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STJ Confirma: Hijos Adultos Aún Pueden Recibir Pensión – Los Tribunales Mantienen el Beneficio Hasta los 24 Años Para Quienes Estudian en la Universidad, Pero Lo Cortan Cuando No Hay Prueba de Necesidad Real

Escrito por Valdemar Medeiros
Publicado el 08/09/2025 a las 10:50
STJ confirma: Filhos maiores ainda podem receber pensão - tribunais mantêm benefício até os 24 anos
Foto: STJ confirma: Filhos maiores ainda podem receber pensão – tribunais mantêm benefício até os 24 anos
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Los Tribunales Confirman Que Los Hijos Mayores de 18 Años Pueden Recibir Pensión Hasta Los 24 Años Si Cursan Facultad, Pero El Beneficio Puede Ser Cortado Sin Prueba de Necesidad.

Una duda común entre padres y madres separados es: ¿la pensión alimenticia termina automáticamente cuando el hijo cumple 18 años? La respuesta es no. La jurisprudencia del STJ y de diversos tribunales estatales ya ha consolidado que la mayoría de edad, por sí sola, no extingue la obligación alimentaria. La pensión puede continuar cuando hay necesidad comprobada, especialmente durante el período de formación académica. Al fin y al cabo, muchos jóvenes no tienen condiciones de mantenerse solos mientras cursan una facultad.

Hasta Cuándo se Puede Mantener la Pensión

Los tribunales han adoptado como referencia el límite de 24 años de edad para la manutención de la pensión cuando el hijo está matriculado y asistiendo a un curso universitario.

Este entendimiento no está expresado en la ley, pero resulta de construcción jurisprudencial con base en el principio de la solidaridad familiar.

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Es decir: si el joven demuestra que necesita apoyo financiero para concluir sus estudios, la pensión puede mantenerse hasta esa edad.

Lo Que los Tribunales Exigen Como Prueba

Para mantener la pensión después de los 18 años, los hijos necesitan presentar pruebas concretas de que aún dependen del soporte financiero. Entre los documentos más aceptados están:

  • Comprobante de matrícula e historial académico actualizado;
  • Asistencia escolar o universitaria;
  • Ausencia de ingresos suficientes para su propio sustento;
  • En algunos casos, hasta comprobantes de prácticas que demuestran ingresos insuficientes.

Sin esta comprobación, el beneficio puede ser reducido o cortado por los jueces.

Decisiones Importantes del STJ

Diversos fallos del Superior Tribunal de Justicia refuerzan este entendimiento:

  • REsp 1.234.933/DF: la corte dejó claro que, una vez alcanzada la mayoría de edad, es del hijo la obligación de probar la necesidad de mantener la pensión.
  • AgRg no REsp 1.215.911/RS: el STJ consideró legítima la continuación de la pensión hasta los 24 años de estudiante universitario sin ingresos propios.
  • Decisiones recientes también confirman que la pensión no es automática: si no se asiste al curso o si el hijo ya tiene ingresos suficientes, el beneficio puede ser revisado.

Impacto Directo para los Padres

Esta línea de decisiones tiene gran impacto para padres y madres que asumen la pensión. Muchos cuestionan si la obligación debe permanecer incluso cuando el hijo ya es mayor de edad.

Con la jurisprudencia actual, los padres deben continuar pagando si hay necesidad comprobada. Pero, por otro lado, obtienen respaldo para pedir la revisión o exonero cuando el hijo no estudia o ya trabaja con ingresos compatibles.

Ejemplo Práctico

Imagina un hijo de 20 años matriculado en medicina, un curso integral que exige dedicación casi exclusiva. En este caso, es razonable que continúe recibiendo pensión hasta concluir la graduación, incluso siendo mayor de edad.

Por otro lado, si un joven de 22 años está formalmente matriculado, pero no asiste a clases, o ya tiene un empleo fijo con salario suficiente para cubrir sus gastos, los tribunales tienden a extinguir la pensión.

Cómo Funciona el Proceso de Revisión

El padre o madre que desea revisar la obligación debe iniciar una acción revisional de alimentos o acción de exonero.

En ella, corresponde al alimentante demostrar el cambio en la situación: la mayoría de edad del hijo, ingresos propios o falta de comprobación académica.

De igual forma, corresponde al hijo presentar documentos que prueben la necesidad de mantener la pensión. Es este enfrentamiento de pruebas el que orienta la decisión del juez.

