposto por deputada pode causar efeito dominó em FPE e FPM e secar o caixa de Estados e, sobretudo, dos municípios
FPE e FPM dependem diretamente da arrecadação de IR e IPI.
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Si el Impuesto sobre la Renta se acabara, con la propuesta de la diputada Júlia Zanatta (PL-SC), la base que alimenta el FPE y el FPM se derrumbaría. Entienda los porcentajes constitucionales, las cuotas extra y el tamaño del impacto en las finanzas locales.

La propuesta de eliminar el Impuesto sobre la Renta para personas físicas y jurídicas, proyecto de ley presentado por la diputada Júlia Zanatta (PL-SC), reavivó un punto poco discutido fuera del círculo técnico. FPE y FPM dependen directamente de la recaudación de IR e IPI. Estos fondos son la vena por donde el dinero federal llega a los municipios y a los gobiernos estatales.

Sin IR, la base de cálculo se reduce de forma abrupta. De acuerdo con la Constitución, el FPE recibe 21,5% de la recaudación neta de IR y IPI, mientras que el FPM tiene un porcentaje base de 22,5% y además cuenta con cuotas adicionales en meses específicos.

La idea de la diputada nació en el contexto del debate sobre ampliar la franja de exención, que reaviva la discusión sobre carga tributaria, contraponiendo la promesa de libertad financiera al riesgo de impacto fiscal en las cuentas públicas. Si se aprueba, una de las principales fuentes de recaudación federal dejaría de existir, exigiendo repensar el modelo tributario y las formas de financiar servicios esenciales.

Desde el punto de vista fiscal, eliminar el IR sin compensaciones violaría las reglas de la Ley de Responsabilidad Fiscal sobre renuncia de ingresos. La LRF exige estimación de impacto y medidas compensatorias para cualquier pérdida relevante de recaudación.

FPE y FPM en el art. 159: por qué estados y municipios dependen de IR e IPI

La Constitución determina que la Unión transfiera parte del producto de la recaudación de IR e IPI a los Fondos de Participación. Para los Estados y el DF, el FPE recibe 21,5% de esa cantidad. Los municipios cuentan con el FPM, con 22,5% como base constitucional. Estos porcentajes son pilares históricos del pacto federativo y están en el artículo 159. Sin IR, la base constitucional de cálculo se reduce de inmediato.

El FPM fue reforzado por tres enmiendas: EC 55/2007 creó la cuota extra de diciembre; EC 84/2014 instituyó la cuota extra de julio; y la EC 112/2021 agregó la cuota de septiembre, que llegó a 1% en 2025 después de una transición escalonada. Estas cuotas son entregas adicionales además del porcentaje base.

En términos prácticos, FPE y FPM no son “ayudas voluntarias”, sino transferencias constitucionales previstas en norma superior. Cambiar esta lógica exigiría modificar la Constitución, reposicionando bases y porcentajes o creando una fuente sustituta.

Cuánto dinero desaparecería de la caja local si el IR se pierde

El Tesoro Nacional registró que, en abril de 2025, FPE y FPM sumaron R$ 25,0 bilhões en transferencias. Una caída abrupta de la base de cálculo afectaría decéncios del FPM y transferencias mensuales del FPE ya en los primeros ciclos, comprometiendo nómina y servicios. La Confederación Nacional de Municipios suele alertar sobre la sensibilidad del segundo y tercer decéncio, cuando muchos municipios están al límite de su caja.

Para dimensionar el “techo del galpón”, vale observar el tamaño del pastel recaudado. Según el Ministerio de Hacienda, la recaudación administrada por la Receita Federal sumó R$ 2,524 trilhões en 2024, y el total de las receitas federales alcanzó R$ 2,652 trilhões, un récord histórico. Si la columna principal de este edificio se pierde, la ingeniería de las transferencias necesita ser rediseñada. Sin IR, el efecto dominó sobre el FPE y el FPM es inmediato.

Otro punto es la composición relativa entre IR y IPI. En diversos períodos, el IR tiene un peso mucho mayor en la base de cálculo que sostiene los fondos, mientras que el IPI ha pasado por reducciones y oscilaciones. En la práctica, es el IR el que da respaldo a los porcentajes del art. 159. Reducir a cero esta columna derriba la media de transferencias incluso si el IPI permanece.

Como las cuotas extra de julio, septiembre y diciembre se calculan sobre la recaudación de IR e IPI, la eliminación del IR también disminuiría estos refuerzos estacionales que muchos municipios utilizan para pagar el 13º, proveedores y gastos de educación y salud.

¿Se puede extinguir el IR sin un plan B jurídico y fiscal?

Cualquier medida que reduzca o elimine tributos con impacto billonario necesita cumplir con el art. 14 de la LRF. La regla ordena presentar estimación de impacto y compensación, ya sea por aumento de otros ingresos o recorte de gastos. Sin compensación, la renuncia no se sostiene desde el punto de vista legal y puede comprometer metas fiscales.

Aun si se aprobara una ley ordinaria con el objetivo de eliminar el IR, el engranaje de las transferencias está en la Constitución. Cambios estructurales exigirían una Enmienda Constitucional para redefinir las bases del art. 159 y el diseño de las cuotas extras. El Senado ya ha registrado, en diferentes momentos, la naturaleza constitucional de estos porcentajes, subrayando que no es una decisión de gobierno, sino un pacto federativo.

También está la transición tributaria en curso tras la EC 132/2023, que crea el nuevo sistema de CBS e IBS. Esta reforma reorganiza tributos sobre el consumo, pero no sustituye automáticamente la base de IR e IPI que alimenta FPE y FPM. Cualquier intento de eliminación del IR tendría que decir, de forma concreta, qué nueva base sustentaría las transferencias a Estados y municipios.

En síntesis, sin Impuesto sobre la Renta el primer impacto recae sobre municipios y Estados que dependen de las transferencias. La discusión seria pasa por tres preguntas objetivas: cuál es la fuente compensatoria, cómo alterar la Constitución para preservar el FPE y el FPM y cómo cumplir la LRF sin romper el equilibrio de las cuentas públicas. Sin respuestas para estas tres claves, el riesgo es de colapso de caja local en cuestión de semanas.

¿Y tú, crees que eliminar el Impuesto sobre la Renta traería más libertad financiera al ciudadano o abriría un agujero peligroso en las cuentas públicas, secando el FPE y el FPM y afectando servicios como salud, educación y seguridad en tu municipio? ¡Deja tu opinión en los comentarios!

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Carlos Braz
Carlos Braz
06/09/2025 18:31

Esses serviço já estão precários, o desperdício do dinheiro público e a roubalheira caso fosse possível terminar era uma fonte suficiente e necessária para compensação e o trabalhador e os aposentados agradecem.

Henrique
Henrique
06/09/2025 11:50

É possível tranquilamente, basta cortar gastos com parlamentares, judiciário e parar de inventar cargos e pastas. Endurecer mais as leis para peculato, o roubo aos cofres públicos são de bilhões.

Yuri Aguiar
Yuri Aguiar
05/09/2025 23:34

Para não secar os caixas, basta se fazer uma reestruturação da administração pública, e adequando os salários e cargos a realidade do povo brasileiro. Aliás, de cara vemos que tem gente demais trabalhando e não se vê nada de bom saindo.

Geovane Souza

Especialista em criação de conteúdo para internet, SEO e marketing digital, com atuação focada em crescimento orgânico, performance editorial e estratégias de distribuição. No CPG, cobre temas como empregos, economia, vagas home office, cursos e qualificação profissional, tecnologia, entre outros, sempre com linguagem clara e orientação prática para o leitor. Universitário de Sistemas de Informação no IFBA – Campus Vitória da Conquista. Se você tiver alguma dúvida, quiser corrigir uma informação ou sugerir pauta relacionada aos temas tratados no site, entre em contato pelo e-mail: gspublikar@gmail.com. Importante: não recebemos currículos.

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