El Equilibrio entre Necesidad y Posibilidad

El Código Civil, en su artículo 1.694, define que la pensión debe fijarse observando el binomio necesidad x posibilidad:

  • Necesidad del hijo de mantenerse mientras estudia;
  • Posibilidad del padre o de la madre de asumir el valor.

Esta regla continúa vigente incluso después de la mayoría de edad. Lo que cambia es la carga de la prueba: quien debe demostrar la necesidad de mantener la pensión es el hijo mayor.

Una Obligación Que se Adapta a la Realidad

La jurisprudencia muestra que la pensión alimenticia no es una obligación eterna, sino un deber que se adapta a las circunstancias de la vida.

Cuando el hijo demuestra esfuerzo en estudiar y aún no tiene condiciones de mantenerse, la pensión sigue siendo debida.

Cuando hay independencia financiera o ausencia de comprobación, la Justicia entiende que ha llegado el momento de reducir o finalizar la obligación.

Pensión Universitaria: Entre el Derecho y la Polémica

La pensión para hijos mayores que cursan facultad sigue siendo un tema polémico, ya que divide opiniones entre padres que consideran la obligación excesiva y hijos que aún no pueden vivir de forma independiente.

Pero el entendimiento dominante es claro: la pensión puede mantenerse hasta los 24 años, pero siempre depende de la prueba de necesidad real. Sin esta comprobación, los tribunales no dudan en extinguir el beneficio.

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Leo
Leo
12/09/2025 22:16

A minha filha está com 25 anos, pós graduada, trabalhando e o juiz já negou 3x o cancelamento da pensão.

Rosa Virgínia Ribeiro
Rosa Virgínia Ribeiro
12/09/2025 21:42

Gente me explica e se um.filho maior já idoso 64 anos soro positivo vive fora do país e volta pro Brasil e descobre que está com câncer ele tem direito de pedir pensão por morte do pai já que a mãe de criançao recebe sozinha,? Será que esse filho tem direito dela duvir com ele mesmo passando tantos anos? Só que nunca soube que teria direito e quando foi c8hraminado com HIV o psi era vivo mas por ele trabalhar nunca penso em.oedir nada. Hoje já idoso e agora com esse diagnóstico sem renda o juiz pode conceder a metade da pensão? Pq hoje tá debilidado e não tem renda alguma só um carro que vai por a venda pq não pode dirir? SERA QUE TEM QUEXSWR. IA ADMINISTRATIVO OU ENTRAR. OM.UM.PROCESSO?

Marcelle
Marcelle
Em resposta a  Rosa Virgínia Ribeiro
15/09/2025 11:56

Mais fácil esse filho idoso e doente conseguir o BCPLoas pelo INSS por estar em vulnerabilidade social ou tentar uma aposentadoria mesmo (a diferença é q o Loas n paga 13⁰, a aposentadoria paga). Ele precisa ir num CRAS (toda cidade tem) e conversar pra ter um registro. Dali pra frente é perguntar o que precisa pra pedir o BCPLoas (que eu acredito precisar pedir no app do INSS ou via advogado).

Ricardo Afonso Figueiredo
Ricardo Afonso Figueiredo
10/09/2025 07:15

Gostaria de saber, e quanto o pai pra não pagar a pensão, se desliga do emprego tira tds os bens de seu nome, contrata advogado e diz que não tem como pagar, o que poderia ser feito

Marcos Antonio dos Santos
Marcos Antonio dos Santos
Em resposta a  Ricardo Afonso Figueiredo
12/09/2025 00:35

Infelizmente, nada

Luiz Corso (advogado)
Luiz Corso (advogado)
Em resposta a  Ricardo Afonso Figueiredo
18/11/2025 23:43

Os alimentos são devidos, tenha o Alimentante vínculo empregatício ou não. A diferença estará no percentual e valores devidos. Em caso de inadimplência, é processo de execução de alimentos e pedido de prisão. Procure um advogado militante na seara familiarista. Alimentos dá **** ……esteja empregado ou não!!

Valdemar Medeiros

Formado em Jornalismo e Marketing, é autor de mais de 20 mil artigos que já alcançaram milhões de leitores no Brasil e no exterior. Já escreveu para marcas e veículos como 99, Natura, O Boticário, CPG – Click Petróleo e Gás, Agência Raccon e outros. Especialista em Indústria Automotiva, Tecnologia, Carreiras (empregabilidade e cursos), Economia e outros temas. Contato e sugestões de pauta: valdemarmedeiros4@gmail.com. Não aceitamos currículos!

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